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Bolivia :: 02/10/2020

Proscribir la personería jurídica del MAS es vulnerar derechos políticos de la mayoría

Romina Guadalupe Pérez Ramos
Como parte de la estrategia post-golpe de Estado, el régimen de facto junto a sus aliados políticos buscan inhabilitar a su candidato presidencial Luis Arce

Con este objetivo han interpuesto ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), y ante los tribunales competentes de justicia varias demandas, e iniciado procesos penales que ya fueron recepcionados por la fiscalía.

La decisión política de inhabilitar la personería jurídica del MAS-IPSP, es parte de una estrategia que tiene el objetivo de eliminar del sistema político formal al instrumento político de los pueblos indígenas originarios y campesinos, en torno al cual también se articularon intelectuales y profesionales de las capas medias urbanas, sectores sociales progresistas e interculturales de la sociedad identificados con un proyecto político y programa alternativo al de las elites políticas que gobernaron el país antes del ano 20061.

Con la implementación de esta estrategia, se vulneraria los derechos políticos de las mayorías nacionales que tienen no solo una identificación con el proyecto político y programa del MAS-IPSP, sino se encuentran articulados orgánicamente a través de sus organizaciones sociales en torno a esta organización política, denominada por eso mismo, "Instrumento Político por la Soberanía de los Pueblos" (IPSP). Esto también explica por qué la mayoría de los candidatos a diputados uninominales de MAS-IPSP, y también parte de los plurinominales, son nominados por las organizaciones sociales a través de la democracia directa, participativa y comunitaria, que es la democracia interna que se ejerce en el MAS- IPSP, la misma que complementa y fortalece a la democracia representativa. En este sentido, la representación política del MAS-IPSP tiene una amplia base social, que contrasta con la de los candidatos del bloque político opositor que son nominados "a dedo" y que la jerga política denomina "dedocracia".

Entonces, si se pretende eliminar del juego electoral al MAS-IPSP se atenta contra la democracia, y el sistema político de partidos quedaría reducido a una gama de organizaciones políticas de centro derecha hasta la extrema de derecha, que no representan a la mayoría nacional que es diversa y pluricultural en Bolivia, y los derechos políticos conquistados y establecidos en la CPE serían vulnerados.

El artículo 26, parágrafo I de la CPE, señala: "Todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva (...). Interpretando este mandato, se puede afirmar que al anular la personería del MAS-IPSP, no todos los ciudadanos podrían ejercer los derechos políticos en esta contienda electoral, ya que el 40% de los ciudadanos que -según las encuestas- se sienten representados por esta organización

política, se quedarían sin representación, y su derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político estaría totalmente vulnerado porque en el juego electoral solo quedaran las opciones del bloque político opositor al MAS-IPSP. Es mas, los sectores sociales al no sentirse representados por las elites políticas conservadoras del anterior ciclo político neoliberal (1985-2005) optaron por organizar su propio instrumento político el MAS-IPSP, para ejercer su derecho al voto y cumplir con los mandatos constitucionales establecidos en el parágrafo II, del Art 26 de la CPE, que señala: "el derecho a la participación comprende: 1. La organización con fines de participación política, conforme a la Constitución. 2. El sufragio, mediante voto igual, universal, directo, individual, secreto, libre y obligatorio, escrutado públicamente". El ejercicio de los derechos políticos, y el hecho de contar con su propio instrumento político, permitió a los sectores sociales mayoritarios que eran marginados, visibilizados, discriminados llegar a ser gobierno estar incluirlos en el ejercicio del Poder del Estado por 14 años consecutivos a la cabeza de Evo Morales Ayma.

Ahora bien, es importante mencionar que el bloque político opositor al MAS-IPSP, después del golpe nunca tuvo la voluntad política de generar un proceso electoral libre transparente y democrático, para disputarse en este ámbito el poder del Estado. Es más, la estrategia post golpe fue prorrogar al gobierno de la estólida autoproclamada Jeanine Añez, postergar las elecciones y aniquilar al MAS-IPSP por todas las vías posibles; una de estas vías es la de eliminarlo como contendiente en el juego electoral. Por eso, desde noviembre de 2019 los golpistas apenas se hicieron cargo del gobierno tomaron la decisión política de proscribirlo junto a sus candidatos. Esta decisión se ha ido materializando introduciendo demandas a los tribunales competentes para inhabilitar al MAS-IPSP que por orden cronológico, y por sus causales son las siguientes:

1. Inhabilitar la personería jurídica del MAS-IPSP por instruir el fraude electoral de octubre 2019 y por haber participado en un golpe de Estado institucional.

