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Cuba, Estado español :: 08/03/2019

¿Hacia dónde va la Revolución? Significados de la reforma constitucional cubana

Venceremos
Presentamos un análisis del proceso de consulta que devino en la aprobación de la nueva Constitución de Cuba el pasado 24 de febrero

Las polémicas en torno al matrimonio igualitario y la dirección de las reformas políticas y económicas en el contexto actual Nuestroamericano.

La elección de la fecha no fue casual. Otro 24 de febrero, pero de 1895, comenzaba la guerra de independencia contra el imperio español. En honor a la gesta independentista martiana y reafirmando los principios de autodeterminación de los pueblos y antiimperialismo, el pasado domingo 24 de febrero se desarrolló el referendo que dio una contundente aprobación a la nueva Constitución cubana. Si bien aún falta cerrar el escrutinio definitivo que ofrecerá los datos oficiales, la Comisión Electoral Nacional (CEN) informó que se contó con la participación del 85% del padrón electoral, donde pueden votar todxs lxs ciudadanxs mayores de 16 años. El SÍ se impuso por el 86,8%, mientras el NO apenas rozó el 9% y los votos blancos y nulos se expresaron en un 4,2%. Para que quede claro: casi siete millones de cubanxs votaron a favor de la reforma constitucional que viene a reemplazar a la actual –vigente desde 1976-, mientras no más de setecientos mil cubanxs votaron en contra.

Pero más allá de los números del día electoral, es preciso repasar el proceso desarrollado para arribar a la nueva Constitución que entrará en vigor en cuanto se publique en la Gaceta Oficial de la República. Este fue extenso y apuntó hacia la participación y el debate, no sin algunos límites claros que deben ser analizados. La consulta popular se extendió durante tres meses, entre el 13 de agosto y el 15 de noviembre de 2018. En ese período se produjeron 133.681 reuniones que tuvieron lugar en centros de trabajo, en escuelas, universidades y barrios y entre campesinxs.

A partir de ese proceso de consulta no vinculante, la Comisión Redactora Constitucional adoptó aproximadamente 760 modificaciones al texto del Anteproyecto de Constitución. Ya para el cierre de 2018, el 22 de diciembre la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba aprobó por unanimidad el nuevo texto que fue llevado a referendo el pasado domingo. Un dato más de este nuevo histórico 24 de febrero cubano: el presidente Díaz-Canel y otras autoridades aprovecharon las entrevistas de la jornada electoral para reiterar su apoyo al pueblo venezolano y al presidente Maduro, repudiando el intervencionismo yanqui. Actitud política bien distante de la de otros presidentes cipayos de Nuestra dolorosa América.

El primer elemento a destacar es la experiencia casi inédita a nivel mundial respecto de un Estado propiciando la participación popular en una decisión política fundamental. Salvo los procesos consultivos constituyentes de Ecuador y Bolivia en 2008 y 2009, respectivamente, e Islandia en 2010, la mayoría de las llamadas democracias recurre para el tema a las conocidas “comisiones de expertos” o al voto de comisiones de reformas en las que se repiten los acuerdos y disputas de las fuerzas burguesas.

También hay que señalar que la participación popular tuvo límites claros. Las asambleas no tenían un carácter vinculante. En ellas cada persona pudo intervenir todas las veces que quiso y sus propuestas o críticas quedaron tomadas en actas, pero no se produjo ningún tipo de votación sobre las mismas, de modo que quedara expresada la voluntad mayoritaria de las asambleas. El procedimiento consistió en que la Comisión Redactora recogió todas las actas y valoró qué propuestas eran atendibles y cuáles no. Claro que siempre hay que terminar diseñando un esquema de toma de resoluciones que implicarán algunos límites, pero en este caso hubo resoluciones bastante contradictorias que opacan el deseo de participación popular.

El ejemplo más claro fue la aceptación de la Comisión, ante las 500 propuestas de las asambleas, de reintroducir el concepto “comunismo” que no figuraba en el Anteproyecto. Por 54 propuestas se reincorporó la mención al “internacionalismo proletario” y por 34 propuestas se agregó la afirmación “Cuba no volverá jamás al capitalismo”. No obstante, en una clara definición política, la Comisión se negó a la aceptación de la elección directa del presidente –manteniendo el actual mecanismo de elección indirecta a través de la Asamblea Nacional del Poder Popular (art. 126)- a pesar de que el tema había emergido en 11.000 propuestas de las asambleas.

Matrimonio igualitario: el centro de una disputa ideológica

Uno de los artículos que produjo mayor nivel de polémica y que hizo emerger deudas que la Revolución Cubana todavía sostiene, es el que habilita la posibilidad del matrimonio entre personas del mismo sexo. El Anteproyecto que se presentó al debate popular eliminaba el actual art. 360 que define al matrimonio como la unión de un hombre y una mujer. En su lugar proponía el art. 68 que ponía fin a aquella visión binaria y patriarcal al definir al matrimonio simplemente como la unión entre dos personas (sin distinción de sexo-género).

