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Colombia :: 03/09/2015

Jesús Santrich, FARC: "Como insurgentes no vamos a pagar ni un segundo de cárcel"

ANNCOL
El comandante guerrillero de las FARC subraya que el proceso de paz es político y no judicial. "La impunidad existe para los instigadores del paramilitarismo"

Rechaza contundentemente los intentos por los organismos del Estado como la Fiscalía de desviar el proceso de Paz en términos jurídicos.

ANNCOL: Se conoce públicamente que en la mesa de Conversaciones de la Habana ya ha comenzado a discutirse el tema JUSTICIA entre las partes en conflicto, para lo cual se ha creado un grupo de trabajo jurídico. Dentro de tal proceso ¿qué significa para las FARC-EP abordar tal temática?

JESÚS SANTRICH: El tema justicia, lo asumimos como superación de la desigualdad, la miseria y la carencia de democracia esencialmente, y no como el escenario de lo punitivo, de lo sancionatorio o penal. Por eso en un proceso de paz hablamos de buscar formulaciones de tránsito hacia la justicia social.

En una larga confrontación como la que ha vivido Colombia como consecuencia de problemas de orden social y político, entonces, una solución que pase por el reconocimiento de los derechos de quienes de uno u otro lado han sido afectados o victimizados, implica asumir un sistema de justicia que recoja el anterior planteamiento, y que en tal sentido se fundamente en la verdad, en la posibilidad de la reparación y el compromiso de no repetición, lo cual quiere decir que habría que superar las condiciones de miseria, desigualdad y exclusión política que han generaron el conflicto.

¿Quiere decir esto que las FARC no asumirán el asunto desde un enfoque exclusivamente judicial?

– Lo que se adelanta en La Habana no es un proceso judicial sino un proceso de diálogo para alcanzar. Las FARC-EP, al lado de la solución de problemas centrales que tienen las mayorías en nuestro país, como el de la necesidad de una reforma rural integral que coadyuve a la superación de la miseria y la desigualdad en el campo y para los sectores más marginados de la ciudad; o al lado de la solución a los problemas de participación política, que en esencia tiene que ver con la necesidad de expandir la democracia y resolver las múltiples y extensas carencias de la población rural y urbana, ha puesto sobre la mesa salidas para alcanzar también una nueva política antinarcóticos integrada a la reforma rural integral, que con acento en los derechos humanos y respeto a la idea de que este es un problema fundamentalmente social, ayude a superar este flagelo de orden trasnacional. Al mismo tiempo, asumimos la atención a las víctimas del conflicto como un deber que debe comprenderme como parte esencial de la búsqueda de La Paz como derecho síntesis.

Al caer en el terreno de la reivindicación de los derechos de las víctimas del conflicto, hemos asumido de manera los conceptos que en esta materia rigen el Derecho Internacional Humanitario (DIH) y el derecho internacional, expresando la necesidad de adecuar su interpretación y aplicación a las particularidades del conflicto colombiano, insistiendo en que tal reivindicación incluye como parte esencial el respeto y garantía de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. Y para alcanzar tal dimensión es que hemos planteado la aplicación de la justicia restaurativa, reparadora, prospectiva, transformadora que beneficie a las víctimas del conflicto y al conjunto de la sociedad.

¿Qué es eso de la justicia restaurativa?

– La justicia restaurativa es la misma llamada justicia restauradora. No se trata de una invención nuestra y su conceptualización deriva de un amplio movimiento mundial que aboga por una visión en el derecho penal diferente a la concepción medieval punitiva y carcelaria, que de una u otra forma entra en el plano de la venganza, del llamado ojo por ojo, diente por diente mucho más anticuada incluso que lo estrictamente medieval.

Para la justicia restaurativa la víctima y la verdad son los epicentros de su razón de ser. En ella quien victimiza o comete un crimen, ha hecho un daño contra una persona o grupo de personas en concreto, contra las relaciones interpersonales, y eso es lo que hay que reparar buscando la reconciliación y no la venganza contra el ofensor. Esto marca una profunda diferencia con la muy generalizada y convencional justicia llamada retributiva en la que lo que se observa es el daño que se le hace a la norma jurídica y al Estado como víctima principal,

Esto en términos muy generales explica el sentido de lo que consideramos viable para resolver la cuestión del componente justicia en el sentido sancionatorio, en el camino de La Paz, procurando que las víctimas del conflicto jueguen un protagonismo expresándose libremente sobre los daños que ha sufrido y cómo recreé que debe ser reparado. A la víctima se le debe responder con medidas concretas de reparación y una de esas medidas es la verdad, que valga decir es el único camino que permitiría al ofensor reencontrarse con la víctima en un espacio de reconciliación restituyendo, reparando a la víctima y al entorno social, con lo cual las consecuencia de la falta se resuelven, en gran medida, con el concurso comunitario.

