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Madrid :: 03/04/2007

Normas F.I.E.S. en centro penitenciario de Jaen

La Haine - Madrid

Ante la llegada de esta información a través de una persona presa en el C.P Jaén, queremos darle la máxima difusión. Es la normativa interna del Dpto de Régimen Especial. Rogamos la mayor difusión. Los compas se han jugado mucho para sacarlo.

Ministerio del Interior

Dirección general de Instituciones penitenciarias

Centro penitenciario de jaen

Dpto. De régimen especial. Normativa interna del dpto. Información al interno.

Respecto a las Normas Internas de funcionamiento del Dpto. de Régimen Especial del C.P de Jaén, se le informa lo siguiente:

• Ingreso.

A su ingreso le será entregado un documento de Estado de celda y Equipo donde quedará reflejado el estado de las instalaciones de la celda asignada al interno así como los efectos del Centro que le son entregados para su uso personal. Comprobado con el funcionario que el estado de la celda es el indicado en el documento el interno firmará el recibí del mismo junto con el funcionario (si el interno se niega a firmar se realizará diligencia por el funcionario que así lo indique) quedando una copia del mismo para el interno y el original archivado en un fichero al efecto en el mismo Módulo para poder consultarlo si fuese preciso.

El interno pasará posteriormente a su celda que quedará cerrada.

• Salidas al patio y actividades.

El horario diario de salida al patio, así como las salidas a actividades se establecerán por las Unidades encargadas de ello, Seguridad y tratamiento. Si un interno renuncia voluntariamente a su turno de patio o actividad no pasa al turno siguiente.

No se permitirá que salgan al patio o actividades con aparatos audiovisuales como receptores de televisión, radio cassettes, etc, salvo los walkman o radio tipo petaca.

• Controles de seguridad.

Cada vez que realizan una salida o entrada de su celda para patio o actividades , los internos serán cacheados en la zona habilitada al efecto utilizándose el arco detector de metales, cuando suene la alarma se invitará al interno a que se quite las prendas u objetos que puedan provocarla. En caso de que la alarma siga sonando se realizará un cacheo integral al interno dentro de la esclusa de cacheo donde se encuentra el arco. En la realización de todo cacheo integral será previa la autorización del Jefe de Servicios y la comunicación a la Dirección por éste y se ofrecerá previamente al interno el uso de la bata. Todos los internos deberán ser diariamente cacheados (aunque renuncien a las salidas al patio y actividades).

Las celdas serán requisadas y cacheadas diariamente de forma exhaustiva. Los cacheos de las celdas se realizarán evitando el maltrato, deterioro o daño de las pertenencias o enseres de los internos. Si desea estar presente en el registro deberá comunicarlo con antelación suficiente.

Los internos deberán pasar los recuentos reglamentarios debidamente vestidos y levantados, excepto el de primera hora de la mañana, que podrá pasarlo en ropa de cama (pijama), nunca en ropa interior, de forma visible, frente a la puerta de su celda.

• Comunicaciones y visitas.

- Autorización de comunicaciones: las comunicaciones de cualquier modalidad que realicen estos internos con familiares, amigos o compañeras sentimentales son previamente autorizadas por el Director o persona en quien delegue.

- Comunicaciones telefónicas: Los números de teléfono a los que pueden llamar los internos son comprobados por la Oficina de Seguridad antes de su autorización. Para evitar errores, las instancias resueltas deben quedar grapadas a la ficha de cada interno. Los números autorizados tienen validez indefinida. En cuanto al número de llamadas semanal autorizadas es de aplicación la normativa general del Centro, es decir mínimo de dos y máximo de cinco en función de las comunicaciones celebradas en el mes anterior, excluyendo de este cupo las expresamente autorizadas a abogados. Para poder disponer de un número de llamadas superior al mínimo de dos es preciso autorización expresa que ha de renovarse mensualmente.

- Registro de correspondencia : se llevará un libro a tal efecto en el Módulo , siendo recepcionada, como norma general , tanto la correspondencia como las instancias que cursen los internos , cuándo éstos se encuentren en sus horas de patio .

• Celdas ocupadas.

- Objetos autorizados.

Tendrán en su celda las ropas y enseres mínimos para su uso diario, depositándose el resto en el almacén del Dpto. y entregándose al interno recibo de lo retenido, manteniendo una relación en el almacén. Podrán tener dos libros de lectura, dos revistas y/o periódicos, diez cintas de música (de plástico transparente) y, los que cursen estudios, podrán disponer de libros y material didáctico necesario.