En fecha 15 de noviembre de 2019, la estólida autoproclamada Presidenta del Estado Jeanine Añez, en una entrevista con la BBC de Londres, declaró: "Si se prueba el delito electoral tiene que tener su sanción y una de ellas es que el partido de Evo Morales pierda su personería jurídica"2. Seguidamente a esta declaración el colectivo "Generación 21" presenta un recurso al TSE solicitando la cancelación de la personería jurídica del MAS-IPSP debido a que "El gobierno de Evo Morales, el 20 de octubre, al instruir al TSE que cometa fraude electoral ha cometido un autogolpe de Estado, un golpe de Estado institucional, por ende tenemos todas las bases legales para demandar al MAS para que se cancele la personalidad jurídica del mismo"3.

Esta demanda carece de sentido y fundamentación, y muestra el desconocimiento de las normas por parte de los demandantes; ya que en la legislación boliviana, y menos en la Ley 1096 que es la que rige para las organizaciones políticas, existen causales para inhabilitar a los partidos políticos por fraude electoral. Lo que inhabilita a una organización política, - de acuerdo a la Ley antes mencionada- es la "Comprobada participación institucional en golpes de Estado, sediciones y acciones de separatismo"4. En este sentido los que debían perder su personería jurídica son los que organizaron, prepararon y ejecutaron el golpe de Estado y que estaban presentes en el juego electoral en octubre de 2019, entre estos Comunidad Ciudadana, y Bolivia Dijo NO (21F) que se recicló junto a otros como el MNR -por su baja votación- en nuevas alianzas para las elecciones del 2020.

En esta demanda, se puede observar que la oposición acusa al MAS-IPSP de cometer actos que ellos cometieron, es decir el fraude electoral y el golpe de Estado. Asimismo hay que insistir, que el MAS-IPSP no cometió fraude electoral como se constata en varios de los análisis y publicaciones de instituciones y organismos internacionales que contradicen el informe de la OEA. Mas al contrario, intelectuales como Mark Weisbrot5 y politólogos como Jorge Richter6 entre otros, denuncian que fue la OEA, junto con los lideres políticos y sociales de oposición al MAS- IPSP los que planificaron la estrategia del fraude electoral, para anular las elecciones del 2019 donde Evo Morales gano la elección con mas del 10% de votos sobre el segundo.

2. Inhabilitar la personería jurídica del MAS-IPSP por Sedición.

El 15 de enero del 2020, el ministro de Justicia, Álvaro Coímbra, anuncio que junto al "Ministerio de Gobierno vamos a iniciar las acciones penales en contra de Evo Morales por sedición y terrorismo" y en aplicación al artículo 58 de la Ley 1096, se cancelará la personalidad de los partidos políticos ante "comprobada participación institucional en golpes de Estado, sediciones y acciones de separatismo"[7]. A esta acción penal se la denomino "Caso Audio", que es resultado del contexto en que el pueblo se encontraba movilizado resistiendo al golpe de Estado, y ejerciendo presión para que la ALP sesione para tratar las renuncias de Evo Morales Ayma y Álvaro García Linera en un momento donde la represión policial no permitía el ingreso de los Asambleísta al recinto del Órgano Legislativo.

El "Caso Audio" como acción penal por "sedición y terrorismo", es inconstitucional porque de acuerdo a las normas, a un Presidente de Estado constitucional se lo procesa con un "Juicio de Responsabilidades"[8] y no con una acción penal. Tampoco este caso tiene sustento legal porque la Fiscalía pretendió imputar al ex mandatario por una supuesta conversación que mantuvo con el dirigente cocalero Faustino Yucra para resistir al golpe de Estado, utilizando prácticas propias de los pueblos indígenas originarios y campesinos, como la de cercar a la ciudad de La Paz para que no ingresen alimentos. Las pruebas de este "caso audio" fueron alteradas o "montadas" por instrucciones del Ministro de Gobierno Arturo Murillo, quien informaba que "las pericias, las declaraciones y recojo de pruebas que hizo el Ministerio Público, muestran que existen indicios de la comisión de ese grave delito". En esta imputación, ni siquiera se notificó a Evo Morales cometiendo irregularidades de procedimiento que establecen el "debido proceso".

