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Estado español :: 15/09/2020

Más dudas que certezas en la recta final del juicio contra Rodrigo Lanza

Arainfo
Este lunes se han presentado las conclusiones finales. La defensa pide su absolución.

Este lunes se han presentado las conclusiones finales. Todas las acusaciones mantienen su relato, que Lanza tenía intención de matar. Sin embargo, la defensa expone una versión distinta, que "solo tenía intención de lesionar" y que "actuó en todo momento motivado por el profundo temor a perder la vida", por lo que ha pedido su absolución.

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Bar Tocadiscos, donde ocurrieron los hechos. Foto: AraInfo

Tras las jornadas del jueves y viernes, dedicadas a la parte pericial, este lunes se ha reanudado el juicio contra Rodrigo Lanza, acusado de la muerte de Víctor Laínez, en los hechos ocurridos en la madrugada del 8 de diciembre de 2017 en el bar Tocadiscos de la capital aragonesa.

La sesión ha comenzado con la prueba documental y las conclusiones finales de las partes. Todas las acusaciones -Fiscalía, acusación popular y acusación particular- han mantenido su relato, sin embargo, en sus conclusiones ninguna ha citado los tirantes con la bandera española que supuestamente llevaba Víctor Laínez en el momento de los hechos. Estos tirantes, han sido el leitmotiv de este mediático caso, que incluso ha sido conocido con este nombre. Unos tirantes que no han aparecido.

La primera en presentar sus conclusiones ha sido la Fiscalía. Laínez falleció “como consecuencia de la agresión” de Lanza, siendo la causa de la muerte “un severo traumatismo craneoencefálico con parada cardiorrespiratoria, compatible con una contusión de fuerte intensidad en la región temporoparietal derecha”, ha asegurado.

En las sesiones del jueves y viernes, los peritos presentados por la defensa de Lanza atribuyeron la muerte de Laínez a su corazón “enfermo”, afirmando que “las fracturas craneales y faciales que presentaba tras la agresión no eran mortales por sí mismas, sino que a ellas se sumó el estado físico previo de Laínez, que tenía una cardiopatía”. Las médicas del Hospital Clínico, que atendieron a Laínez cuando entró en el servicio de urgencias, detallaron sus “antecedentes médicos”. Laínez tenía hábito enólico (alcoholismo), consumo de sustancia tóxica, y una patología de corazón, sufrida en 2012, consistente en una miocardiopatía dilatada. Laínez también había sufrido un tromboembolismo pulmonar y tenía insuficiencia renal crónica y apnea del sueño (dormía con máquina).

Precisamente en los antecedentes médicos de Laínez, es donde ha incidido el abogado de Lanza, Endika Zulueta, en sus conclusiones finales: “Dados los antecedentes médicos de Víctor Laínez, la parada cardíaca sufrida pudo ser determinante para su muerte”. “Sus antecedentes médicos pueden ser, con causas prexistentes, de suficiente importancia como para haber requerido un análisis en profundidad y poder valorar su posible influencia en su muerte. Ni los médicos del hospital donde estuvo ingresado Laínez, ni los médicos que realizaron la autopsia realizaron informe toxicológico alguno”, ha dicho. Tampoco hicieron análisis de su corazón.

Zulueta, basándose en los testimonios de los peritos, ha continuado afirmando que “Laínez presentaba una única lesión en el cráneo potencialmente mortal, consistente en fractura de hueso temporal derecho, ocasionada por un golpe de atrás adelante. Esta fractura no podía causarse únicamente con un puñetazo. No consta que Rodrigo Lanza utilizara objeto alguno para agredir a Víctor Laínez, y ninguna persona vio a Lanza utilizar objeto alguno. El hueso temporal derecho puede romperse, teóricamente, con una patada con un calzado de punta dura. Rodrigo Lanza calzaba el día de los hechos zapatillas. La fractura del hueso temporal derecho pudo ser causada al caer Víctor Laínez al suelo”. Sobre las lesiones que presentaba Laínez en la cara, ha apuntado que “ninguna de ellas era mortal”.

La navaja

La acusación particular, ejercida por los penalistas José Luis Melguizo y Enrique Trebolle en representación de la familia Laínez, al igual que la acusación popular, ejercida por David Arranz en representación del partido ultraderechista Vox, han insistido en que Lanza “tuvo el claro propósito de acabar con la vida de Laínez”. Asimismo, niegan la existencia de la navaja. Una navaja que también vio uno de los testigos -el que gritó: “¡Cuidado Rodrigo! ¡Lleva una navaja!”- y que, según la versión de Lanza, fue con la que le atacó Víctor Laínez: “Laínez me llamó 'sudaca' y vino hacia mí con una navaja en la mano”, afirmó Lanza en su declaración en el juicio.

De hecho, Zulueta ha incidido en que “Rodrigo se dio la vuelta y vio que la persona con la que había mantenido la conversación [Víctor Laínez] intentaba agredirle con la navaja. Temiendo por su vida y con la única intención de defenderse, intentó echar hacia atrás al agresor [Víctor Laínez] empujándole con patadas. Laínez no cejaba en su empeño y Rodrigo le golpeó con un fuerte puñetazo, estando frente a él, cayendo Laínez, y probablemente golpeándose la cabeza contra el suelo. Una vez en el suelo, y ante el temor de que se pudiera levantar y siguiera intentando matarle, Rodrigo, presa del pánico, le golpeó en la cara con sus manos. Los hechos violentos duraron apenas unos segundos”.

