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Estado español :: 30/04/2026

La mano invisible y el apagón eléctrico de 2025

Albino Prada
El actual sistema marginalista en un "mercado" oligopólico genera efectos catastróficos para la sociedad y los consumidores

El día 28 de este mes de abril se cumplió un año del gran apagón eléctrico que paralizó España. Casi coincidiendo con este aniversario la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) hizo públicos un conjunto de expedientes sancionadores a empresas del oligopolio (Naturgy, Iberdrola, Endesa, Repsol, ...) así como al regulador del sistema (Red Eléctrica Española, Redeia-REE).

Aún no es posible conocer en detalle dichos expedientes pero todo apunta a que las empresas por activa (desconectando tecnologías renovables) o por pasiva (no aportando otras de respaldo como el gas) y con la anuencia de REE (80% de capital no público) configuraron las condiciones para que el apagón se produjese.

Una combinación que pone una vez más de manifiesto que con la electricidad es una ficción pretender crear un mercado competitivo real, que el sistema marginalista de fijación de precios (subasta diaria previa y entrada en tiempo real para equilibrar el sistema) es una bomba especulativa explosiva y que REE (como le sucede al Banco de España con la AEB) está capturada por aquellos que se supone debe regular.

Tiempo habrá de analizar las otras piezas de esta mano invisible cuando se conozcan dichos expedientes pero ya de entrada es muy clarificador analizar los precedentes sobre las maniobras empresariales con la energía de respaldo que son los ciclos combinados de gas para estabilizar y dar seguridad al sistema. Ya hace un año analicé aquí que el día del apagón estos ciclos portaban solo el 3 % del mix eléctrico, cuando la media anual era del 14 % ... y en la actualidad durante lo que llevamos de este mes de abril se ha situado en el 10 % al 20 %. Pareciera que se ha tomado nota de la "lección" del apagón.

Lo digo porque ya hubo situaciones anteriores en las que las empresas generadoras con gas natural dejaron claras sus maniobras en relación a los precios marginalistas que Redeia-REE establecía en la subasta diaria previa, en relación a los que podrían obtenerse al día siguiente de hacerse necesaria la entrada de los ciclos combinados para estabilizar el sistema. Citaré aquí dos ejemplos relacionados con la empresa Naturgy primero en Cataluña y luego en Galicia.

Se trata de expedientes de la CNMC que dieron lugar a sanciones e incluso a fallos de la Audiencia Nacional tras recursos de la empresa. Aunque lo de menos sean las sanciones (ya que es más que probable que en otras ocasiones no hayan sido denunciadas o conocidas estas prácticas). Siendo lo más importante observar un comportamiento de no entrar en el mercado en la subasta de hoy manifiestando que no le es rentable (aún siéndolo) ... porque se espera y "confía" en ser reclamado al día siguiente (a un precio superior). Una estrategia de entrada en "el mercado" que explicaría que el día 28 de abril del pasado año los ciclos estuviesen casi ausentes sin que Redeia-REE pudiese evitar que así fuese.

Veamos más en concreto estos dos precedentes. El primero se concreta finalmente en una Resolución de la Audiencia Nacional (14/3/2024) sobre el expediente CNMC (14/5/2019), en relación a hechos relativos a los años 2016 y 2017 en Cataluña y otras regiones (expediente semejante a los actuales 031/26 y 032/26 sobre Naturgy ciclos combinados). Lo que sigue son citas de la Resolución final de la Audiencia Nacional:

"Como resultado de la conducta de Naturgy Generación, sus centrales fueron requeridas por el operador del sistema en el proceso de resolución de restricciones técnicas[1] en una serie de días en los que podrían haber resultado despachadas en el mercado diario. De dicho comportamiento, la empresa ha obtenido un beneficio mínimo de 13.006.934 euros ... Por lo tanto, ha quedado establecido que la oferta de precios realizada por la recurrente era anormalmente alta, y trajo como consecuencia la aplicación del sistema de restricciones, que supuso un incremento del precio en favor de la recurrente... la conducta se califica de dolosa, y ocasiona un claro perjuicio al mercado al suponer el incremento del precio del mercado diario... En el presente caso concurren las circunstancias de la forma de participación en la infracción, la manifiesta intencionalidad en su comisión (es una conducta que se prolongó durante casi cuatro meses) y el beneficio obtenido en la misma".

