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México :: 22/10/2006

A cinco años del homicidio de Digna Ochoa, siguen aportandose pruebas que ratifican que el Estado Mexicano la mando a asesinar. II

Okupazión Auditorio Che Guevara
Pruebas que ratifican que Digna Ochoa no se suicidó.

Los tres peritajes ofrecidos por la familia de la abogada Digna Ochoa y Plácido a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) -la cual actualmente los estudia- tienen como propósito fundamental demostrar que hubo "errores" o "falta de probidad’ en la actuación de los agentes del Ministerio Público que investigaron la muerte de la defensora de los derechos humanos, ocurrida hace mas de cuatro años.

La hipótesis del "suicidio simulado" se basa en un análisis postmortem de la personalidad de la abogada, que dibujó un perfil "vengativo, esquizoide y violento".

La PGJDF se inclinó por la hipótesis del suicidio a partir de nuevos indicios encontrados en las investigaciones, entre ellos el arma usada, propiedad de la abogada; los dos balazos recibidos y su trayectoria; el carácter de Digna; el sitio donde murió, y la ropa que usaba ese día. La abogada se mató, simulando que fue asesinada, según esa presunción.

De acuerdo con la conclusión oficial, la abogada se habría sentado en uno de los dos sillones del recibidor de su despacho y disparado con la mano derecha a la parte interna del muslo izquierdo, en busca de la vena femoral, con el fin de morir por desangramiento. En ese sillón se encontraron rastros de sangre y la ojiva de la bala.

Cinco minutos después, en cuclillas, habría tomado su abrigo con la mano derecha para morderlo, y con la izquierda habría disparado sobre la sien (también izquierda), quitándose la vida.

La necropsia reveló que el segundo disparo fue de contacto, en la región temporal (sien) del cráneo, característica que se presenta cuando una persona se quita la vida con pistola, afirmó la PGJDF.

Homicidio, concluyen los nuevos peritajes

Las conclusiones de las tres pruebas periciales de las que ayer dio cuenta La Jornada -mismas que no pudieron determinar la hora exacta de la muerte, el momento en que fue movido el cadáver ni los métodos usados por el victimario para ingresar en el despacho sin dejar huella- refieren que a la 1:05 del 20 de octubre el cadáver de Digna ya estaba flácido -lo cual ocurre 24 horas posteriores a la muerte de una persona-, por lo que mínimo tuvo que fallecer la madrugada del día anterior o incluso en las últimas horas del 18.

De acuerdo con datos de la PGJDF, dos clientes de Digna la vieron con vida por última vez a las 22 horas del 18 de octubre. La abogada ya no abandonó el despacho, pues minutos u horas después fue ultimada.

Los hechos concatenados, según reflejan los tres peritajes, no dejan lugar a duda de que a Digna la asesinaron y en un lapso no determinado el agresor modificó la escena del crimen, movió el cadáver y consiguió confundir a las autoridades.

Mecánica de hechos

Los tres nuevos peritajes también establecen que momentos antes de que la ex luchadora social recibiera el primer balazo en la pierna izquierda, el homicida la golpeó en la cara.

El golpe provocó que Digna expulsara un chicle que masticaba, el cual fue localizado aplastado en el piso del despacho, pegado en la alfombra, exactamente a un lado de una mancha hemática.

El victimario logró que la abogada cayera sobre el sillón que estaba en la parte norte del despacho jurídico ubicado en la calle de Zacatecas número 31-A, colonia Roma.

Después le propinó dos golpes contusos en la pierna derecha, para inmovilizarla, y le dio un balazo de contacto en el muslo izquierdo con la vieja pistola calibre .22 de origen checoslovaco, propiedad de la abogada.

Ya herida, Digna pudo tocarse instintivamente la lesión con las manos e intentó defenderse, sin éxito. Eso se demuestra porque hubo restos de sangre en una repisa del librero ubicado en la parte norte, en el extremo opuesto a donde fue hallado el cadáver. La abogada cayó al piso, donde también se encontraron restos de su sangre.

