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Andalucía :: 15/04/2014

14 de abril: No es “El Día de La República”, es el día de una república española

Francisco Campos López
Los andaluces no tienen nada que celebrar porque dicha fecha no recuerda la proclamación de su república, la de la República Andaluza

Sí alguien izara una bandera roja, más aún si llevara una hoz y un martillo, en cualquier lugar del Planeta donde lo hiciese, quién la viese la asociaría con el comunismo marxista-leninista. Efectivamente, en todo el mundo dicho estandarte será identificado con dicha ideología. Será reconocida como la bandera de El Comunismo. Igual ocurriría si lo que se enarbolase fuese una bandera negra, y si además se le incluyese una A mayúscula envuelta en un círculo, ambos de color blanco, lo que la observasen la señalarían como el estandarte del comunismo libertario. Será reconocería como la bandera de El Anarquismo. Pero si se exhibiese una bandera tricolor, roja, gualda y morada, y aunque se le añadiese un escudo de armas almenado, nadie la identificaría con el estandarte del republicanismo. Nadie la reconocería como la bandera de La República, a no ser que fuese un conocedor de la historia peninsular, y en cuyo caso la reconocería como el estandarte de una de las dos repúblicas habidas en el Estado Español, la II República, pues la I República mantuvo la rojigualda como enseña. Y si estuviese al tanto de la actualidad, como la de los que propugnan una III República para el Estado Español, y por tanto su mantenimiento.

El porqué de que en el resto del mundo no se identifique a la tricolor con el republicanismo es simple. Porque ni esta bandera ni ninguna otra representa ni puede representar de una forma genérica a La República, ya que no hay ninguna ideología o tan siquiera una forma de gobierno específica que pueda ser etiquetado como propia del republicanismo. No existen La República ni el republicanismo como unos valores o principios ideológicos, políticos o de estructuración colectiva concreta. Se puede hablar de una sociedad, economía u organización administrativa comunista o anarquista, pero no así de una sociedad, economía u organización administrativa republicana. Una república no es más que cualquier forma de Estado de la que queda excluido a la cabeza del mismo un aristócrata. Prueba de ello es la diversidad de repúblicas que hay o ha habido. Republicanas fueron la URSS comunista y la Alemania nazi. Lo son ahora los EE.UU. capitalistas y la Cuba socialista. También el Estado Islámico iraní y el laico Estado Francés. ¿Qué republicanismo tienen en común? Ninguno más allá de la propia denominación como tales repúblicas de todos ellos.

Dado que una república no es más que una forma de Estado que carece de un aristócrata en la jefatura del mismo: rey príncipe, etc., sea como gobernante o representación institucional, el contenido de esa República, sus características sociopolíticas, serán independientes del propio hecho de serlo, ya que su republicanismo se limita a ese formalismo en la cabecera del Estado. A lo que sí estará por tanto ligada esa República será al Estado instaurado o propugnado: a su concepción ideológica, sus especificidades administrativas, su ámbito y delimitación territorial, etc. Como consecuencia, hablar de República es hablar del Estado. Es el Estado el que le da su contenido a una República y no la República al Estado, de ahí las diversidades ya mencionadas.

En el mundo contemporáneo, jurídicamente hablando, existen dos tipologías de estados: el que representa a una nación determinada, el Estado-nación, y el que representa a un conjunto de naciones o estados unidos, el Estado federal o confederal. Ese es el motivo de que no haya una bandera que con carácter universal represente a La República o al republicanismo, el que puesto que una República sólo es la forma de Estado que se da a sí misma una determinada nación o un conjunto de ellas, en esas naciones o estados no existen “banderas republicanas” sino banderas nacionales o banderas del Estado común. Incluso en aquellas naciones donde la forma de Estado pasa de monárquica a republicana lo que se modifica es la bandera nacional, como ocurrió en el Estado Español o el portugués tras el derrocamiento de sus respectivos monarcas. Incluso cuando hay una disputa en cuanto a la propia conformación estatal en cierta nación o Estado común, lo simbolizan con diferentes enseñas nacionales y/o estatales, como en el Estado Español durante los años treinta o en los EE.UU. durante la Guerra de Secesión.

