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Estado español :: 19/01/2023

Sentencia absolutoria para los cinco vecinos procesados por protestar contra un casino en Gamonal

Diario de Vurgos
La Magistrado-juez de dicho juzgado absuelve a la cinco personas, dos varones y tres mujeres, de todos los delitos que se les venía imputando

El Juzgado de lo Penal nº2 de Burgos ha hecho público el fallo de la sentencia del proceso en el que se encontraban encausados cinco vecinos que protestaron ante la apertura de una nueva sala de apuestas en Gamonal y que fueron acusados de los delitos de daños, coacciones continuadas, así como de amenazas.

La Magistrado-juez de dicho juzgado absuelve a la cinco personas, dos varones y tres mujeres, de todos los delitos que se les venía imputando y, en los hechos probados de la sentencia, a la cual ha tenido acceso este medio digital, considera que los hechos nos son constitutivos de delito teniendo en cuenta las pruebas practicadas. De esta manera considera que, en lo referido al delito de daños, queda probado que se pegaran pegatinas o se hiciesen pintadas con rotulador borrable sobre la puerta del establecimiento, pero que ni las imágenes aportadas recogidas por las cámaras, ni las declaraciones de los agentes policiales prestadas durante el desarrollo de la vista oral, demuestran que se dañara el establecimiento el 13 de febrero de 2020, tal y como afirmaban los propietarios de la sala de apuestas C4SINO, situada en la avenida Derechos Humanos, en su denuncia inicial de los hechos.

Protestas contra las salas de apuestas en la avenida Derechos Humanos // DV

Por su parte, en cuanto a las referidas coacciones continuadas, en el escrito de la sentencia la jueza determina que, teniendo en cuenta todas las pruebas presentadas, no puede achacarse a los imputados en tanto que se ha demostrado que durante las concentraciones no hubo ningún tipo de violencia ni actitud intimidatoria y que se trataba única y exclusivamente de concentraciones ciudadanas que “querían visibilizar el problema que este tipo de establecimientos crea o puede crear” y “la preocupación por la proliferación de los mismos en una zona tan frecuentada por menores”. Cabe destacar que en las inmediaciones existen tres colegios de Primaria y Educación Infantil, un Instituto de Educación Secundaria, además de un gabinete de logopedia justo al lado de la propia sala de apuestas. Así mismo, considera que estas protestas pudieran llegar a ser molestas o desagradables para los responsables de la sala de apuestas, pero “ello no puede elevarse a una intimidación, angustia o coacción, que requiere un plus, algo más que aquí no concurre ya que de lo contrario llegaríamos a la situación de que cualquier protesta ciudadana pública sería una intimidación o coacción, lo que no es compatible con el sistema de derechos y libertades públicas en que nos encontramos”.

Concentración de rechazo frente a la inauguración de la sala de apuestas // DV

Por último, y en cuanto a lo referido a las supuestas amenazas, la magistrada razona que las expresiones vertidas durante las concentraciones son las comunes en las que se producen en este tipo de iniciativas de protesta y que no merecieron la intervención policial. Además, “ninguna de ellas supone el anuncio de un mal creíble, futuro y dependiente en su realización de la voluntad de quien lo expresa”. En ese sentido, tampoco se puede demostrar la existencia de unas supuestas amenazas de muerte vertidas el 31 de enero de 2020 por uno de los acusados hacia el gerente del establecimiento al no haberse aportado pruebas suficientes de las mismas.

Cabe recordar que la acusación particular, constituida por la propia sala de apuestas C4SINO, solicitaba hasta cinco años de reclusión para los imputados, 7300 euros de multa en concepto de daños, así como la imposición de no poder aproximarse al local motivo de las protestas durante 10 años, a lo que sumaba una orden de alejamiento respecto al demandante a una distancia de 5000 metros. Es importante señalar también que la acusación particular solicitó en su momento el pago de una indemnización de 15.000 euros en concepto de daños morales por una serie de artículos informativos publicados en este medio que no ha sido finalmente tenida en cuenta.

Concentración de apoyo frente a los juzgados // DV

La sentencia, que no es firme, admite recurso ante la Audiencia Provincial de Burgos. No obstante, el colectivo vecinal que protestó en su momento contra la apertura de esta nueva sala de apuestas en Gamonal expresa su satisfacción ante la resolución judicial y argumenta que la misma viene a confirmar sus planteamientos. Desde octubre de 2019 a febrero de 2020 se estuvieron llevando a cabo concentraciones de protesta frente a un establecimiento que, según la legislación actual cuenta con todas las licencias de apertura, pero que, según plantea el propio movimiento vecinal, puede generar números problemas de adicción, sobre todo a la población joven de los barrios más vulnerables.

 

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