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Colombia, Anti Patriarcado, Estado español :: 20/07/2015

Participación política de las mujeres: ¿Cuotas, paridad o meritocracia?

Natalie Mistral
La guerrillera de las FARC-EP opina que el derecho colectivo de las mujeres a ser debidamente representadas no está garantizado por la sola presencia de mujeres en el poder

Cuando hablamos de participación política de las mujeres, uno de los temas más complejo es definir la forma que debe revestir dicha participación, en términos de cantidad y cualidad. Muchos países resolvieron la disyuntiva de la cantidad con medidas especiales a través de leyes de cuotas, algunos alcanzaron leyes de paridad; y las cifras demuestran un incremento significativo del número de mujeres en cargos públicos, gracias a estas medidas. Sin embargo, a la hora de optar por apoyar una u otra solución es necesario plantear los objetivos reales de estas medidas y sus alcances en términos de voluntad política de los partidos, preparación de las mujeres y cambios de mentalidades hacia la equidad real.

Las llamadas medidas especiales temporales de discriminación positiva, o cuotas, se han implementado para obligar a los partidos, en particular, a incorporar un porcentaje determinado de mujeres en sus listas electorales y de representación. Se ven como una ayuda para establecer el equilibro, en una situación de ventaja cultural e histórica de los hombres; partiendo del presupuesto que una vez superada la iniquidad, se harán innecesarias. El objetivo de estas es entonces la paridad, es decir igualdad de número entre hombres y mujeres en los cargos de elección popular y de representación pública.

En América Latina, son ya 5 los países que establecieron una ley de paridad – esta ya no es una medida temporal- que obliga el funcionamiento equitativo del Estado. Sin embargo, su aplicación ha sido difícil y sus resultados parciales plantean el problema de la construcción de la equidad, más allá de las obligaciones legales.

Aunque el discurso de igualdad de género se haya vuelto “políticamente correcto” y reivindicados por casi todos los partidos, los hechos, hasta ahora, demuestran que son los gobiernos progresistas en el continente, los que han asumido el compromiso de ponerlo en práctica.

Ecuador fue la primera nación en aplicar la paridad, incorporándola a la nueva constitución del 2008, para los cargos de nominación y función pública, así como en los partidos y movimientos políticos. La siguió Bolivia el año siguiente, haciendo de la equidad una de las normas y “procedimientos propios de las naciones, los pueblos indígenas y campesinos”. Costa Rica y Nicaragua incorporaron, después de implementar durante algunos años un sistema de cuotas, la paridad estricta en sus leyes electorales.

La constitución Bolivariana de Venezuela que contó con una amplia participación de las mujeres, establece en su artículo 21, la igualdad de género y “garantiza las condiciones jurídicas y administrativas para lograr la igualdad real y efectiva”. Sin embargo, hasta ahora la oposición ha bloqueada la aprobación de la ley de paridad, y es por medio de las resoluciones del Consejo Nacional Electoral que, antes de cada elección, se establece las obligaciones de paridad.

A pesar de las dificultades, las venezolanas han logrado grandes avances en materia de representatividad y de aplicación de las leyes. Es destacable que en el 2010, en excepción del ejecutivo, todos los poderes públicos, la Procuraduría General de la República, la Defensoría del Pueblo y un importante número de Ministerios, Institutos y empresas del Estado estaban presididos por mujeres.

Es que en la Revolución Bolivariana, desde su gestación, las venezolanas han sabido tomar un protagonismo de hecho, en los barrios, las calles, las universidades y el gobierno. Han visto la gran oportunidad que les ofrecía este proceso de cambio social y, siendo las más afectadas por las desigualdades, fueron las más fervientes promotoras de este.

Un cambio de actitud, fruto de la perseverancia de estas mujeres luchadoras, se refleja en las recientes elecciones internas del Partido Socialista Unido de Venezuela que, anticipándose a la normativa paritaria promulgada por el CNE, aplicó la paridad no solamente entre hombres y mujeres sino también entre jóvenes y mayores, dando así el ejemplo de una voluntad política de renovación y amplitud.

