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Nacionales Galiza :: 12/02/2015

Informe sobre la situación de Javier Guerrero Carvajal a los 60 días de huelga de hambre

Comisión de Dereitos Humanos de Avogados Novos de Vigo
Javier está en huelga de hambre desde el 11-12-2014, reivindicando el cumplimiento del Reglamento Penitenciario y respeto de los derechos humanos en la prisión de A Lama

53 [60] días en huelga de hambre reivindicando los derechos humanos y cumplimiento del reglamento penitenciario

Javier Guerrero Carvajal, está en huelga de hambre desde el 11 de diciembre de 2014, reivindicando el cumplimiento del Reglamento Penitenciario y respeto de los derechos humanos en la prisión de A Lama. Esta es la segunda huelga de hambre que, en los últimos meses, se ha realizado  bajo esta premisa  en la cárcel de Pontevedra, la anterior la llevó a cabo Emilio Sánchez Del Peso, que  permaneció 50 días sin comer.

I. INTRODUCCIÓN

Javier Guerrero Carvajal es un joven gaditano de 33 años, está casado y tiene una hija de 5 años, hasta aquí parece una persona con una vida normal, pero no es así. Javier Guerrero está interno en A Lama, centro penitenciario al que fue trasladado desde la prisión de Zaragoza. Durante su vida en la cárcel ha presentado una gran cantidad de instancias y solicitudes, de manera que su situación penitenciaria sea regularizada, quejas y denuncias por vulneración de derechos y malos tratos.

El día 11 de diciembre de 2014,  Javier Guerrero empieza una huelga de hambre para exigir el cumplimiento del Reglamento Penitenciario y el respeto de los derechos humanos en prisión. El día 5 de enero es ingresado en el Hospital Provincial de Pontevedra debido a su delicada situación de salud. Actualmente lleva 53 días sin comer [60 en el momento de la traducción], durante los cuales ha realizado dos huelgas de sed, la primera del 3 al 7 de enero, que tuvo que interrumpir al llegar a una situación de riesgo vital, y una segunda, que comienza el día 16 de enero e interrumpe el 18 de enero, por presentar problemas renales. En la actualidad ha perdido más de 20 kilos de peso, carece de electrolitos, de proteínas, de glóbulos blancos, no funcionan los riñones, está en riesgo de paro cardíaco y de sufrir trombos, el pasado 23 de enero fue intervenido del riñón derecho para instalarle un catéter, a raíz de la intervención tiene inflamada la pierna izquierda.

Consideramos que la lucha por el respeto de los derechos humanos merece todo nuestro reconocimiento y apoyo, por eso aportamos un resumen de las denuncias personales y colectivas que llevan a Javier Guerrero a arriesgar su vida y su cuerpo, uno de los pocos medios disponibles dentro de la prisión.

II. DENUNCIAS DE VULNERACIONES DE DERECHOS

1. Dilaciones injustificadas en las resoluciones y revisiones grado

Una revisión de grado, es el acto por el que la junta de tratamiento decide sobre el grado y la cárcel en que el preso va a cumplir el resto de la pena, sobre cuestiones fundamentales, por tanto. En el caso de  Javier Guerrero Carvajal se realizó e el 8 de mayo. La junta de tratamiento propuso el mantenimiento de grado y el traslado a la cárcel de Sevilla, lo que es notificado al preso y posteriormente al director de la prisión que respalda la propuesta de la junta de tratamiento y enviado a Madrid al Centro Directivo de Instituciones Penitenciarias, donde confirman la propuesta de la junta de tratamiento y resuelven, esta resolución es enviada al preso para poder ser recurrida en su caso ante el Juez de Vigilancia Penitenciaria (JVP) de Pontevedra. Este trámite se demoró hasta solaparse con la siguiente revisión de grado que fue ennoviembre. La decisión del JVP fue archivar el primer recurso, dado que el criterio es no tener abiertos simúltaneamente dos recursos del mismo preso sobre la revisión de grado, vulnerándose el derecho de Javier a una tutela judicial efectiva, sobre todo en cuestions de tanta relevancia como la revisión de grado, que implica la posibilidad de puesta en libertad o traslados, cuestiones fundamentales en la vida de la persona. Estas dilaciones aumentan la sensación de inseguridad e impotencia de la persona presa y la situación de indefensión se agrava.

