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Andalucía :: 13/01/2015

Sevilla: Condenados seis de los imputados por formar un piquete en la huelga general de 2010

La Otra Andalucia
No señora jueza, el "orden público" y "la paz social" la alteraron los agentes entrando en el recinto universitario y actuando como lo hicieron.

La jueza de del juzgado de lo penal nº 10 de Sevilla ha emitido la sentencia del juicio, celebrado en el pasado mes de octubre, en el que condena a seis meses de cárcel a seis de los 13 imputados por formar parte de un piquete supuestamente obstruccionista en la Universidad Hispalense de Sevilla durante la huelga general de 2010.

En dicho juicio, la Fiscalía de Sevilla, aportando como únicas pruebas las declaraciones de la policía, junto a algunas grabaciones y fotos que fueron desestimadas, solicitaba para los 13 imputados un año de cárcel por un delito de desórdenes públicos, además de un año y medio más para cuatro de ellos, a los que acusaba de un delito de “atentado”.
En la foto adjunta a la noticia, los imputados, de espaldas, durante el juicio.

A partir de las manifestaciones de los agentes, la jueza considera probado que el 29 de septiembre, en el marco de la jornada de huelga general convocada por los sindicatos, un grupo de manifestantes, del que formaban parte los condenados, se reunieron en el Rectorado de la Universidad “con el pretexto de integrar un piquete informativo”. No obstante, contradictoriamente, reconoce que fueron “personas no identificadas, con el fin de dificultar el ejercicio del derecho al trabajo de las personas que no deseaban secundar la convocatoria de huelga, colocaron en la mayoría de las puertas de acceso al recinto vallas de obras que impedían el acceso al recinto de trabajadores, estudiantes y personal docente”.

Según la sentencia, “sobre las 8,30 horas, un inspector de la Policía Nacional se desplazó al Rectorado junto a otro agente a fin de garantizar la seguridad y el ejercicio del derecho al trabajo de quienes no secundaban la huelga”, y que al llegar “el inspector comprobó que la mayoría de las puertas de acceso al Rectorado se encontraban cerradas, permaneciendo abierta la entrada al recinto universitario”. Lo que no tiene en cuenta la jueza es que el recinto universitario no es un lugar público, sino un recinto privado, y que la policía no había sido requerida por el Rector, ni acudía por orden judicial, por lo que su entrada no estaba justificada.

Según continúa el relato de la sentencia, los componentes del piquete “amparados en el anonimato del grupo, profirieron gritos y descalificaciones gratuitas hacia los agentes de Policía y los trabajadores”, quienes “con ayuda de los agentes lograron acceder al interior del recinto”. También que éstos, “con su particular, conjunta y concertada actuación simultánea”, provocaron “un clima de hostilidad y violencia creciente dirigido hacia los funcionarios de Policía con el propósito de disuadir a quienes libremente pretendían ejercer su derecho al trabajo”, por lo que dicho inspector “se vio obligado a solicitar apoyo de otros compañeros para controlar la situación, dado el escaso número de funcionarios de Policía desplazados al lugar para controlar al grupo de manifestantes”, quienes durante las dos horas que duró la concentración “vociferaron y dirigieron a los agentes expresiones ofensivas como analfabetos, fascistas y otros similares”. Señora jueza, los que, no es que "disuadan", sino que impiden e imposibilitan el ejercicio del derecho al trabajo son los patronos que cespiden y los gobiernos que los consienten, no los huelguistas y manifestantes que lo defienden con sus acciones. Esas que aquellos policías pretendían "controlar", como en otros tiempos, ¿o son los mismos?.

La sentencia también afirma igualmente que “Protegidos en el anonimato de la masa de la que formaban parte, agravaron la tensión y la hostilidad hacia los funcionarios de Policía”, así como que “este ambiente de tensión y hostilidad adquirió el punto álgido cuando un centenar de manifestantes decidieron, de común acuerdo, sentarse juntos en el suelo para entorpecer la labor que los funcionarios de Policía realizaban en este acceso para evitar de esta forma lo que hasta ese momento no habían conseguido, es decir, que trabajadores y estudiantes pudieran acceder al recinto de la Universidad”. Una vez más la sentencia no aporta la más mínima prueba de que fuesen los inculpados los que realizaron tan “peligrosos” actos que para el fiscal eran constitutivos de un “delito de atentado”, más allá del hecho de haber sido señalados y detenidos de forma aleatoria por los agentes que les acusaban.

Bueno si, aporta la que considera más “significativa,” que un profesor de la Facultad de Historia, para acceder al Rectorado “decidió pedir ayuda a los funcionarios de Policía para que lo acompañaran al interior del recinto porque los manifestantes sentados en la puerta le impedían la entrada”. En este momento varios agentes “lo rodearon para protegerle, sufriendo los agentes varios golpes de las personas allí congregadas, quienes intentaron sin éxito colocar vallas metálicas para cerrar este acceso, identificando el inspector que dirigía la operación en ese momento” a los acusados. Pues para estar enfrentándose a tan agresivos y peligrosos activistas, el inspector parece que lo tuvo muy fácil para realizar esas identificaciones.

La jueza considera probado, a partir de tan contundentes pruebas, que los inculpados “se extralimitaron en el ejercicio de su derecho de huelga, ejerciendo los actos de violencia y hostilidad ya descritos hacia los agentes que facilitaban el acceso de los trabajadores al recinto universitario con el pretexto de formar parte de un piquete informativo”, lo que “sin duda alteró el orden público y la paz social”.

No señora jueza, el "orden público" y "la paz social" la alteraron los agentes entrando en el recinto universitario y actuando como lo hicieron. Ellos fueron los que se "extralimitaron".

Pero quizás la afirmación más sorprendente que realiza la jueza en la sentencia es aquella en la que afirma que, con su supuesta actuación, los acusados “generaron un ambiente hostil y violento con la expresiones ofensivas hacia los agentes y hacia los trabajadores que no participaban en la convocatoria de huelga, instrumentalizando de esta forma a los policías para llevar a cabo su plan, es decir, para obligar a los demás trabajadores a declinar sus derechos en beneficio de sus propias reivindicaciones”. Pues no deja su señoría en muy buen lugar la profesionalidad de unos policías, ni la de tan diligente inspector, a los que basta con ejercer la “violencia” de realizarles determinadas “expresiones ofensivas” para que éstos se dejen “instrumentalizar” por unos malvados piqueteros “en beneficio de sus propias reivindicaciones”.

La Otra Andalucía


 

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