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Asturies :: 27/01/2021

El Constitucional rechaza amparar al fundador de IU por torturas en el franquismo

Público
Los magistrados han señalado en su auto la inexistencia de la vulneración denunciada después de que presentara tres querellas contra el 'Billy el Niño' de Asturias.

Los magistrados han señalado en su auto la inexistencia de la vulneración denunciada después de que en 2018 Gerardo Iglesias presentara junto a otras dos víctimas tres querellas contra Pascual Honrado, el 'Billy el Niño' de Asturias.

 El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado amparar al exsecretario general del PCE y fundador de Izquierda Unida (IU), Gerardo Iglesias, por las torturas policiales que asegura que sufrió durante la dictadura franquista.

Fuentes jurídicas han informado de que el Pleno ha inadmitido a trámite el recurso de amparo de Iglesias con ocho votos en contra y tres a favor, de los magistrados Juan Antonio Xiol, Encarnación Roca y la ponente María Luisa Balaguer, que defendía su admisión a trámite.

Gerardo Iglesias, junto al histórico militante comunista asturiano Vicente Gutiérrez Solís y el represaliado del franquismo Faustino Sánchez García, Fausto, presentaron tres querellas en mayo de 2018 contra Honrado de la Fuente, miembro de la policía política del franquismo, por un delito de lesa humanidad y otro de torturas.

El Juzgado de Instrucción número 4 de Oviedo rechazó su admisión a tramite, una decisión que ratificó la Audiencia Provincial, por lo que el fundador de IU acudió en amparo al Constitucional.

Y ahora el tribunal de garantías ha avalado la decisión de los jueces asturianos al no admitir tampoco su recurso porque no se aprecia lesión del derecho constitucional invocado en el amparo, que era el derecho a la tutela judicial efectiva.

Dicen los magistrados que las resoluciones impugnadas se fundamentan motivada y razonablemente en que los hechos son de hace 50 años, y la querella se interpuso por un delito de lesa humanidad que no se tipificó en el Código Penal hasta 2003 y, además, no se puede aplicar retroactivamente porque lo prohíbe la Constitución.

Incluso calificándolos como delitos comunes estarían prescritos porque el plazo máximo de prescripción es de 20 años y ha pasado más del doble y, aunque se prescindiera de dicha prescripción, se aplicaría la amnistía del 1977, por lo que la responsabilidad penal está extinguida de cualquier manera.

Iglesias ya advirtió de que en el supuesto de que la resolución del Constitucional fuera desfavorable, acudiría a otras instancias como el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el Comité contra la Tortura o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

En la presentación de la querella, el fundador de IU, que calificó a su "verdugo" Pascual Honrado como un "auténtico bestia", sostuvo que España necesita "verdad, justicia y reparación de lo que significó la dictadura franquista", y que "no se trata tanto de juzgar y condenar a personas concretas" sino de "construir un relato sobre qué fue aquello" a partir de un juicio. 

https://www.publico.es/politica/torturas-franquismo-constitucional-rechaza-amparar-al-fundador-iu-torturas-franquismo.html?utm_source=twitter&utm_medium=social&utm_campaign=memoriapublica

 

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