Principal |
Països Catalans :: 31/12/2006

La Subestación eléctrica de Patraix (Valencia) está pendiente de la licencia de funcionamiento

Contrainfos Grito Libertario
La licencia emitida por el Ayuntamiento no permite la puesta en marcha de la subestación. Necesitan una licencia de funcionamiento que no tienen. Las plataformas vecinales del barrio de Patraix se oponen a los cables de alta tensión.

El Ayuntamiento cambia de opinión sin ninguna motivación y en contra de la opinión de sus propios técnicos. La comisión provincial de actividades calificadas simplemente afirmó en su "informe", si se puede llamar así, que la actividad llevada a cabo por la subestación no es calificada, pero sin aportar motivación ni razonamiento alguno. Sin embargo, los técnicos municipales sí que justificaron abundantemente su negativa a firmar la tramitación de la licencia como de una actividad inocua, y razonaron por qué debía considerarse como una actividad calificada, por ser peligrosa (adjuntamos ese documento).

El ayuntamiento ha ignorado el espíritu de la ley. La ley 2/89 de actividades calificadas establece que si un ayuntamiento califica una actividad como inocua, pero la Comisión Provincial de Actividades Calificadas la cataloga como calificada, debe prevalecer el criterio de protección del ciudadano, el de la comisión en este caso. Pero la citada ley no dice lo contrario: que si el ayuntamiento considera una actividad como peligrosa (lo que conlleva su tramitación como actividad calificada, como fue el caso de la tramitación del expediente de la subestación de Patraix, que adjuntamos), pero la comisión provincial la cataloga como inocua (máxime cuando tal catalogación carece de motivación ni razonamiento algunos), deba prevalecer el criterio de la comisión.

Por otra parte, la licencia concedida no permite la puesta en funcionamiento de la subestación, a pesar de que en el pleno del pasado mes de octubre los concejales populares afirmaron que la subestación cumplía con todos los requisitos. Ahora les piden, como condiciones previas a la concesión de la actividad de funcionamiento una serie de requisitos propios de actividades peligrosas y molestas (calificadas, por lo tanto), entre otros:

- Fotocopia del contrato con la empresa autorizada para la retirada de aceites del depósito enterrado existente (aceites peligrosos y tóxicos, según la misma Iberdrola, de acuerdo a la ley 10/1998, lo que implicaría que es actividad peligrosa)

- Plan de prevención y extinción de incendios

- Certificado de comprobación de la efectividad de las medidas correctoras en orden al cumplimiento de la ordenanza de ruidos y vibraciones, visado por el correspondiente colegio oficial

- Certificado de conformidad a las normas UNE que acrediten que los cables situados en el interior del suelo elevado no son propagadores de incendios ni con emisión de humos (condición del informe de la oficina técnica de actividades)

- Plano que refleje la ubicación de los elementos de la instalación

La concejal de EU Ma. Victoria González ha manifestado: "me parece una irresponsabilidad y una falta de respeto a todos los vecinos de Patraix que se dé una licencia inocua y se exija, al mismo tiempo, requisitos propios de actividades calificadas".

Los vecinos ya recurrimos en su momento la tramitación del expediente de la subestación como una actividad inocua, y ahora recurriremos la concesión de la licencia de actividad.

Los vecinos nos preguntamos: ¿Por qué la funcionaria M.J. Bellver, jefa del servicio de descentralización, y firmante de la licencia de actividad inocua junto al Concejal de Actividades, Vicente Igual, solicitó en su momento que se tramitara como un expediente de actividad calificada y ahora como inocua? ¿Qué le ha hecho cambiar de opinión? Porque cuando firmó el escrito que adjuntamos sí que razonó su postura, pero ahora no: sólo se remite al "informe" de la comisión de actividades calificadas, informe que no razona ninguna postura.

Por otra parte, los vecinos exigimos a nuestros supuestos representantes políticos que protejan nuestros intereses, y ni Rita Barberá ni sus concejales populares lo están haciendo. Si el Ayuntamiento de Valencia pensaba que se trataba de una actividad peligrosa, cuando la comisión de actividades elaboró su "informe" en el que se consideró a la subestación de Patraix como una actividad no calificada, el Ayuntamiento tenía, y tiene, potestad para solicitarle que incluyan las subestaciones transformadoras en el nomenclátor de actividades calificadas, pero no lo hizo. Y ahora no justifican su cambio de opinión. ¿Por qué se remiten a la Comisión de Actividades Calificadas de Generalitat, cuando el Ayuntamiento tiene potestad para dictaminar él mismo si una actividad de este tipo es peligrosa, molesta e insalubre, como los vecinos venimos solicitando?

¿Por qué ha estado funcionando varias semanas sin la licencia de actividad? ¿Por qué decía el Ayuntamiento, Rita Barberá misma, que no se necesitaba tal licencia, y ahora sí que la han concedido?

En estos momentos la subestación de Patraix está pendiente de la licencia de funcionamiento.

Los vecinos de Patraix solicitamos que la subestación de transformación eléctrica ST Patraix y el cable que le suministrará electricidad a 220.000 voltios sean trasladados lejos de las zonas residenciales. No nos oponemos al progreso, pero no es preciso que se ubiquen en el seno de barrios asentados.

mostrada la relación entre la exposición continuada a campos electromagnéticos como los que producirá la subestación y diversas enfermedades (leucemia, otros tipos de cáncer, problemas del sistema inmunológico, depresión, etc.). Ya hay varias sentencias en España obligando al traslado de transformadores de potencia muy inferior por haberse producido varios casos de leucemia y otros tipos de cáncer entre los vecinos.

La decisión de permitir instalar una industria como la ST Patraix en pleno casco urbano es contraria al principio de precaución, que establece que "cuando una actividad representa una amenaza o un daño para la salud humana o el medio ambiente, hay que tomar medidas de precaución incluso cuando la relación causa-efecto no haya podido demostrarse científicamente de forma concluyente". Diversos estudios recomiendan una zona de seguridad de radio de 1 metro por kilovoltio, lo que en este caso significa 220 metros a la redonda donde no debería vivir nadie.
Exigimos a nuestros gobernantes que velen por nuestros derechos fundamentales, recogidos en el Título I de nuestra Constitución, siendo el derecho a la salud el primordial, sin cuya observancia cualquier otro derecho carece de sentido, así como que definan un modelo de ciudad coherente con un desarrollo sostenible.

 

Enlace al artículo: https://www.lahaine.org/aS4T