En el caso colombiano, las mujeres del pueblo han ido aumentando su participación política de forma notable en la última década. Es evidente la importante presencia de mujeres en la dirección de las organizaciones sociales y barriales. Ha sido grande el camino recorrido, tanto por las organizaciones de mujeres, como por las que han elegido otros tipos de luchas (incluida las guerrilleras). Gracias a ellas, la legislación colombiana está dotada de leyes positivas que dibujan en el papel los contornos de una democracia moderna. Pero no se llevan a la práctica.

Es esta una de las características de este país. Por todo hay una ley, sin embargo todo sigue igual. Es así que fue aprobada en el año 2000 una “ley de cuotas” (ley 581) que estableció el mínimo de participación de las mujeres a 30% en cargos públicos. Pero los partidos y directivos institucionales se las arreglan para violarla y no existen sanciones de ningún tipo.

Ni en los cargos de nombramiento nacional o regional, ni en los de elección popular, ni en los partidos políticos, se nota la voluntad de promover en escala suficiente la participación de las mujeres. Ni siquiera los partidos de izquierda que cuentan con algunos liderazgos femeninos destacados, pero no fueron capaces de cumplir con el 30% de presencia de mujeres en ninguna elección.

La falacia para no aplicar la norma

Se sigue con la polémica sobre la falsedad de las cuotas. Se argumenta que las mujeres no pueden estar en puestos de dirección solo por ser mujeres; que es hacerle daño a la credibilidad del género, poner allí personas poco preparadas, que las cuotas no resuelven el problema de la calidad de la representación y al fin que las cuotas van en contra de la pluralidad. Y es cierto que la gente merece dirigentes competentes y responsables que puedan asumir de la mejor forma las dificultades y la toma de decisiones.

Preguntémonos entonces, si todos estos hombres actualmente en puestos de poder corresponden a este perfil. ¡No, por supuesto que no! Los escándalos de corrupción, de “usted no sabe quien soy yo” de violencia e implicación en parapolítica, hablan por sí solos. La ineficiencia de la institucionalidad colombiana es otra prueba de esto.

¿A qué cuota respondió entonces sus nombramientos o elección? ¿La de un partido?, ¿De algún poderoso y de sus intereses particulares?

¿O a pesar del hecho de que las mujeres colombianas tienen mayor nivel universitario que los varones, que muchas veces están sobre calificadas para los puestos que se les ofrece, se sigue creyendo que no están preparadas para asumir el poder? ¿Cuántas asesoras, “secretarias” o compañeras son las que realmente hacen el trabajo, cuantas anónimas?

Por esta razón sigue siendo el sistema de cuotas, una forma para las mujeres llegar donde les corresponde; no hubieran podido competir con los criterios machistas.

Sin embargo, las cuotas, como la paridad legal, solo resuelven el derecho individual de las mujeres a acceder a puestos de dirección, a elegir y ser elegida a cargos públicos.

El derecho colectivo de las mujeres a ser debidamente representadas en sus intereses particulares, no está garantizado por la sola presencia de mujeres en el poder, pues muchas de ellas siguen el juego a la sociedad patriarcal, defendiendo intereses de clases que van en contravía de los de su sexo. No obstante, siempre estaremos mejor representadas en una Asamblea compuesta por mitad de mujeres que en una totalmente masculina.

Tampoco podemos confundirnos y pensar que una participación equitativa de hombres y mujeres en política es la clave para la democracia real. Es solo una justa contribución a la desaparición de las discriminaciones. La democracia real es posible si, además de la equidad de género, el poder es compartido de forma equilibrada, por todos los sectores de la sociedad colombiana. O sea, si al fin la gran mayoría de los y las colombianas pobres logran una participación directa en él.

Teniendo en cuenta las dificultades y las resistencias para la aplicación de la ley de cuotas, es necesario revisar los mecanismos de aplicación de la ley y establecer sanciones claras y efectivas para las entidades que no la aplican. También estipular los mecanismos que permitan su efectividad, como la obligación de alternancia en las listas electorales y medidas que promuevan la participación de nuevas mujeres y la concientización sobre la necesidad y los beneficios de la paridad.

En la perspectiva de la Asamblea Nacional constituyente, necesaria para consolidar la paz y refrendar los posibles acuerdos de la mesa de La Habana, la paridad y representación de todos los sectores hasta hoy excluidos de la toma de decisiones, será la garantía de la renovación equitativa y democrática de la carta magna.

* Guerrillera internacionalista FARC-EP
www.mujerfariana.org

 

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