Goirizelaia recuerda que la Audiencia Nacional española "no puede modificar la Ley"

Además, ha recordado que la Audiencia Nacional española no puede "modificar la Ley" y no se pueden alterar las condiciones legales "por criterios de oportunidad política o presión social".
En declaraciones a Radio Euskadi, Goirizelaia ha señalado que desconoce a cuántos presos políticos afectará esta medida, pero ha agregado que está "asombrada" ante "las cosas que están pasando últimamente en la Audiencia Nacional a todos los niveles".
No obstante, ha precisado que esta iniciativa "es la más espectacular" teniendo en cuenta que la Sala Penal "está haciendo algo que está absolutamente prohibido" por la legislación vigente como es "modificar la Ley".
En este sentido, ha recordado que la legislación recoge "una serie de requisitos específicos para poder salir en libertad condicional" y, por su parte, la Audiencia Nacional española, "en función de una resolución adoptada por los magistrados, que son los que tienen que aplicar la Ley, van a modificar las condiciones legales".
"El poder legislativo está para hacer las leyes y el judicial para cumplirlas y se tienen que someter al dictado de lo que dice la ley. No se puede modificar por un criterio de oportunidad política o de presión social lo que tenían que aplicar", ha insistido.
De la misma manera, ha censurado que ninguno de los letrados que defienden a los afectados conocen "exactamente el contenido de la resolución, ya que, al ser una resolución de Sala, no se publica en ningún sitio, no se puede recurrir, no se puede acceder a ella nada más que cuando te digan por qué tu cliente no va a salir en libertad’.
En su opinión, este hecho "crea una inseguridad jurídica total y absoluta, y evidentemente va en contra de toda la normativa vigente".
Por ello, ha asegurado que "aquí lo que se consuma es el Derecho penal del enemigo, que está en marcha, y lo aplica la Audiencia Nacional".
105 personas deberían estar en libertad
La letrada ha manifestado que, "a día de hoy, hay más de 105 personas que tendrían que estar en libertad condicional": por el cumplimiento de las tres cuartas partes de la condena, por redenciones e incluso algunos por cumplir la totalidad de la condena.
Según Goirizelaia, la puesta en libertad, hasta el momento, "nunca ha sido cuasiautomática" porque "en la mayoría de los casos los presos han tenido que recurrir a los Juzgados de Vigilancia antes de cada cárcel y ahora del central de Vigilancia penitenciaria para que se reconozcan sus derechos a la redenciones, para que se les quiten las sanciones que les han impuesto ilegalmente o una serie de cuestiones para obtener todos esos requisitos".







