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Estado español :: 16/04/2014

La Audiencia Nacional y los delitos de opinión

La Haine
En las últimas semanas, vemos cómo la Audiencia Nacional está en plena batalla contra la libertad de expresión, condenando delitos de opinión de una forma constante

En las últimas semanas vemos como la tendencia de la Audiencia Nacional está siendo la de la represión y la venganza judicial contra el derecho de la libertad de expresión. Si bien no es nada nuevo, se están generalizando las condenas. Condenas por mostrar publicamente la solidaridad con las personas presas, condenas por artículos de opinión, condenas por comentarios en las redes sociales y hasta condenas por cantar canciones.

La Audiencia Nacional, heredera del franquista Tribunal de Orden Público, nos tiene acostumbrados a sentencias represivas, si bien en estas últimas semanas prácticamente cada semana tenemos una nueva sentencia condenatoria. Sentencias que apuntan directamente al ejercicio de la libertad de expresión, un derecho fundamental según la propia consitución española. Se están generalizando los delitos de opinión, en un contexto donde la ciudadanía cada vez está expresando más su hartazgo ante la situación política existente.

Ejemplos de esto son los siguientes:

- Alba González Camacho es una joven de 21 años que fue condenada a principios de febrero a un año de cárcel por sus comentarios en la red social twitter. Alba escribió a traves de su cuenta comentarios como "Lo alto que voló Carrero no es nada en comparación a cómo va a acabar Rajoy en cuanto estalle la Revolución" o "Que vuelvan los GRAPO... necesitamos una limpieza de fachas urgente". Aceptó un acuerdo por el que finalmente se le impuso una pena de 1 año de cárcel, en vez de 2 años de cárcel y 8 de inhabilitación como pedía inicialmente la fiscalía. Al no tener antecedentes se aplicó la suspensión de condena y no entró en prisión.

- Aitor Zelaieta, Maku Basabe, Ziortza Aiensa, Mikel Sánchez y Julen Orbea fueron condenados a mediados de febrero por "enaltecimiento del terrorismo" por un artículo aparecido en los medios Gara, Berria y Bilboko Branka, sobre la militante vasca Maite Pérez, fallecida en agosto de 1987 en Donostia. Tod@s ell@s fueron condenados a un año de cárcel al considerar la Audiencia que el artículo "trata de loar a una militante fallecida en la ejecución de una acción terrorista".

- A principios de abril se hizo pública la sentencia en la que se condenaba al cantante de rap Pablo Hasel a 2 años de cárcel por las letras de sus canciones. A Pablo le volverán a juzgar el día 29 de este mes por otra causa abierta, una denuncia del PP por supuestas amenazas y ataque a su sede. La condena por sus canciones ha quedado en suspenso, pero al tener ya antecedentes, si en este nuevo juicio se le condenase entraría en prisión.

- Unos días después, una nueva sentencia condenaba a un año de cárcely a 7 de inhabilitación a Ferran Blasi y Gregori Saavedra por "enaltecimiento del terrorismo" al haber portado durante los actos de la diada de 2012 las fotos de dos presas políticas catalanas: Marina Bernadó y Lola López.

- La semana pasada, se ha hecho pública otra condena de un año a Fernando Sota, un vecino de Tafalla, por colocar fotos de presos políticos, entre ellos Ines Del Rio. Inés del Rio había cumplido las tres cuartas partes de la condena que se le impuso y tenía que poder optar a la libertad condicional, sin embargo se le impuso la "doctrina Parot" para denegarle la libertad. Una denuncia de Inés al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo hizo que se condenara al estado español y que tanto Inéscomo otros afectados por la "doctrina Parot" pudieran salir en libertad. Pese a todo esto, a Fernando lo acusaron de un delito de "enaltecimiento del terrorismo" y lo han condenado a un año de cárcel.

Pero lo más grave de este último caso es que pese a haber sido condenado a un año de cárcel no han dejado poner en suspenso la condena, que suele ser o habitual en condenas inferiores a 2 años, ni tampoco han dejado cambiar la condena por el pago de una multa. Alegan para justificar este atropello que el acusado ha sido condenado en otras ocasiones, pero la realidad es que todas sus condenas anteriores están ya cumplidas. Fernando se encuentra escondido para eludir su entrada en prisión ante la orden de busca y captura que ha emitido la Audiencia Nacional.

En definitiva, a Fernando lo quieren encarcelar por colocar la foto de una persona que debería de estar en la calle según el código penal con el que fue juzgada, cosa que además ha sido ratificada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

La declaración de la Constitución española en su artículo 20 que dice que se garantiza el derecho "A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción" queda una vez más en papel mojado. No son nada nuevo las condenas de la Audiencia Nacional por delitos de opinión, pero en las últimas semanas se están convirtiendo en demasiado constantes y habituales,cada vez se está estrechando más y más el margen para la libertad de expresión.

En conclusión: en el estado español opinar puede salir caro. La heredera del Tribunal de Orden Público de la dictadura, al igual que su antecesora, sigue viendo terroristas por todas partes.

 

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