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Estado español :: 14/10/2019

Lo que la prensa española jamás le contó sobre el proceso a los políticos catalanes

A. Ramirez / Canarias Semanal
Duro dictamen de la Federación Internacional de DD.HH. y la Red Euromediterránea de DD.HH contra la "Justicia" española

 En la mañana de este lunes se conocía la sentencia del Tribunal Supremo en el juicio contra los dirigentes políticos catalanes del Procés. El Supremo ha impuesto penas de entre 9 y 13 años de cárcel a los nueve líderes independentistas, a los que ha condenado por "sedición".  El exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras afronta la pena más alta, 13 años,  por un delito de sedición en concurso medial con malversación (cuando un delito es un medio necesario para la comisión de otro). De los otros ocho acusados que están en prisión preventiva, tres exconsejeros (Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa) han sido condenados por sedición y malversación a 12 años de cárcel; los otros dos (Josep Rull y Joaquim Forn) han sido absueltos del delito de malversación y el tribunal les ha impuesto 10 años y medio de prisión. La expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, ha sido condenada a 11 años y medio por un delito de sedición. Por este mismo delito se ha impuesto una pena de nueve años a los líderes de la ANC y de Òmnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Los únicos tres procesados que afrontaron el juicio en libertad (los exconsejeros Santi Vila, Carles Mundó y Meritxell Borràs) han sido sentenciados a un año y ocho meses de inhabilitación especial y diez meses de multa con una cuota de 200 euros diaria.

Con un consenso total que refleja su verdadero carácter antidemocrático, los medios de comunicación corporativos del Estado español han transmitido a la población la idea de que el proceso desarrollado en el Supremo, que ha consluido con estas desorbitantes penas de cárcel, se caracterizó por el más pulcro respeto de los derechos de los acusados y la absoluta imparcialidad del Tribunal presidido por el juez Marchena.

Huelga decir que por ninguno de estos medios los ciudadanos interesados pudieron conocer la opinión, totalmente contraria a ese relato, expresada por los observadores internacionales enviados por la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y la Red Euromediterránea de Derechos Humanos (EuroMedRights).

 Sin embargo, la conclusión de estos observadores no pudo ser más tajante. "Los políticos catalanes no disfrutaron de un juicio justo"

 LAS "IRREGULARIDADES" DE UN JUICIO INJUSTO

Las irregularidades señaladas por estos observadores internacionales comienzan por la propia elección del tribunal en el que se celebró el proceso que -al igual que han señalado otros juristas españoles - "debió haberse celebrado -en su opinión - en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña".

 "Los observadores consideran que se violó el principio del derecho al juez ordinario predeterminado por la ley"

 En esta misma línea, los especialistas de las dos instituciones internacionales consideraron que

 La multiplicidad de procedimientos entre varios tribunales y su centralización tardía e incompleta ante el Tribunal Supremo constituyen una violación del derecho a un juicio justo, dado que fue muy difícil para los acusados tener una visión clara y completa de todo el proceso judicial".

 UN PROCESO GENERAL AL INDEPENDENTISMO

Los observadores concluyeron, igualmente, que parte de la evidencia incriminatoria contra los acusados se basó "en una investigación que concernía a hechos anteriores y externos al caso".

 Se trató - de acuerdo a su análisis de los hechos y el proceso - "de una incriminación general que no se basa en ningún hecho específico la que permitió al juez investigador reunir pruebas en su contra desde el 1 de octubre de 2017".

 Además - añadían en su informe - "la instrucción reviste un carácter secreto y eminentemente político porque se inició con la solicitud del partido de extrema derecha Vox y no permitió a los acusados tener acceso a los documentos y actos del juez, lo que socava su derecho fundamental a ser informados de los hechos de los que son acusados".

 Los observadores advirtieron, igualmente, que "la politización de la vida judicial afecta a todas las jurisdicciones superiores, en la medida en que el CGPJ es el que, a su vez, designa a los miembros del Tribunal Constitucional y a los presidentes de las Salas de la Audiencia Nacional".

 CON LA "VIOLACIÓN DE SUS DERECHOS" Y SIN POSIBILIDAD DE RÉPLICA

 Las órdenes de captura internacional y la prolongada prisión provisional de algunos de los acusados también aparecen como medidas desproporcionadas, consecuencia de la calificación exagerada de los hechos como delito de rebelión. Por esta razón, los observadores consideran que la detención provisional constituye una violación caracterizada de su derecho a la libertad (artículo 5 de la Convención Europea de Derechos Humanos).

Los observadores criticaron también que "en todo el juicio no se permitió ningún debate contradictorio".

   "Si por casualidad una pregunta o impugnación es expuesta por la defensa -señalaron- es inmediatamente rechazada por el presidente, con el pretexto de que el juicio está siendo grabado. Así, si todas las preguntas o impugnaciones han sido realizadas, ninguna ha sido realmente solucionada".

 Finalmente, los observadores concluyeron que los propios

 "documentos propuestos por la acusación permiten constatar la ausencia de violencia física real por parte de la multitud; que las tensiones, cuando se producen, están ligadas a la presencia de la policía que es a priori violenta; la ausencia de violencia entre los manifestantes y otros ciudadanos y la ausencia de implicación personal de los acusados en eventuales hechos violentos".

 

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