La defensa pide la absolución

En la presentación de las conclusiones finales, Zulueta ha mantenido que Rodrigo Lanza "solo tenía intención de lesionar" y que, por tanto, “los hechos constituyen un delito de lesiones, en concurso ideal con un delito de homicidio imprudente grave”. El abogado de Lanza ha enumerado los atenuantes con lo que actuó su defendido: “Trastorno mental transitorio, legítima defensa, actuar impulsado por un miedo insuperable, estar bajo los efectos del alcohol, obrar por causas o estímulos que han producido arrebato, terror invencible”. Por ello, ha solicitado una sentencia absolutoria “y, subsidiariamente, para el caso de que las circunstancias no se consideren completas, que se rebaja la pena a imponer en uno o dos grados”.

“Rodrigo Lanza actuó en todo momento motivado por el profundo temor a perder la vida, sin que tuviera influencia alguna la supuesta ideología de Víctor Laínez. Rodrigo actuó altamente influenciado por un instinto de supervivencia, amparado por la legítima defensa. En ningún momento tuvo intención de matar a Laínez, ni se pudo imaginar que su acción pudiera producir la muerte. El alcohol ingerido por Rodrigo afectó gravemente sus facultades cognitivas y volitivas, lo que potenció el efecto amenazador de la situación, sin que percibiera otro medio para evitar la agresión contra su vida que actuar tal y como lo hizo. El estado de pánico sufrido por Rodrigo, con plena representación de su propia muerte, junto con la afectación alcohólica descrita, provocó, que, en el concreto momento de los hechos, sufriera una reacción de cortocircuito, una perturbación mental fugaz que anuló su voluntad y su capacidad de conocer y entender lo que estaba sucediendo”, ha insistido Zulueta.

Por su parte, todas las acusaciones mantienen su petición de una pena de 25 años de prisión para Rodrigo Lanza por "asesinato" con la agravante de "motivación ideológica". En este punto, hay alguna diferencia. Mientras las acusaciones particular y popular afirman que “hubo ensañamiento”, Fiscalía no contempla este extremo.

Un juicio marcado por las prisas

Nada en el juicio ha sido muy normal. Para empezar, la pandemia ha obligado a realizar las sesiones sin público, y con el jurado popular ubicado en la zona donde habitualmente se sienta este. Tampoco ha sido corriente la actitud de la jueza con los tiempos, en un juicio marcado por su prisa: “No quiero ir tan despacio, quiero terminar”, ha dicho en varias ocasiones la magistrada y presidenta del jurado, María José Gil Corredera.

La jueza no solo ha apurado a la defensa de Lanza, representada por el letrado Endika Zulueta, también a testigos y peritos. Sus “¿Terminamos ya? Yo ya estoy mareada”, han sido reiterados en estos días. De hecho, el turno de las conclusiones de la defensa ha comenzado con otra anécdota firmada por Gil Corredera que se ha olvidado de que faltaba la intervención de Endika Zulueta. “Falto yo, señora magistrada. Las prisas”, ha dicho Zulueta.

Tampoco hay que olvidar la polémica con el jurado número 2, el que en la primera sesión estuvo constantemente interrumpiendo a la defensa, levantando la voz dando sus opiniones personales sobre el caso. En este asunto, ha habido un nuevo giro de los acontecimientos. El pasado martes, la magistrada, que en un principio se inclinaba por la expulsión cambió de opinión tras las protestas de la defensa. Ni lo sustituyó, ni lo amonestó. Se limitó a advertirle. Pero ahora, ha tomado la decisión contraria, tras preguntar a Zulueta: “¿Usted sigue insistiendo en la expulsión de este jurado?”.

La magistrada ha argumentado que “en un minuto no se puede pensar bien, estoy llevando un juicio muy complejo, con muchas horas”, pero que la decisión de sustituir a este integrante del jurado ahora, por el suplente número 1, está reflexionada y es definitiva. Quiere así evitar una posible nulidad del jurado, lo que obligaría a repetir de nuevo el juicio. Las acusaciones en bloque han protestado, pero, esta vez, no han conseguido cambiar su decisión. El jurado número 2 ha sido expulsado y ha quedado apartado de la deliberación del veredicto.

En la sesión de este lunes estaba previsto que concluyera el juicio, con los informes finales de todas las partes. Pero no ha dado tiempo. Solo Fiscalía, acusación particular y acusación popular han podido exponerlos. El juicio continuará este martes, a las 9.30 horas, con los informes finales restantes, los de la acusación ejercida por el Gobierno de Aragón, y la defensa de Rodrigo Lanza. En principio, si no hay más cambios, este mismo martes se hará entrega del objeto del veredicto al jurado para la deliberación.

Rodrigo Lanza, en prisión provisional por esta causa desde que tuvieron lugar los hechos, diciembre de 2017, ya fue juzgado en noviembre de 2019 y sentenciado a cinco años de prisión, después de que el jurado popular le considerara, con ocho votos contra uno, culpable de "homicidio imprudente" pero no de "asesinato" como reclamaban las acusaciones. Sin embargo, el TSJA ordenó repetir el juicio tras declarar nulo el veredicto al considerar que hubo una “falta suficiente de motivación”.

Fuente

 

Enlace al artículo: https://www.lahaine.org/fU14