Las mujeres ante el aborto

El Código Penal fue reformado el 5 de Julio de 1985 mediante una ley, por la cual se despenalizó el aborto en tres supuestos: 1º: Que sea necesario para evitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada y así conste en un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por un médico de la especialidad correspondiente, distinto de aquél por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto. En caso de urgencia o riesgo vital para la gestante, podrá prescindirse del dictamen y del consentimiento expreso.
2º: Que el embarazo sea consecuencia de un hecho constitutivo de delito de violación del artículo 429, siempre que el aborto se practique dentro de las doce primeras semanas de gestación y que el mencionado hecho hubiese sido denunciado.
3º: "Que se presuma que el feto habrá de nacer con graves taras físicas o psíquicas, siempre que el aborto se practique dentro de las veintidós primeras semanas de gestación y que el dictamen, expresado con anterioridad a la práctica del aborto, sea emitido por dos especialistas del centro o establecimiento sanitario, público o privado, acreditado al efecto, y distintos de aquél por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto. Esta legislación que despenalizó parcialmente el derecho del aborto para las mujeres en nuestro país, es hora de que se reforme. La ley tras veintidós años en vigor, ha quedado anticuada y es insuficiente, no sólo por los cambios sociales, sino también por las intromisiones a modo de denuncias que cualquiera puede interponer, criminalizando a las mujeres, profesionales y clínicas donde se realizan los abortos.
Un cambio de ley que garantice el derecho de las mujeres a interrumpir voluntariamente el embarazo, acabe con la inseguridad jurídica que genera la actual normativa y garantice que las interrupciones voluntarias del embarazo se realicen de forma normalizada en la red sanitaria pública. A ello, hay que exigir que este cambio en la legislación venga acompañado de medidas que garanticen la educación sexual en los centros escolares y el acceso a los métodos anticonceptivos y a la anticoncepción de emergencia.
En definitiva no vale más demoras de los partidos políticos denominados progresistas, maquillando la imagen al decirnos en las campañas electorales que hay modificar la ley, generando un debate social cansino, hace falta acometer hechos concretos. El PSOE tuvo en su mano la decisión de reformar esta ley con una propuesta de IU, hace pocos meses, la cual desestimó de plano, alegando que no era el momento. ¿Para cuándo será el momento? Mientras tanto siguen las denuncias, los procesos penales y las mujeres acuden a otros países en busca de soluciones seguras para poder interrumpir su embarazo. Las mujeres no deseamos escondernos, únicamente conseguir la igualdad real donde no se discrimine la diferencia.
Amalia Alejandre Casado, es abogada y asesora en asuntos de la Mujer en la Asociación de Vencions de Zarzaquemada (Leganés)