A día de hoy, el segundo recurso está pendiente de resolución, que s eresuelva es la petición fundamental de Javier Guerrero para volver a comer.

2. Inseguridad jurídica y arbitrariedad

No existe un trato igualitario dentro de la cárcel para las personas internas. En muchas ocasiones no es respetado el Reglamento Penitenciario por parte de la administración, quedando fijadas a veces las reglas al arbitrio de los funcionarios, lo que provoca una constante sensación de inseguridad en las personas internas y en el trabajo de abogadas y abogados, ya que cada prisión tiene sus propias normas internas. Estas prácticas atentan contra el principio de seguridad jurídica que informa nuestro ordenamiento jurídico, vulnerando el artículo 9 de la Constitución Española que instaura lasujeción de la ciudadanía y de los poderes públicos a la ley y en especial el artículo 9.3 CE quegarantiza la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

3. Presunción de inocencia

La apertura de un parte disciplinariao despliega sus consecuencias aunque, habiéndose presentado recurso éste no esté resuelto en firme, vulnerándose uno delos principios más importantes de un estado de derecho como es la presunción de inocencia. Ejemplo de esto es la obligatoriedad en A Lama (esta norma no rige en todas las prisiones del Estado) de tener etiquetados los aparatos electrónicos, aunque esto tendría que ser responsabilidad de la propia prisión. El día 11 de diciembre, los funcionarios encuentran un discman sin etiqueta que un compañero de Javier Guerrero Carvajal se había dejado en su celda, y proceden a la apertura de un parte disciplinario que en este momento se encuentra en trámite. En el mismo momento, el legítimo propietario del discman realiza una declaración jurada en la que s eidentifica como propietario del aparato reproductor de música que olvidó en la celda de Javier Guerrero y que los funcionarios saben es suyo y no de Javier, y que, a mayores, nunca lo requirieron para etiquetarlo.

Las consecuencias para Javi Guerero fueron la suspensión de su permiso  de salida para el fin de semana d efin de año, conscientes los funcioanrios d ela importancia de estas fechas par a Javier Guerrero, pues serí la primera navidad que pasarí de prisión con su hija de 5 años, que llegaba con su mujer y cuñada desde China por ser el país de residencia de su familia. La suspensión de este permiso cancelaba el viaje de su familia con la consiguiente pérdida económica.

Este hecho es el detonante que provoca la huelga de hambre de Javier Guerrero Carvajal.

4. Vulneración de derechos y garantías vinculadas a las prestaciones sanitarias

Las dificultades de acceso a la sanidad para una persona privada de libertad son evidentes, los denuncias sobre este aspecto son abundantes, hay numerosos problemas en la gestión de expedientes sanitarios, la sanidad penitenciaria sigue sin estar dentro del sistema nacional de salud y continúan sin estar transferidas a las comunidades autónomas las competencias correspondientes, como consecuencia, el personal sanitario no tiene acceso al expediente de salud de la persona presa, a lo que hay que añadir los traslados de prisión que no tienen en cuenta los tratamientos sanitarios y pérdida de citas sanitarias externas, ni siquiera las intervenciones quirúrgicas. Un traslado implica volver a iniciar todos los trámites en un nuevo centro sanitario.