En fecha 11 de agosto, y en pleno contexto de las movilizaciones que se desataron en el país a raíz de la decisión unilateral del TSE se suspender nuevamente las elecciones planificadas para el 6 de septiembre, el gobierno -a través de los dos ministros antes mencionados- interpuso otra denuncia, la misma que fue presentada ante la Fiscalía de La Paz contra el expresidente Evo Morales Ayma, y los candidatos a Presidente y Vicepresidente del MAS-IPSP, Luis Arce Catacora y David Choquehuanca, y el candidato a senador por Cochabamba Andrónico Rodríguez En la denuncia también figuran dirigentes sindicales del MAS-IPSP, Leonardo Loza de la Federación del Trópico; Juan Carlos Huarachi secretario ejecutivo de la Central Obrera Boliviana (COB).

El Ministro de Justicia Álvaro Coímbra, los responsabilizo de las movilizaciones y los bloqueos que se efectuaban en todo el país que ocasionaron "al menos una treintena de muertes por coronavirus de pacientes que no habrían recibido oxígeno y otros insumos médicos por los bloqueos", y se los acuso "por delitos de genocidio, terrorismo, sedición, delitos contra la salud, medio ambiente, los servicios básicos, destrucción de lugares públicos e instigación pública a delinquir"[9]. Nuevamente acá, la acusación de "sedición" solo tiene el fin de anular la personería jurídica del MAS-IPSP e inhabilitar a sus candidatos.

Esta acción penal contra Evo Morales, tres candidatos y dos dirigentes, tampoco tiene fundamento, pues la protesta popular fue convocada por la COB junto a sus organizaciones matrices y fue legitima y legal, debido a que se sale a las calles para defender el cumplimiento de las normas y la CPE, porque el TSE pasaba por alto la Declaración Constitucional Plurinacional 0001/2020 (15-01-2020), y todas las normas que a partir de enero se promulgaron para que se realicen las elecciones del 2020, -caracterizadas estas como excepcionales y de no periodo fijo-, en los marcos que establece la CPE[10]-. En la elaboración de estas normas la ALP y el TSE coordinaron para aprobarlas y llevar adelante un proceso electoral de forma legal. Sin embargo, el TSE las suspendía de forma unilateral echando por la borda todo el proceso de coordinación anterior con la ALP cometiendo una acción ilegal e inconstitucional. Es decir, fue la protesta popular la que permitió retornar a la institucionalidad del proceso electoral, y no el gobierno ni el TSE. Acá nuevamente se ve que son los actores opuestos al MAS-IPS, el gobierno y sus aliados políticos e institucionales los que incumplen las normas.

Asimismo, la acción penal del gobierno también viola el fuero sindical porque el derecho a la huelga está establecido en el artículo 53 de la CPE; y la protesta popular como las movilizaciones y otras expresiones de defensa de derechos son parte de la labor sindical, como lo establece el Art. 51 de la CPE "Las dirigentes y los dirigentes sindicales gozan de fuero sindical no (...) se les someterá a persecución ni privación de libertad por actos realizados en el cumplimiento de su labor sindical." Consiguientemente, es el gobierno golpista el que desacata la CPE porque persigue a los dirigentes sindicales, -haya o no movilizaciones-, utilizando la justicia y a los aparatos represivos del Estado a su antojo para encarcelar perseguir y reprimir a los dirigentes sindicales, ya que dispuso la salida de la institución policial para hacer frente a las movilizaciones, junto a los grupos paramilitares como la "Resistencia Juvenil Cochala" organizados por el Ministro Arturo Murillo y la Juventud Cruceñista que es la fuerza de choque del Comité Cívico pro Santa Cruz al mando Luis Fernando Camacho, candidato a Presidente por "Creemos".

