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Estado español :: 24/08/2003

COLECTIVO MICAELA. Por el derecho a nuestra sexualidad

Uhuru

¿Sabía usted que las presas políticas en el Perú no podemos recibir visitas intimas de nuestras parejas?

La sexualidad es una parte integral de la personalidad del ser humano. Su desarrollo pleno depende de la satisfacción de las necesidades humanas básicas como el deseo de contacto, intimidad emocional, placer, ternura y amor.
Declaración del XIII Congreso Mundial de Sexología, 1997 Valencia (España). Revisada y aprobada por la Asamblea General de la Asociación Mundial de Sexología (WAS) el 26 de agosto de 1999 en el XIV Congreso Mundial de Sexología (Hong Kong)

La Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial de mujeres (CCMM-Beijing) afirma que el derecho de la mujer a controlar su sexualidad es parte indivisible de sus derechos humanos, y sin ello, la mujer no puede gozar plenamente sus otros derechos humanos. En Beijing + 5 la gran mayoría de los gobiernos reafirmaron esta posición.

¿Sabía usted que las presas políticas en el Perú no podemos recibir visitas intimas de nuestras parejas?

Millones de mujeres no tienen posibilidades de ejercer ese derecho. Entre ellas estamos las presas políticas en el Perú, quienes a más de haber vivido condiciones carcelarias infrahumanas en verdaderas tumbas en el período de la dictadura fujimorista, ahora, aún cuando se ha modificado el régimen carcelario, flexibilizando sus normas, sigue existiendo la prohibición de que recibamos visita Íntima.

La visita de varones que se realiza los domingos, se llevó a cabo hasta mediados del año 2002 en el patio (invierno y verano). En acuerdo con las autoridades del penal, logramos que los esposos o las parejas ingresaran al pabellón para que la visita se efectuara en los salones y talleres de
trabajo.

Este pequeño logro se vio empañado con la colocación de personal masculino de la policía por piso, con la orden de vigilar que la prohibición de ingreso a las celdas se mantenga, obstaculizando cualquier posibilidad de un encuentro más íntimo de las mujeres con sus parejas o esposos.

Las inequidades de género y los prejuicios que se exacerban en los casos extremos - como es una situación de encarcelamiento - se hacen evidentes cuando se nos niega a las mujeres el derecho a vivir nuestra sexualidad, tener una vida amorosa plena y aún más a ejercer el derecho a la procreación y la maternidad.

Hay mujeres que ingresaron a las cárceles a la edad de 28-30 años, que ya están cumpliendo los 40 y, en muchos casos (la mayoría) sin hij@s y sin la posibilidad de proyectarse en tenerl@s, pues la etapa de fertilidad ya está cumpliendo su ciclo. Nuestras sentencias no decían que además estábamos siendo condenadas a la esterilidad emocional y física.
¡Qué contradicción más elocuente! En esta sociedad que condena el aborto y que obliga incluso a las mujeres violadas a tener l@s hij@s, a nosotras se nos prohíbe procrear. ¿Quién tiene la potestad divina de decidir sobre nuestros cuerpos? Quién decidió que no debemos tener hij@s? ¿Qué pasa con el derecho de nuestras parejas que quizá quieran procrear y estén dispuestos a asumir al hij@ producto del amor?

No queremos seguir siendo invisibles. Queremos que la sociedad y que las mujeres como nosotras conozcan lo que estamos viviendo, lo que sentimos, queremos que se hable, se discuta y cuestione lo que nos está pasando.
Queremos decirles que:

? Somos mujeres que, aunque estamos encarceladas, no hemos perdido nuestra capacidad de amar, ni nuestros sueños.
? Muchas de nosotras tenemos pareja que nos aman y nos respetan.
? Algunas de nosotras quisiéramos reproducirnos, es una decisión nuestra y es lo que se nos está negando.
? Creemos que el derecho a decidir es un derecho que nos corresponde, igual que a otras mujeres.

Te llamamos a que te solidarices con nosotras, que nos acompañes en esta lucha POR EL DERECHO A VIVIR NUESTRA SEXUALIDAD.
Porque nuestros derechos sexuales son derechos humanos. Exigimos:

? Derecho a la visita íntima
? Realizar visitas interpenales para el encuentro de parejas encarceladas
? Restitución del derecho a elegir libremente la maternidad

COLECTIVO MICAELAS
PENAL MÁXIMA SEGURIDAD, SANTA MONICA- CHORRILLOS
Lima, Perú 2003

 

Enlace al artículo: https://www.lahaine.org/cY8