La fundamental relevancia política de esta reforma no pasa tanto por la noción de matrimonio en sí. Incluso, respecto de aquello sucede algo similar a lo que pasó en Argentina: no necesariamente el matrimonio es un reclamo principal de las disidencias. No obstante, la Revolución Cubana tiene una deuda fundamental y dolorosa con las disidencias. No sólo no les dio el lugar que les corresponde por ser personas con derechos, sino que a lo largo de su historia diseñó dispositivos discriminadores y opresivos, desde los discursos de dirigentes revolucionarios –incluido Fidel- que anunciaban que un homosexual no puede ser revolucionario, pasando por las horrorosas UMAP (Unidades Militares de Ayuda a la Producción) que funcionaron entre 1965 y 1968 como lugares que con trabajo estricto “rehabilitarían” a homosexuales, hasta llegar a la prohibición de que las personas homosexuales ocuparan trabajos vinculados a la educación (ley anulada a mediados de los años ’70) y la penalización de relaciones entre personas del mismo sexo (cuya despenalización recién se produjo en 1979). Como se verá, la deuda no es leve y demanda una transformación radical de un proyecto político que lucha contra todas las opresiones junto con el resarcimiento digno para personas que han sufrido con creces la discriminación estatal, tanto en su vida laboral y política como en sus relaciones personales.

Como siempre, el lobby de las iglesias católicas y evangélicas se puso a la orden del día para restringir otro derecho más. Pero esa avanzada derechista y anti derechos que ya conocemos tiene lugar en una sociedad cuyo sentido común, en ese aspecto, empalma con lo más conservador. Finalmente, el texto definitivo de la Constitución no incluye el art. 68. Pero tampoco sostiene el viejo 360 que hablaba de hombres y mujeres. En su lugar, se aprobó el art. 82 que contiene un lenguaje un poco vago, pero sólo habla de cónyuges (sin mención al sexo-género), mientras el debate específico de cómo se define al matrimonio se pospuso por dos años cuando se apruebe el nuevo Código de Familia.

Mariela Castro Espín, directora del CENESEX (Centro Nacional de Educación Sexual) y una batalladora histórica por los derechos de las mujeres y las disidencias, defendió la posición de que el hecho de que no pasara el art. 68 no debe ser tomado como un paso atrás. En su alocución en la Asamblea Nacional señaló: “No quepan dudas de que el artículo 82 destierra, en sede constitucional, toda alusión o apoyatura binaria en cuanto al género y la heteronormatividad que caracteriza la regulación que sobre el matrimonio existe en el texto que hoy intentamos reformar”.

Si bien entendemos que la reforma lograda significa un avance respecto de lo que había, sostenemos la misma posición que hemos tenido en Argentina tanto para el derecho al aborto como para los derechos de las disidencias: LOS DERECHOS NO SE PLEBISCITAN. Una Revolución que en brevísimo tiempo dio vuelta no sólo un sistema económico rapaz y dependiente, sino principalmente las relaciones humanas y los valores de la sociedad nueva, no puede poner a plebiscito los derechos de las personas. En ese sentido, nos identificamos con la intervención del diputado Luis Ángel Adán Roble que en sesión de la Asamblea Nacional advirtió: “Estamos poniendo derechos de personas y de grupos más vulnerables en una posición un poco crítica a la hora de llevarlos a un referendo popular”.

La dirección de las reformas

La nueva constitución cubana modifica 113 artículos de la anterior, incorpora 87 y elimina 11. Las reformas constitucionales se inscriben en el proceso de reformas políticas y económicas que se vienen adoptando en Cuba desde el Período Especial en los ´90, tras el derrumbe de la Unión Soviética, y que se profundizaron desde 2011 cuando el VI Congreso del Partido Comunista de Cuba aprobó los “Lineamientos de la política económica y social del Partido y la Revolución” que se guiaron por la noción de “actualización del modelo económico para construir un socialismo próspero y sustentable”.

Entre los aspectos políticos, parece haber una tendencia hacia la centralización, que si bien no deja de lado la tradición colegiada, otorga mayor peso al ejecutivo. La actual figura de “Presidente del Consejo de Estado y de Ministros” es reemplazada por la de “Presidente de la República” como Jefe de Estado (art. 125), que además será quien proponga los gobernadores y vicegobernadores a las asambleas municipales (art. 128, inc. g y art. 175). Pero simultáneamente, se establece en el texto constitucional que el presidente sólo puede ser electo por dos períodos consecutivos (art. 126) y entre los requisitos para presentarse se incorpora que no podrá tener más de 60 años (art. 127). En este caso se trata de una medida que apunta al vital recambio generacional con el que la Revolución tenía su deuda. También crea el cargo de Primer Ministro como Jefe del Gobierno de la República.

