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Estado español :: 12/09/2018

Critican la propuesta de Fiscalía sobre los tuiteros condenados por delito de odio

SOS Racismo
SOS Racismo critica la propuesta de Fiscalía de penas alternativas a la cárcel para los tuiteros condenados por delito de odio

Mazkiaran reivindica el “deslinde del delito de enaltecimiento del terrorismo del artículo 578 del delito de odio previsto en el artículo 510, ya que el solapamiento actual está provocando la banalización e invisibilización de los delitos de odio

Ante la propuesta de la FIscalía lanzada en la presentación de la Memoria 2017, insta al Gobierno a mantenerlas las penas el caso de amenazas de muerte o incitación expresa a la violencia contra el colectivo LGTBI, personas racializadas, personas musulmanas o pertenecientes al pueblo gitano.A juicio de la Federación SOS Racismo, la puesta en práctica de mecanismos para perseguir los delitos denominados “delitos de odio” previstos en el Artículo 510 del Código penal demuestra que las dificultades en su aplicación provienen de diversos factores, además del apuntado por la Fiscalía sobre las penas previstas, como es el límite de la libertad de expresión.

Prueba de ello, es que a pesar de que este artículo fue reformado en el año 2015, con un aumento de penas de hasta cuatro años, en la práctica su puesta en marcha ha olvidado la sentencia del Tribunal Supremo del 12 de abril de 2011 en la que se afirma “es preciso que se trate de una incitación directa a la comisión de hechos mínimamente concretados de los que pueda predicarse la discriminación, el odio o la violencia contra los referidos grupos o asociaciones”

En el caso concreto del delito cometido a través de las redes, la aplicación práctica de este articulo ha llevado a poner el foco de manera excesiva en el enaltecimiento del terrorismo, dejando de lado la incidencia en colectivos realmente agraviados por este discurso peligroso que prolifera en las redes, contra el colectivo LGTBI, personas racializadas, personas musulmanas o pertenecientes al pueblo gitano, y que en ocasiones contiene amenazas de muerte o una incitación expresa a la violencia contra miembros de estos colectivos que puede justificar el mantenimiento de las actuales penas.

En todo caso, a juicio de la Federación SOS Racismo, modificar las penas no soluciona los problemas de fondo que plantea la denuncia de comentarios discriminatorios que se vierten en las redes. Por ello, desde esta organización, y en palabras de su Secretario General, Mikel Mazkiaran, solicitan al gobierno que si finamente se reforma el artículo 510 del Código penal aproveche la ocasión para, fijar criterios claros a policías y operadores jurídicos para la obtención de la dirección electrónica IP cuando se trata de autoría desconocida”de forma que se agilice la persecución de los delitos contra las personas pertenecientes a alguno de los colectivos señalados.

Asimismo, SOS Racismo en boca de su portavoz, solicita “modificar y simplificar las normas procesales para facilitar el acceso de las víctimas a la acción penal, dado que en muchos casos se ven obligadas a interponer una querella con el consiguiente gasto y complejidad de este tipo de procedimiento. Esta circunstancia -denunciada por la Federación y organismos como la Fundamental Rights Agency-, hace que muchos delitos no sean denunciados, ni perseguidos, creando una falsa sensación de convivencia

Por último, Mazkiaran reivindica el “deslinde del delito de enaltecimiento del terrorismo del artículo 578 del delito de odio previsto en el artículo 510, ya que el solapamiento actual está provocando la banalización e invisibilización de los delitos de odio, frente a una concepción demasiado amplia de los primeros”

 

Enlace al artículo: https://www.lahaine.org/fL4o