Javier Guerrero Carfvjal tenía programada para el 16 de diciembre una cirugía digestiva no de urgencia, intervención quirúrgica que fue fijada estando ya el preso en la cárcel de A Lama, por lo que el centro penitenciario tuvo conocimiento de la intervención con el tiempo suficiente para programar dicho traslado ya que la misma estuvo como es habitual sujeta alas listas de espera del SERGAS. El centro penitenciario de A Lama no realiza el traslado al hospital de Pontevedra, alegando que no tiene ninguna patrulla de la guardia civil deisponible ese día, impidiendo la realización de la intervención quirúirgica programada en un centro sanitario público, no habilitando los funcioanrios de la prisión los medios para el acceso del interno al derecho a la atención sanitaria en el ámbito hospitalario consagrado en el artículo 1 de la Ley 12/2013, de 9 de diciembre, de garantías de prestaciones sanitarias (en adelante Ley GPS), así como de los artículos 15, derecho a la vida y a la integridad física, y 43, derecho a la protección de la salud, de la constitución española; del artículo 208 y siguientes del Reglamento Penitenciario que garantizan el acceso a las prestaciones sanitarias a todas las personas internas sin excepción equivalente a la dispensada al conjunto de la población, y del artículo 12, derecho al más alto nivel posible de salud, del Pacto Internacional de los Derechos económicos, Sociales y Culturales.

Esta situación podría agravarse si, como pretende,  la institución penitenciaria traslada contra su voluntad a Javier Guerrero Carvajal a la prisión de Sevilla teniendo las citas médicas ya programadas.

 III. LA SITUACIÓN ACTUAL ANTE LA HUELGA DE HAMBRE

En muchos de los procedimientos penitenciarios no es preceptiva la asistencia letrada, por lo que los internos no tienen derecho a abogado, ni siquiera de oficio, o son ellos mismos quienes realizan sus propios recursos, como en el caso de su revisión de grado donde Javier Guerrero Carvajal presenta recurso (elaborado por él mismo) contra la resolución que le deniega el acceso al tercer grado y acuerda su traslado a la prisión de Sevilla, en el mismo solicita que se compute toda su estancia en prisión, que se tengan en cuenta los buenos informes psicológicos y del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, que se valoren los informes médicos y las citas y tratamientos programados, así como los permisos concedidos para disfrutar en el exterior, a los efectos de conceder el tercer grado y no ser trasladado a Sevilla, o subsidiariamente ser trasladado una vez realice el tratamiento médico y disfrute los permisos de salida que tiene concedidos antes del traslado.

Javier Guerrero continúa en huelga de hambre hasta que se resuelva su recurso de revisión de grado, como protesta ante la falta de medios que existe en la tramitación de los asuntos de las personas presas.

Somos conscientes del colapso existente en los distintos órganos de la administración de justicia, pero esa dilación no puede acabar con la vida de un hombre que está acabando de cumplir su pena. Un hombre capaz de sacrificarse literalmente por que las cosas cambien, por que la opinión pública llegue a conocer la situación en la que muchas personas presa viven dentro de las prisiones. Tenemos que conseguir que la población reclusa disfrute de todos los derechos fundamentales, para, al fin y al cabo, contribuir a la efectiva reinserción de las personas presas como pilar fundamental de la ejecución de las penas.

Desde que iniciamos la asistencia jurídica a Javier Guerrero Carvajal, vemos como se dificulta por parte de la administración penitenciaria todo el posible trabajo del abogado, estableciendo trabas a la realización de peritajes, en la obtención y admisión de pruebas, dilaciones y errores en la información al interno sobre su expediente penitenciario e incluso la denegación del acceso al mismo por el abogado.

Deberá ser entendida como una obligación para todas las personas que conformamos el sistema de justicia, denunciar y corregir las irregularidades y fallos  en la administración de las penas. Somos al fina y al cabo garantes del e efectivo cumplimiento de los derechos humanos y de la correcta aplicación y desarrollo de la legislación, y por este motivo debemos hacer frente a las vulneraciones de derechos y tremendas injusticias que crean las anomalías e insuficiencias del sistema penitenciario.

En Vigo a 2 de febrero de 2015

Raúl lópez Izquierdo y Sheila Fernández Míguez

(Integrantes de la Comisión de Dereitos Humanos de Avogados Novos de Vigo)

http://tokata.info/informe-sobre-la-situacion-de-javier-guerrero-carvajal-los-60-dias/

 

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