Este tipo de justicia ¿se aplica en el marco de la Comisión de Esclarecimiento de la verdad?

– La justicia restaurativa la enmarcamos dentro de lo que hemos llamado el “Sistema Integral de Verdad, justicia, Reparación y No Repetición”, partiendo de la idea de que su formulación no riña con el derecho internacional, ni con el apego a las causas, orígenes y consecuencias de la confrontación. Por ello hemos partido para su diseño, por la conformación de una Comisión Histórica del Conflicto y sus Víctimas que fue la encargada de entregar claridades sobre la verdad histórica, sobre el porqué del conflicto, para así saber hacia dónde apuntar al momento de proponer soluciones.

Luego diseñamos, y aún estamos en la definición de algunos de sus elementos, la “Comisión de Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición”, la cual con la participación central de las víctimas, debe coadyuvar a la construcción de una verdad exhaustiva e irrefutable que sea la base del esclarecimiento de los hechos para la búsqueda de soluciones que permitan el paso a la justicia social y la normalización del país.

Entonces, estos son los componentes iniciales sobre los que se ha avanzado más en su elaboración, pero están también componentes como el de reparación y el de no repetición alrededor de los cuales estamos trabajando medidas específicas. Entonces, el Sistema tiene varios componentes y uno de ellos es la justicia, pero todos están estrictamente interrelacionadas; por ello se denomina sistema integral, y en él la verdad debe brindarse en la Comisión de Esclarecimiento, de manera exhaustiva, pero seguramente habrá que reiterarle en algún mecanismo especial que permita abrir campo a la definición de las sanciones a que haya lugar para quienes hayan cometido los daños o las victimizaciones. Esto no necesariamente debe ser dentro de la Comisión de Esclarecimiento.

Este sistema ¿es también para no combatientes?

– Dentro de la visión de las FARC-EP, este sistema debe ser para todos los actores. Esta concepción reafirma la idea de que en La Habana no estamos ante un proceso judicial contra la insurgencia particularmente, ni contra ninguna de las partes que han participado del conflicto en una u otra orilla, sino que estamos en proceso eminentemente político que busca alcanzar, no la rendición o el sometimiento de la guerrilla, sino un acuerdo de paz estable y duradera cuya esencia es la superación de las causas de diverso tipo que generaron el conflicto. En estos términos, y no como el escenario para juzgar a las FARC-EP, se debe entender la dosis de justicia que requiere el proceso y requiere Colombia para salir de la guerra.

De lo anterior se debía que en la propuesta de solución no está para nada la idea de someter a la insurgencia a tribunal alguno de juzgamiento, menos si se trata de tribunales de la jurisdicción colombiana, sobre todo si se toma en cuenta que en la media en que la insurgencia considera al Estado como el supremos responsable de la confrontación y de las victimizaciones, este ha hecho colapsar su propia capacidad para juzgar y sancionar, que es lo que llamamos crisis total del jus puniendi (el derecho a castigar/sentenciar). En conclusión, el Estado colombiano no puede pretender ser juez y parte en un proceso como el que se adelanta en La Habana.

Algunas voces de la derecha han dicho que las FARC lo que buscan es la impunidad.

– Si nos atenemos a consideraciones estrictamente judiciales que conciernen al asunto de responsabilidades penales en el marco de la confrontación, lo cual no es lo propio de un proceso esencialmente político, deberemos decir, no obstante, que en materia de impunidad no son las FARC las beneficiarias. No es alrededor de la insurgencia que abreva la impunidad, pues es más que evidente que el Estado colombiano ha perseguido, y en gran medida con saña, a las guerrillas y a quienes considera su entorno de apoyo, incluso mediante procedimientos de guerra sucia y de persecución judicial extremos e ilegítimos que han afectado a inmensas franjas de la población no combatiente.