3. Inhabilitar la personería jurídica del MAS-IPSP por la difusión de una encuesta de intención de voto.

El 17 de julio, la senadora Carmen Eva Gonzales, de Unidad Demócrata, presentó una denuncia contra el MAS ante el TSE para que se cancele su personería jurídica, porque el candidato a presidente, Luis Arce Catacora difundió el resultado de una encuesta que vulnera -según ella- las disposiciones de la Ley 026. La senadora interpelo a Salvador Romero, presidente del TSE para que tome decisiones al respecto, o será "sometido a un juicio de responsabilidades en la vía penal por incumplimiento de deberes"[11]. En la misma línea, en fecha 20 de Julio, otros actores como "Juntos" de Jeanine Añez; "Creemos" de Luis Fernando Camacho ; y "Libre 21" de Jorge Tuto Quiroga, también presentaron al TSE, demandas contra el candidato presidencial del MAS-IPSP, Luis Arce Catacora por el presunto "delito electoral de difusión de encuestas" [12], en cumplimiento de la Ley 026 del Régimen Electoral que en su artículo 135, parágrafo I, señala: empresas, instituciones, entidades publica o privadas o "cualquier persona, seraán sancionadas, en el marco de las faltas y delitos electorales, cuando difundan resultados de encuestas preelectorales". El artículo 136, parágrafo III, señala: "Las organizaciones políticas que difundan resultados de estudios de opinión en materia electoral, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica".

Para "Creemos" la sanción para el MAS-IPSP por esta falta es "la cancelación inmediata de la personalidad jurídica"; y al igual que la senadora Carmen Eva Gonzales, interpelaron al TSE, para hacerle conocer que si no se inhabilita al MAS, "incurrirán en faltas graves", y "pueden ser objeto de responsabilidad disciplinaria, administrativa" y "de la responsabilidad penal por los delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes"[13].

Hasta el 10 de septiembre, la senadora Carmen Eva Gonzáles, presento un memorial de "acción de cumplimiento" ante el Tribunal Departamental de Justicia (TDJ), en contra del TSE, para que procedan a la inhabilitación del candidato del MAS-IPSP, y cancelación de la personería jurídica[14]. La Sala Constitucional Segunda del Tribunal de Justicia de La Paz admitió la mencionada acción de cumplimiento y fijó audiencia para el 5 de octubre, donde se conocerá el fallo a favor o en contra de la denunciante.

Esta demanda como las otras, no se corresponden con la realidad, no tienen bases legales solidas ni fundamentos jurídicos, porque Luis Arce Catacora, no difundió ninguna encuesta, tan solo respondió a una entrevista con los datos que presento el entrevistador Enrique Salazar. Tampoco en esa fecha se había reiniciado el calendario electoral para aplicar el cumplimiento de las normas.

Consiguientemente las denuncias que están siendo procesadas son más bien decisiones políticas que tienen el objetivo de anular la personería jurídica, y por esta vía inhabilitar a todos los candidatos del MAS-IPSP para las elecciones nacionales: Presidente, Vicepresidente, Senadores y Diputados a tan solo tres semanas de las elecciones. Por eso, el gobierno de facto y sus aliados políticos, así como sus operadores, buscan que los fallos se resuelvan y se determinen antes del acto electoral, para evitar que el MAS-IPSP vuelva a ser gobierno una vez que las encuestas lo favorecen -desde julio a la fecha[15]- en desmedro de sus contendientes que tienen pocas probabilidades de ganar en la primera vuelta. Si estas demandas son rechazadas por los tribunales porque sus causales no tienen fundamento jurídico, y consiguientemente no se logra sacar del juego electoral al MAS-IPSP, varias voces del bloque político opositor ya han apostado por otras rutas.

Una es la convocatoria a declinar candidaturas, y/o convocando a la ciudadanía a emitir un "voto útil" al que llaman "voto inteligente" en los marcos de su marketing político. Otra, es el mecanismo de depuración, TSE ha depurado 51.000 bolivianos del padrón electoral en el exterior, sobre todo en aquellos países donde el MAS-IPSP tiene preferencia electoral, pero también a nivel nacional, hay varias denuncias del ciudadano de a pie que se encuentra depurado sin motivo alguno, y si el ciudadano no está depurado, encuentran otras vías para evitar que el voto se emita, como por ejemplo, la autora de este artículo, está habilitada en el padrón electoral para votar en Rusia, país que no he visitado en los últimos 35 anos.