En el expediente previo de la CNMC ya se afirmaba que:

"Como resultado de la conducta de Naturgy Generación, sus centrales fueron requeridas por el operador del sistema en el proceso de resolución de restricciones técnicas en una serie de días en los que podrían haber resultado despachadas en el mercado diario. De dicho comportamiento, la empresa ha obtenido un beneficio mínimo de 13.006.934 euros ... Pues bien, en todas las citadas zonas ha sido necesaria la programación por restricciones técnicas de alguna central para mantener la seguridad del sistema, durante todos y cada uno de los días del periodo analizado, tal y como se ha indicado en el Hecho probado sexto. Como consecuencia de ello, las empresas titulares de las instalaciones situadas en la zona conocen previamente que, si sus centrales no resultan programadas en el mercado diario como resultado de la casación de sus ofertas, existe una alta probabilidad de que sean llamadas para su programación por restricciones técnicas. Todo ello determinó un incremento del precio del mercado diario estimado en torno a los 7 euros/MWh y con el objetivo único de beneficiar a las centrales inframarginales del sujeto infractor. Por tanto, se trataba de una estrategia de manipulación conjunta de la empresa a través de las diferentes unidades implicadas con el objetivo de alterar el precio del mercado para beneficio de la propia empresa y no de las propias unidades objeto de sanción".

De manera que (la Audiencia Nacional hace suyo el relato de la CNMC) se trata de no entrar al precio de la subasta diaria previa (ver serie en verde) y sí hacerlo cuando REE se vea obligada a reclamar la entrada por "restricciones técnicas" de seguridad del sistema[2] (observar la serie roja). Tal como se recoge en un gráfico para una de estas centrales.

Para la misma empresa para acabar citaré otro expediente posterior en centrales de gas de Galicia. Se trata del expediente 019/22 de la CNMC (20 julio 2023) sobre prácticas observadas en los años 2019 y 2020 (al parecer semejantes al actual 033/26 contra Naturgy de ciclos combinados). De nuevo traslado citas textuales:

"Partiendo del conocimiento de la situación de seguridad de suministro en la zona de Galicia y de la alta probabilidad de ser despachado para resolver las restricciones técnicas de esa zona, Naturgy Generación adopta una estrategia de ofertas consciente y deliberada, basada en la realización de ofertas a precios excesivos, orientada a lograr un beneficio en el mercado de restricciones técnicas... Naturgy Generación obtiene un beneficio de 43,2 millones de euros. Atendidas las anteriores circunstancias se considera oportuno imponer la multa de seis millones de euros, que fue propuesta por la Dirección de Energía.

La estrategia desarrollada con Sabón 3 le ha permitido a Naturgy Generación la obtención de un beneficio extraordinario estimado en 43,2 millones de euros, tal y como se muestra en el Hecho Probado Cuarto. Este beneficio ha supuesto un incremento, en igual cuantía, del coste que ha representado el proceso de restricciones técnicas para la demanda -esto es, para los comercializadores que compran la energía en el mercado para suministrar a los consumidores de electricidad o para los grandes consumidores que compran directamente en el mercado -, durante el periodo de estudio".

De barros como estos -pura magia- vendrán pasado el tiempo los lodos del apagón del mes de abril del pasado año. Sobre todo si a estas maniobras de los ciclos combinados añadimos las que se hagan con las centrales nucleares[3] (también ahora con expedientes abiertos por la CNMC) y con la anuencia de Redeia-REE. Habrá que seguir, con paciencia, el largo camino de estos expedientes.

Pero de lo que no me cabe ninguna duda es que en la coyuntura actual de encarecimiento galopante del gas natural importado (por los conflictos internacionales abiertos por EEUU y el régimen sionista) el hecho de que los ciclos combinados con esta energía sean los que cierran el mecanismo marginalista de fijación de precios de la electricidad vuelve a conformar una amenaza inflacionista de primer orden. Sobre todo cuando reparamos en las maniobras realizadas por las empresas del sector con esta tecnología tal como aquí he revisado. Porque el actual sistema marginalista en un "mercado" oligopólico genera efectos catastróficos para la sociedad y los consumidores.

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[1] Entran a muy corto plazo a precios más altos que si ofertaran su producción el día anterior en el mercado diario

[2] Una mutación de este comportamiento -anclado en el sistema marginalista- es el que anima la actual ola de centrales de bombeo hidroeléctrico; porque más allá de su lógica de almacén energético se trata de cambiar agua de altura para aprovechar las oscilaciones de los precios del sistema. Autoconsumo cuando el precio es bajo y entrada en el mercado cuando es alto. Nótese que la misma empresa suele disponer de ciclos de gas y centrales hidráulicas. Pura magia.

[3] En argot técnico-jurídico: la CNMC estaría evaluando una posible negligencia en la respuesta técnica de las plantas durante la crisis.

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