Habría que agregar que para las FARC, las responsabilidades en este campo, independientemente de la suprema responsabilidad del Estado y de lo que deriva del injusto orden social vigente, ni siquiera están esencialmente en el universo de los combatientes de la contraparte, los cuales y sobre todo en el nivel de los rangos bajos son tomados como chivos expiatorios de los instigadores de la guerra sucia y los diseñadores del orden de injusticia que impera en Colombia.

La impunidad existe, digamos, para los genitores e instigadores del paramilitarismo y para quienes hacen parte del Bloque de Poder Dominante, incluida su dirigencia política, empresarial, financiera y económica en general. Por ello es que insistimos en que si se tratara de asignar responsabilidades a las Fuerzas Militares y de Policía, esto no podría quedarse en el campo de los combatientes, pues la cadena de mando no termina en los Estados Mayores de estas fuerzas sino en la Casa de Nariño, en la Presidencia y en el Consejo de Ministros, lo cual no es una invención de las FARC sino un hecho tangible e irrefutable que además lo recoja la jurisprudencia internacional cuya observancia nos reclama la contraparte.

La Fiscalía General de la Nación sigue hablando de imputaciones contra las FARC y de definir sus máximos responsables. ¿Qué piensa de eso?

– En un proceso de paz como el que se adelanta para Colombia, no se debe insistir por parte de quienes buscan cierres jurídicos para el mismo, en buscar máximos responsables para los crímenes que se hubiesen cometido durante el conflicto, solamente dentro de quienes empuñaron las armas, y mucho menos se puede ni se debe pretender que esos máximos responsables están en la insurgencia, la cual en últimas en una respuesta legítima a las injusticias impuestas por el régimen. Sobre todo, entonces, habría que preguntarse, dentro de este, o dentro del Estado, quienes son los máximos responsables si es que en esos términos es que se desea que hablemos. En este plano es que hemos dicho que para la justicia internacional no hay exoneración para nadie por el hecho de ser alto funcionario o el más elevado representante de un gobierno o cargo político.

En esto debe haber ecuanimidad y sensatez porque, generalmente, desde los grandes medios se alienta la idea de que en Colombia lo que ha habido es una guerra de los terrorista de las FARC y del ELN contra la sociedad o contra la población. Y esto es absolutamente falso, en primer lugar porque no somos terroristas y luego porque nuestra guerra de resistencia ha sido contra el régimen de injusticia que ha victimizado a las mayorías. Por eso es que no cabe, que en el nivel de avance que han alcanzado los diálogos, se pretenda que es desde la Fiscalía General de Colombia que se deben calificar los hechos y las responsabilidades a partir de parcializados y sesgados paquetes de imputaciones que evidentemente apuntan sólo hacia los alzados en armas. Fundándose en ficciones jurídicas o en las abstracciones algorítmicas de la señora Natalia Springer, mientras contra los organizadores, instigadores y financiadores del paramilitarismo que se esconden en el seno de los gremios económicos nacionales y en las mismas trasnacionales, si acaso hay una no hay dos sentencias.

Esto indica la posición amañada de la fiscalía, y del sistema judicial colombiano. ¿Por qué hay una “unidad de contexto” para construirle un prontuario delictuoso a las FARC-EP, y se emplean en ello a centenares de funcionarios y millonarias sumas de dinero contratando a personas que fabriquen los casos, y en cambio no ocurre los mismo respecto a los crímenes de Estado, incluyendo las atrocidades del paramilitarismo? Lo único que ha operado para tratar esto último es un proceso de ”justicia y paz” más ligado a la impunidad que a otra cosa, pues aun habiéndose producido la supuesta “desmovilización” de casi 40 mil paramilitares, hasta el momento no hay más de 35 sentencias, y como ya dijimos, para los instigadores puede haber si acaso una.

Pero, entonces, aun estando, las víctimas en el centro de este proceso, la reivindicación de sus derechos ¿no implica sancionar a los victimarios, no implicaría que alguien tiene que pagar algo de cárcel? ¿Qué pasos habría que dar en materia estrictamente judicial?

– Bueno, ya he explicado que se está diseñando un sistema integral que incluye el componente justicia ligado a otros de reparación y no repetición, en el que la verdad y el protagonismo de las víctimas son esenciales. Pero también debemos partir de que para resolver el conflicto, algo muy importante que habría que hacer, no sólo en materia política, sino también en materia judicial, es reconocer que somos rebeldes, que lo que ha habido en este último medio siglo es un alzamiento contra un orden social injusto, lo cual nos coloca nuevamente en el campo político y en la idea de que entonces la solución al conflicto en este proceso de diálogo es esencialmente política, por más elementos de orden judicial que se le quieran incluir.