Para concluir, si las demandas no tienen fundamento, también es posible sospechar que se busca desestabilizar el proceso electoral, generando incertidumbres para provocar nuevamente la violencia; en pleno desacato a esta línea, el expresidente Evo Morales que es el Jefe nacional de campana del MAS-IPSP y ejerce el cargo desde el exilio, se pronunció afirmando que "no existen argumentos legales ni jurídicos para proscribir al MAS"; por eso, pidió evitar "provocaciones que buscan crear convulsión y suspender las elecciones". Esta alerta del ex presidente, se fundamenta porque circulan varias voces en el ámbito político e ideológico boliviano que como último recurso el bloque político opuesto al MAS-IPSP ha incluido en su estrategia hasta un autogolpe a su estólida Presidenta; y para ello, todavía cuentas con los factores de poder Policía y Fuerzas Armadas, el asesoramiento internacional de EE.UU e Israel para desatar la inestabilidad política en pleno acto electoral, y recurrir a provocaciones para generar nuevamente a la violencia con los grupos paramilitares y mercenarios que organizaron para derrocar al Ex presidente Evo Morales, y que tienen su epicentro en la ciudad Santa Cruz y Cochabamba. A estos no les importaría llevar adelante nuevas masacres, solo que esta vez podrían superar a las masacres de Sacaba y Senkata.

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Notas

[1] Los programas de gobierno de los partidos se encuentran en la pagina web del Órgano Electoral Plurinacional. En: https://www.oep.org.bo/elecciones-generales-2020/

[2] Cf. https://konzapata.com/noticia/72638/museo-elektoral/el-partido-de-evo-morales-puede-ser-inhabilitado.html

[3] Cf. https://www.paginasiete.bo/nacional/2019/12/10/piden-la-anulacion-de-la-personeria-juridica-del-mas-por-instruir-fraude-electoral-240008.html

[4] Ley 1096, Parágrafo I, Art. 58. Cf. https://www.lexivox.org/norms/BO-L-N1096.html

[5] "Lo que la OEA le hizo a Bolivia" En: https://cepr.net/lo-que-la-oea-le-hizo-a-bolivia/?fbclid=IwAR3HHx538lGubenvPL9zm8RveZCGzyA0wQ3oiQeNoTmjsizqjvdcA0psPJw

[6] "Fraude Electoral inventado por la OEA". En: https://www.facebook.com/jorgerichterpolitologo/videos/2435590853401360

[7] Cf. https://www.paginasiete.bo/nacional/2020/1/15/expertos-sedicion-es-causal-para-inhabilitar-un-partido-243477.html

[8] Artículos 161, numeral 7, y 184, numeral 4 de la CPE. Ley 044 (8-10-2010) y Ley 612 (4-12-2014).

[9] https://www.pagina12.com.ar/284250-evo-morales-recibio-una-nueva-denuncia-en-medio-de-una-boliv

[10] Para la revisión de estas normas remito a mi articulo "CRISIS POLÍTICA Y EL PROCESO ELECTORAL EN BOLIVIA" escrito en 17 de agosto y publicado en la pagina web de Hispan TV los días 20-25 de agosto 2020.

[11] Cf.https://correodelsur.com/seguridad/20200717_senadora-presentara-denuncia-contra-el-mas-ante-el-tribunal-supremo-electoral.html

[12] Cf. https://www.paginasiete.bo/nacional/2020/7/20/tres-frentes-presentan-denuncias-contra-el-mas-arce-ante-el-tse-261882.html

[13] Cf. https://www.nodal.am/2020/07/elecciones-en-bolivia-uno-de-los-promotores-del-golpe-de-estado-pide-la-inhabilitacion-del-mas/

[14] https://www.periodicobolivia.com.bo/senadora-carmen-eva-gonzales-denuncio-a-vocales-del-tse-por-no-inhabiltar-al-mas-ipsp/

[15] La ultima encuesta elaborada por Jubileo y realizada en Septiembre otorga al MAS-IPSP 40,3%, a CC 26.2%, a Creemos 14,4 y a Juntos 10,6%. https://tuvotocuenta.org.bo La encuesta realizada por el Centro Estratégico Latinoamericano de geopolítica (CELAG) divulgada en Julio proyectó una victoria en primera vuelta al MAS-IPSP con el 41,9% de intención de voto, le sigue CC con 26,8 %, y en tercer lugar JUNTOS, con 13,3%. En: https://www.elpais.cr/2020/07/07/encuesta-proyecta-victoria-en-primera-vuelta-de-candidato-del-mas-en-bolivia/ . La otra encuesta publicada en marzo proyecto para el MAS-IPSP el 36%, para CC el 20%, para JUNTOS 20%. En: https://www.prensa-latina.cu/index.php?o=rn&id=349605&SEO=analisis-de-encuestas-proyecta-nuevo-triunfo-del-mas-en-bolivia

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