En cuanto a lo económico, dos artículos constituyen el aspecto central a prestar atención en tanto dan rango constitucional a una dinámica que igual ya se venía desarrollando desde hace años. Por un lado, la introducción de la propiedad privada entre los tipos de propiedades de los medios de producción por personas que pueden ser cubanas o extranjeras (art. 22, inc. d). Por otro, la promoción estatal de la inversión extranjera (art. 28).

Aquí cabe recordar medidas que han sido analizadas en artículos anteriores, como la creación de la zona de libre comercio en el Puerto de Mariel y la sanción de la ley de incentivo a las inversiones extranjeras. Pero también se puede observar esa tendencia en medidas mucho más recientes. Por ejemplo, en diciembre pasado, de manera conjunta, los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social, Economía y Planificación, y de Finanzas y Precios anunciaron modificaciones para el ejercicio del trabajo por cuenta propia. El cuentapropismo se legalizó en los ´90 como una forma de dar aire a la economía, ya que la empresa estatal no estaba pudiendo garantizar el trabajo. Ahora se eliminó el límite de 50 capacidades para los conocidos “paladares” (restaurantes o bares en casas particulares), con lo que se abre camino a negocios de mayores dimensiones. También se habilita el desarrollo de más de una actividad por cuenta propia en un mismo domicilio. A las 123 actividades autorizadas hasta el momento para el trabajo por cuenta propia ahora se agregan seis más, todas vinculadas al mundo del mercado del arte. Además, autorizan a las personas jurídicas, cubanas o extranjeras, a contratar productos y servicios de gestión no estatal. Otra normativa habilita a las personas a vender los “sobrecumplimientos” (lo que se produce por encima del objetivo estatal trazado) a productores privados. Se autoriza a los gestores inmobiliarios a contratar hasta dos personas.

Según estadísticas cubanas, el cuentapropismo representa el 13% de la población económicamente activa de la isla. Pero se trata de una actividad que se cuadruplicó desde el último registro de la misma en 2010. Lo que muestra una tendencia creciente.

En defensa de la Revolución y el pueblo cubano

A diferencia de los partidos trotskistas que analizan el actual proceso cubano con el corset de un esquema que sostienen desde hace años y que no se condice con la realidad (según el cual la dirigencia cubana es una burocracia stalinista que busca sostener sus privilegios y dar paso a un capitalismo de Estado, impidiendo cualquier tipo de organización y participación popular), desde Venceremos sostenemos una posición de defensa de la Revolución y de comprensión del momento histórico por el que atraviesa. Es cierto que desde hace varios años, a ritmo lento, se vienen adoptando medidas que significan restauración de relaciones capitalistas en la isla. Pero estas obedecen a los límites que impone la realidad, donde la Revolución no triunfó en el resto de Nuestra América, donde Cuba quedó en una situación de casi total aislamiento político y económico (ampliamente profundizado con el derrumbe de la URSS) y resistiendo heroicamente durante más de 60 años los embates del imperialismo yanqui que no ahorró creatividad en su crueldad, desde el bloqueo genocida, la invasión a Playa Girón, los atentados contra Fidel y contra la población cubana, los secuestros de aviones, el incentivo de la inmigración ilegal, etc. No es una novedad para quienes somos marxistas la imposibilidad del sostenimiento de socialismo en un solo país. En ese sentido, podríamos decir que Cuba, la hereje, hasta en eso pudo llevar el horizonte de lo posible un poquito más allá.

Lo dicho también encuentra su eco en la Constitución Cubana que sostiene principios y regulaciones que en los países capitalistas son impensables. Por ejemplo, el Cap. II reconoce al trabajo, al descanso, la vivienda, la educación y salud pública, la asistencia social para las personas sin recursos, el agua, la alimentación sana y adecuada y la participación en la vida cultural y artística como derechos de todas las personas. Lejos de cualquier perspectiva meritocrática, competitiva y excluyente. Destaca los principios antiimperialistas e internacionalistas, promueve la unidad de los países del Tercer Mundo y condena explícitamente “el imperialismo, el fascismo, el colonialismo, el neocolonialismo u otras formas de sometimiento”. También se ocupa del medio ambiente, promoviendo su protección y comprometiéndose en la lucha contra el cambio climático (art. 16). Establece que la propiedad socialista de tierras, subsuelo, yacimientos minerales, bosques, aguas, playas, vías de comunicación y recursos naturales son inalienables, imprescriptibles e inembargables (art. 23).

Desde Venceremos, todo nuestro apoyo y solidaridad con la Revolución Cubana. No ahorraremos la mirada crítica que corresponde a revolucionarixs, pero siempre desde el reconocimiento de que Cuba ha sido vanguardia y faro, ícono de la resistencia, incluso en estos tiempos donde la derecha avanza por Nuestra América.

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