En tal sentido, tendríamos que restablecer el delito político incluyéndole las más amplias conexidades, habría que pactar una ley de amnistía también muy amplia para resolver el asunto de la ilegalidad de la insurgencia y si llegare a haber casos que no son amnistiables, debe existir un mecanismo extrajudicial para alcanzar la normalización. Estos son elementos que deben tenerse en cuenta en la definición de un Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición que cuente con el protagonismo de las víctimas del conflicto, y tenga como eje, reitero, no una justicia punitiva retributiva, sino la justicia restaurativa, reparadora, prospectiva y la doctrina del Margen Nacional de Apreciación. En lo que respecta al énfasis que se le deberá dar a nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma se será como colombianos.

¿Esto daría el cierre jurídico, al proceso de paz?

– El mecanismo extrajudicial que opere tomando como base de acción que se garantice la verdad exhaustiva y que se asuman sanciones reparadoras en el seno de las comunidades, brinda todas las posibilidad de que sobre los hechos que ahí se traten haya efecto de cosa juzgada. Nada de esto riñe con las normas internacionales. Este es el Sistema que debemos diseñar bilateralmente bajo el abrigo del único Marco Jurídico que tiene este proceso, y que es el Acuerdo General de La Habana. Este Sistema, en el que se integra la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición garantiza perfectamente también para el Estado, si es que eso preocupa a alguno, que se cubra la obligación que tiene regularmente en cuanto a investigar y esclarecer los hechos o de perseguir y sancionar a los responsables.

Pero agrego que no hay ninguna norma internacional que obligue a que las sanciones deban ser carcelaria a o de privación de la libertad o deducirse de enjuiciamientos penales; hay otras formas que van desde el hecho mismo de brindar verdad hasta las situaciones en que se procede con efectivos actos de reparación y compromiso de no repetición, que equivalen a cumplimiento de sanciones alternativas que extinguen la responsabilidad penal. Todo esto está como planteamiento y hay expertos que deben ayudar a convertirlo en acuerdo que se ajusté a lo que significa una salida política que implique también un cierre jurídico que abra caminos hacia La Paz. Y en todo esto hay que recordar que mientras bella Estado es el máximo responsable por acción y por omisión de las victimizaciones, las FARC-EP, independientemente de los errores que hubiésemos cometido sin intención de causar daño, y sobre los cuales hemos dicho que estamos dispuestos a responder, hablamos desde la orilla de las víctimas.

¿Se cree que sea posible un acuerdo en los términos que lo ha planteado?

– Bueno, esto es para discutirlo, marcada una de las partes tiene sus propias visiones, pero soy optimista y creo que si es posible aproximar posiciones si se dejan de lado los ánimos retaliatorios y no se alimentan los odios.

En ese campo de aproximar prisiones ¿usted cree que se podría aceptar por parte de las FARC un mínimo de privación de la libertad?

– Me parece que me ha faltado claridad en la explicación. Voy a ser más directo y concluyente: Mi respuesta a esto es NO, en esto no puede haber aproximaciones. Pretender la cárcel persistir en la idea de llevar a la cárcel a la insurgencia es un maximalismo inaceptable. Repito que este no es un proceso judicial contra las FARC, y que si de buscar responsables para aplicar la justicia retributiva y carcelaria se trata, los nichos de la impunidad están dentro del. Bloque de Poder Dominante.

– Como insurgentes no vamos a pagar ni un segundo de cárcel. La rebelión es un derecho universal que hemos ejercido del cual no existe arrepentimiento alguno y por el cual no admitimos sanción de ningún tipo. Por lo demás, nos son las comunidades empobrecidas que han padecido los rigores de la guerra las que claman cárcel sino las voces del establecimiento que es donde se rebosa la impunidad. En eso no nos llamemos a engaños, pues una visión intransigente y equivocada en la definición de un Sistema de verdad, justicia, reparación y no repetición que incluya un componente de justicia vengativo no puede atravesarse en el camino que se ha ido abriendo exitosamente hacia la conquista de la paz.

 

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