Sólo se autorizarán encendedores adquiridos en el economato y a los que previamente se les haya retirado la protección metálica de la llama. Respecto a los cepillos de dientes se les entregarán seccionándoles el mango por la mitad. Igualmente se seccionarán por la mitad los lápices, rotuladores y bolígrafos, siendo éstos últimos de plástico tipo bic y en número no superior a dos unidades.

Tendrán a su disposición, en el horario previamente establecido por las normas de régimen del Dpto. maquinilla de afeitar cuando vd. desee hacer uso de la misma.

- Intercambio de objetos no prohibidos.

De acuerdo con la recomendación del Defensor del Pueblo y la consecuente regulación realizada por el Centro Directivo, se establece el siguiente procedimiento para el intercambio de objetos no prohibidos entre internos:

a) Durante la permanencia en el patio u otras actividades comunes los internos estarán autorizados a realizar este tipo de intercambios previo control del funcionario, para lo cual el objeto será depositado por el interno en la caja de cristal instalada al efecto en la zona de cacheo.

b) Cuando no exista coincidencia de los internos en ningún tipo de actividades podrán depositar el objeto prestado o donado en la caja citada haciendo constar la identificación de quien lo deposita y el destinatario, una vez revisado por el funcionario, se procederá a la entrega con motivo de la salida o entrada de los destinatarios para alguna actividad o para retirar la comida.

c) No está permitido el intercambio, donación o transferencia de aparatos de TV, radio casetes, ordenadores, walkman, etc.

d) No está permitido el intercambio de objetos por procedimiento distinto al descrito. Si al ingreso portare objetos prohibidos, éstos serán depositados mediante entrega de recibo, en el almacén del Módulo de Ingresos.

Cualquier otro artículo no considerado en este apartado deberá expresamente autorizado por la Dirección.

El cambio de ropa, libros de lectura, casetes etc, se efectuará previa petición del interno, en tanto éste se encuentre en el patio y tras un minucioso cacheo de lo entregado y recogido. En ningún caso el interno accederá al almacén.

- Limpieza y conservación de las celdas.

La limpieza de las celdas se realizará mañana y tarde por los internos, siendo para ello facilitado el cepillo (sin palo), el recogedor, cubo y fregona; útiles que les serán retirados una vez realizada la misma. Cada uno limpiará los útiles que haya usado.

Los internos deberán mantener permanentemente la celda, equipo a su cargo y enseres personales EN PERFECTO ESTADO DE ORDEN Y LIMPIEZA.

Cuidarán del buen estado de conservación de su celda, siendo responsables de los desperfectos que se produzcan en las mismas, lo que originará la incoación de un procedimiento sancionador, lo que podría conllevar, además de la correspondiente sanción disciplinaria, la responsabilidad judicial por los daños causados.

Queda prohibido arrojar comida, ropa u objetos sólidos al lavabo o al WC que puedan atascarlo, prohibición que se extiende a hacerlo a través de las ventanas. Utilizarán para ello las papeleras que se les facilitan.

No deberán mantener presionado el pulsador de agua una vez usado.

También está prohibido escribir o pintar en las paredes, techo, puertas o mobiliario. Recuerde que está totalmente prohibido pegar posters, fotos etc. en estos mismos lugares.

• Servicios de economato, alimentación, peluquería y lavandería.

- Economato y cafetería.

El suministro de Economato y Cafetería se hará diariamente, previa presentación por los internos del listado, a las 9:00 y 12.30 h. en turno de mañana y a las 18.00 h. en turno de tarde (en horario de verano el suministro de tarde se retrasará a las 19:30h.)

El cumplimiento de sanciones de aislamiento no supone limitación o restricción añadida en la adquisición de productos de economato.

- Racionado diario de cocina.

Las comidas se realizarán en la celda, se distribuirán a través de la ventana del pasillo en recipientes de plástico. En el caso de que los internos se encuentren en el patrio comerán en la salas de día. Cada uno limpiará los útiles que haya usado.

- Peluquería.

El servicio de peluquería se efectuará, previa petición del interesado, los lunes en la esclusa de cacheos.

- Lavandería.

El servicio de lavandería se realizará los lunes. La ropa sucia se introducirá en una bolsa, con expresión del nombre del interno y su contenido. Una vez cacheada y comprobado su contenido será depositado en el almacén hasta su recogida, devolviéndose a los internos al día siguiente, es decir, los martes.

• Podrá así mismo hacer uso de la Biblioteca y resto de servicios del Centro en los horarios previamente establecidos al respecto.

• Se encuentran a su disposición tanto las Normas de Régimen Interior y la Ley Orgánica General Penitenciaria, que, una vez consultadas, serán devueltas a los funcionarios para su conservación.

Extraído de Bizkaiko Asanblada Libertaria

 

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