En cuanto a la disputa entre la tricolor y la bicolor durante los años treinta, tanto la enseña republicana como la monárquica representaban no solo a una república o a un reino, a una forma de Estado, ante todo eran para ambos bandos su respectiva bandera de España. Ambas simbolizaban a una supuesta nación española, además de a la forma de Estado en que ésta se debía constituir. Incluso cabría decir que, en este sentido, la tricolor era mucho más bandera española que la bicolor, teniendo en cuenta sus respectivos orígenes. Mientras la “rojigualda” fue una bandera casual, elegida por Carlos III para dotar a la armada imperial de un gallardete fácilmente identificable y diferenciable en alta mar, de ahí el color rojo y el amarillo. Y no sería hasta mediados del XIX cuando Isabel II la adoptará como “enseña nacional”, habiendo de esperarse hasta 1909 para verla oficializada como tal. Y siendo lo de que sus colores representan a los “reinos de España” una mitología creada también a posteriori por el españolismo. En cambio la tricolor sí es ideada como bandera de España desde el principio de su diseño. Sus colores no son escogidos por una cuestión práctica y de vistosidad, como el el caso de la bicolor, sino de representatividad nacional. El rojo y amarillo representan a Aragón, el morado a Castilla, y los tres juntos a la “nacionalidad”. Es la nueva Bandera “nacional” de España, y el decreto que la instituye en 1931 así lo afirma: “Hoy se pliega la bandera adoptada como nacional a mediados del siglo XIX. De ella se conservan los dos colores y se le añade un tercero, que la tradición admite por insignia de una región ilustre, nervio de la nacionalidad, con lo que el emblema de la República, así formado, resume más acertadamente la armonía de una gran España”.

Consecuentemente, la bandera rojigualda y morada no simboliza hoy como ayer la aspiración a una República cualquiera o el propugnar el republicanismo en abstracto, sino el aspirar a una República muy concreta y el propugnar un republicanismo muy específico. Es la bandera de los que defienden una República Española, porque creen en la existencia de una nación española que desean estructurar como una República o defienden la permanencia de un Estado Español pero bajo una forma de Estado republicana. La tricolor no es “la bandera de La República”, es la bandera de una República Española y un Estado Español republicano. Una bandera española.

¿Y es compatible en nuestra tierra la creencia en una Nación Española, su propia existencia, o la de un Estado Español, sea cual sea su forma de Estado, con el reconocimiento de una Nación Andaluza, la recuperación de nuestra soberanía y la instauración de un Estado Andaluz? ¿Es posible la coexistencia de España y Andalucía como proyectos políticos? Obviamente, ningún país puede conformar al unísono dos naciones. Si Andalucía forma parte de una Nación Española no puede ser, a un tiempo, ella misma una nación. Como mucho puede ser una parte de esa nación española: una región. Y viceversa. Si Andalucía es una Nación no puede formar parte de otra nación. Andalucía no puede formar parte de ninguna España si quiere volver ser una nación. Y si Andalucía se constituye en una Nación soberana no puede formar parte de ninguna España soberana. Ese nuevo invento españolista de España como nación de naciones es un concepto insostenible desde la mera racionalidad el propio derecho internacional.

En cuanto a los propios estados españoles, al no ser estos más que la estructuración política y administrativa que se da a sí misma esa supuesta Nación Española soberana, entra dentro de la misma incompatibilidad existente con respecto a sus respectivos hechos nacionales y sus correspondientes soberanías. Por tanto, la existencia de un estado-nación español, de una soberanía española, imposibilita la de un Estado-nación Andaluz, la de una soberanía andaluza. Y viceversa. Un Estado-nación Andaluz imposibilita la de un Estado-nación español, al menos dentro de las fronteras nacionales andaluzas. Más allá, sus conformadores sabrán.