Según uno de los tres dictámenes periciales, "el agresor procedió a arrojar a la hoy extinta hacia el piso, cerca del sillón norte, acción y efecto que motivó que con sus manos maculadas (de sangre), y al resistirse, provocó que haya transferido sangre al respaldo, asiento y codera de dicho sillón; manchando la alfombra frente a la pata derecha de ese mueble; el sangrado por la herida en el muslo izquierdo produjo que la pantaleta y la toalla sanitaria que traía puestas se macularan.

"Al estar sobre el piso transfirió sangre de su herida de la pierna a la alfombra; la sangre en la alfombra estaba combinada con polvo blanco; su caída provocó que perdiera la diadema que traía puesta."

En el piso fue arrastrada boca abajo hasta el otro extremo de la estancia, a un lado del baño, donde estaba ubicado otro sillón. "Fue desplazada de forma violenta al extremo poniente del sillón sur, lo que motivó que las puntas de los botines que traía puestos se rasparan y que además se provocaran el arrancamiento del botón de su blusa y la descocedura del saco.

"Estando hincada en ese lugar, su agresor se situó por detrás de ella y a horcajadas procedió a sujetar con su mano izquierda la cara lateral izquierda de su cuello, forzándola a colocar su hemicara derecha sobre el asiento del sillón, acción que causó las esquimosis de forma irregular que se observaron en esa parte del cuello y la equimosis rojiza en el borde medio superior de la cara anterior del pabellón auricular derecho (oreja), al ser la cara comprimida violentamente contra el asiento del sillón sur.

"El agresor sujetó el arma de fuego con su mano derecha dirigiéndola hacia el asiento del sillón sur, próxima al lugar donde tenía apoyada la cabeza Digna Ochoa, procediendo a efectuar un disparo de contacto firme sobre el asiento del sillón, motivo por el cual se produjo un orificio con características de un disparo de contacto.

"Acto seguido el agresor dirigió la boca del cañón del arma de fuego a la parte anterior de la región parietal izquierda del cráneo (donde verdaderamente observamos el orificio de entrada de la herida) y en ese momento le causó con el cañón del arma y su punto de mira la herida cortante de forma lineal de bordes irregulares en la cola de la ceja izquierda.

"A continuación el agresor apoyó firmemente la boca del cañón del arma en la parte anterior de la región parietal (no en la temporal, donde la PGJDF dijo inicialmente que había sido recibida la bala), accionándola y produciendo la herida mortal y por consiguiente la proyección de masa encefálica con sangre hacia el muro poniente, frente al baño, así como proyección y salpicadura de sangre hacia el libro titulado Los padres y los estudios de los hijos y hacia el respaldo del sillón sur.

"Respecto a la mancha de sangre por embarradura observada hacia el extremo poniente del asiento del sillón sur, al líquido hemático en la cara interna superior de la codera izquierda, del lado izquierdo del asiento y en la parte media del asiento
del propio mueble, se provocaron por maniobras de forcejeo del agresor con la hoy occisa, cuando ésta aún tenía vida.

"Al sufrir la herida mortal en el cráneo, Digna Ochoa instantánea y automáticamente perdió la conciencia, produciéndose una relajación muscular generalizada que provocó que cayera al piso en posición decúbito dorsal, quedando en posición paralela al sillón, con su extremidad cefálica al oriente y sus extremidades inferiores en flexión, por haber estado hincada al recibir el disparo en el cráneo, siendo ésta su posición original.

"La ausencia de los elementos de todo disparo de arma de fuego (plomo, bario y antimonio) en las manos de la hoy occisa, en los guantes que se le encontraron semipuestos y en las mangas de la blusa blanca que traía puesta (...) constituyen datos significativos que nos permiten determinar que Digna Ochoa el día de los hechos y en el lugar en que ocurrieron éstos no accionó dicha arma de fuego", puntualizan las conclusiones de los peritos de la coadyuvancia.

Fuente: LaJornada

 

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