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Estado español :: 20/12/2006

El impacto de las redes de telefonía móvil: Valladolid como ejemplo

La Haine - Valladolid
Existe un gran volumen de información científica que indica que las radiaciones emitidas por las antenas de telefonía y los teléfonos móviles no son todo lo inocuas que la industria nos quiere hacer creer

Existe un gran volumen de información científica que indica que las radiaciones emitidas por las antenas de telefonía y los teléfonos móviles no son todo lo inocuas que la industria nos quiere hacer creer, ya que provocan varias enfermedades y síntomas en las personas que padecen su radiación de una forma crónica.

La Asociación Vallisoletana de Afectados por Antenas de Telecomunicaciones (AVAATE), se ha caracterizado por llevar adelante esta larga lucha que se remonta tras la polémica surgida en torno a el caso de las antenas del colegio García Quintana de Valladolid en donde se sospechaba que la aparición de distintos casos de cáncer entre los alumnos y trabajadores se debía a la existencia de antenas de telefonía en un edificio cercano al citado centro escolar.

Recientemente, la Audiencia de Valladolid archivó de manera definitiva el caso al no considerar la relación causa-efecto entre las antenas y la enfermedad, a pesar del informe de los recurrentes que presentaron el sexto y último caso de cáncer. Además, los padres de los alumnos del García Quintana, lamentan que "nunca quisieron, ni por orden del juez ni por recomendación del perito judicial, experto epidemiólogo, ni por voluntad de conocer, realizar los estudios descriptivos que tantas veces solicitamos... Simplemente se trataba de constatar los casos de todo tipo de cáncer y de todas las edades en el entorno del colegio, ya que presuntamente era el foco, y ver si con la distancia geográfica, en imaginarios círculos concéntricos, se reducía o no la incidencia de la enfermedad".

Sin embargo, de todo esto se puede apreciar una complicidad de las instituciones con la industria de telefonía móvil, bien se sabe que quien paga manda y en este caso es fácil pensar que bien se puede tratar de un encubrimiento a este gran negocio en auge desde hace años.

La información que a continuación mostramos viene a arrojar una poco de luz a este asunto tan turbio:

Según afirma Pedro Belmonte Espejo, de Ecologistas en Acción, "el desarrollo de la telefonía móvil ha experimentado un crecimiento casi exponencial, que ha supuesto la proliferación caótica de estas redes de telecomunicaciones y un aumento significativo de la contaminación electromagnética y de la percepción social del riesgo asociado a estas infraestructuras. La legislación estatal no ha resuelto el impacto social y ambiental de las redes de telefonía móvil."

A este crecimiento se sumaron en la práctica un cúmulo de irregularidades urbanísticas que afectaron y afectan a muchas instalaciones de telefonía móvil:

- Carencia de la preceptiva licencia urbanística.

- Vulneración de la altura máxima que determinan las ordenanzas de edificación municipales.

- Incumplimiento de la norma básica española de protección contra incendios (NBE-CPI 96).

- Inexistencia de un estudio de carga sobre afecciones a las techumbres de los edificios de las estaciones base entre 2.500 y 5.000 kilogramos en las la azoteas.

Muchos ayuntamientos, especialmente en la comunidad autónoma de Valencia, Murcia, Castilla-La Mancha o Euskadi establecieron moratorias a la instalación de antenas de telefonía móvil. Ni los planes generales de ordenación urbana ni las normas subsidiarias y otros mecanismos de planificación urbanística contemplaban este despliegue de las redes de telecomunicación. Por ello, bastantes ayuntamientos comenzaron a preparar la elaboración de ordenanzas municipales que intentaran poner orden en la instalación de este tipo de antenas y tuvieran mecanismos de prevención frente a la exposición continua y residencial de los ciudadanos/as a este tipo de emisiones de microondas pulsátiles. Además, algunas compañías de seguros excluían los posibles daños por contaminación electromagnética de la cobertura del seguro a las operadoras de telefonía móvil. (véase como ejemplo el Contrato de Royal & SunAlliance S.A. y Vodafone, Madrid, 5 de septiembre de 2001,cláusula 19.)

La antigua Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones, señalaba al menos en su introducción que se tendrían en cuentan los posibles riesgos para la salud derivados de estas instalaciones de telecomunicaciones. Esta ley era sustituida en 2003 por La Ley 32/2003, de 3 noviembre, General de Telecomunicaciones cuyo redactado obedecía en gran parte a los intereses de las grandes operadoras de telefona móvil, y no se planteaba en los objetivos de la ley ningún criterio de salud pública en cuanto a niveles de inmisión. Esta Ley daba total libertad de ubicación a las estaciones base y a otras infraestructuras de telefonía móvil con la única condición de registrarse como tal.

Los niveles máximos de exposición se establecían en función de los posibles efectos térmicos, es decir, del calentamiento del cuerpo humano por las emisiones de microondas pulsátiles. Esto es criticado por Neil Cherry, que afirma que estos valores límite solo contemplan los posibles efectos térmicos y no los efectos biológicos de una exposición a medio y largo plazo.

Otro problema derivado de la implantación de las infraestructuras tiene que ver con el impacto paisajístico en el medio urbano y con el impacto ambiental por la contaminación electromagnética. Esta forma de contaminación se une a las posibles afecciones sobre suelos y vegetación, sobre la avifauna y, posiblemente, sobre los sistema de ecolocación de los quirópteros, especialmente en el medio urbano, todas ellas como resultado de las obras instalación y del propio funcionamiento de estas instalaciones de telecomunicaciones.

Desde diversas instancias científicas también se planteó la necesidad de revisar los niveles máximos de exposición, señalando que aunque habían estudios controvertidos sobre los efectos biológicos, sin embargo ya existía una abundante bibliografía biomédica sobre los efectos no térmicos y por lo tanto habría que limitar al máximo los valores de inmisión a niveles muy bajos de exposición -el nivel de radiación radioeléctrica lo más bajo técnicamente posible- y que se recogieran las recomendaciones de la Conferencia Internacional de Salzburgo sobre Emplazamiento de Infraestructuras de Telefonía Móvil, Ciencias Aplicadas y Salud Pública.

Sin embargo, los informes oficiales del Ministerio de Sanidad español cuestionaron la necesidad de adoptar valores límite que se refirieran a efectos no térmicos, aunque demandaron del Gobierno la elaboración de una normativa especifica sobre el tema.

En este pequeño esbozo esperamos haberos dado una idea de como está la situación actual de las antenas de telefonía y el gran negocio que hay alrededor de ellas. Sólo a través de la investigación independiente, la difusión y concienciación de este tema a través de las personas, hará que estemos con posibilidades de que algo tan importante como nuestra salud no sea el negocio miserable de unos pocos.

 

Enlace al artículo: https://www.lahaine.org/aS1C