En este momento del análisis surgirá el pretexto españolista del “federalismo” para justificar la inclusión de nuestro país en otro Estado Español. Evidentemente sí que existen los estados plurinacionales y pluriestatales. Varias naciones o estados pueden decidir unirse con carácter permanente en una estructuración político-administrativa común. Son los estados federales o confederales, dependiendo de la extensión y el grado de unicidad pactado. Pero para que se pueda alcanzar este acuerdo la dos primeras condiciones ineludibles son: por un lado su propia existencia y reconocimiento como tales, y en segundo lugar el que posean la capacidad jurídica de tomar esa decisión. Para que unas naciones o unos estados puedan unirse deberán existir como tales previamente y estar en posesión de su soberanía. Ser naciones y estados libres que en el uso de esa libertad, en el ejercicio de su soberanía, toman esa determinación.

Por lo tanto, para que Andalucía pueda decidir formar parte junto con otras naciones y estados de un Estado federal o confederal común, previamente deberá ser ella misma una nación soberana constituida en Estado nacional. En el estado federal o confederal son las naciones y los estados que lo conforman e instituyen los que otorgan a este su legalidad, su reconocimiento y legitimidad. Son ellos los que le conceden determinados derechos y poderes, y no al revés. Lo contrario no es federalismo sino descentralización. Un mero Autonomismo sólo nominalmente “federal”. Y el resultado de una posible unión de una Nación Andaluza soberana, constituida en Estado propio, con otras naciones igualmente constituidos en estados, ya no podría ser una Republica sino una Unión de Repúblicas, pues todas ellas serían a su vez repúblicas soberanas.

¿Puede entonces una República Española ser asumida por el nacionalismo, el soberanismo o el independentismo andaluz como una república propia o “común”? Evidentemente tras todo lo expuesto la respuesta no puede ser otra que un rotundo no. Dado que todo Estado Español, y una República Española no es más que otro Estado Español, es incompatible con la existencia de una Nación Andaluza soberana, y por tanto la de un Estado Andaluz, ésta no puede ser asumida como propia o “común”. España no oprime y explota por cuestiones determinadas o circunstanciales. Según sus gobiernos, regímenes o formas de Estado. España oprime y explota porque esa es su razón de ser. Porque constituye en sí misma un proyecto imperialista ideado a tal afecto. Y los imperialismos y los colonialismos lo son con monarquías y con repúblicas. El problema para Andalucía no es cual es la España que la domina, es que está dominada por España.

¿Entonces cuál es la Bandera republicana asumible como propia? Pues si una República no es más que la forma de Estado que adquiere un Estado-nación, las naciones soberanas, y que por ello los estandartes republicanos en esos estados son sus respectivas banderas nacionales, la bandera republicana en Andalucía sólo puede ser una; la propia bandera andaluza. Y al igual que el republicanismo español usa una bandera española específica, la tricolor, que simboliza la España que defienden, en contraposición a la existente, los soberanistas e independentistas andaluces también usamos una bandera andaluza específica que diferencia la Andalucía libre por la que luchamos de esta Andalucía esclava y dependiente actual: la arbonaida, la bandera verdiblanca con la estrella roja que representa tanto la liberación nacional como la social, la independencia ( la soberanía nacional) y el socialismo ( la soberanía popular y de clase).

Este 14 de abril los andaluces conscientes no tienen nada que celebrar porque dicha fecha no recuerda la proclamación de su república, la de la República Andaluza, sino la de una República Española, la II República Española. La nuestra es la Primera República Andaluza, y la fecha de su proclamación es la del 29 de octubre de 1883 en que lo fue con la aprobación de nuestra propia constitución, la Constitución Andaluza, la conocida como de Antequera. Aquella que en su artículo 1º declara solemnemente: “Andalucía es soberana y autónoma, se organiza en una democracia republicana representativa y no recibe su poder de ninguna autoridad exterior”. Ese artículo resume tanto la proclamación de nuestra libertad (“Andalucía es soberana y autónoma”), como la de nuestra democracia y nuestra república (“se organiza en una democracia republicana representativa”) y la de nuestra independencia (“y no recibe su poder de ninguna autoridad exterior”). Esa es La República a recordar y defender, la nuestra. “El Día de La República” para un andaluz consciente no es el 14 de abril, es el 29 de octubre.

 

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