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Euskal Herria, Europa :: 10/06/2009

Intervención en Naciones Unidas de Edurne Iriondo, miembro de Behatokia

Behatokia
El 8 de Junio, se ha desarrollado el debate sobre la Promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión en el Consejo de Naciones Unidas en Ginebra.

El nuevo Relator para la Libertad de Expresión, Frank la Rue ha presentado su informe general tras lo cual, la abogada y miembro del Observatorio Vasco de Derechos Humanos, Edurne Iriondo, ha tomado la palabra en nombre de las asociaciones AAJ y AICT para presentar la intervención conjunta que ajuntamos.

Después, ha tenido la oportunidad de reunirse con el Relator, a quien Iriondo ha pedido que retome la misión al Estado español que solicitó el antiguo Relator, Ambeyi Ligabo y que, debido a la negativa de las autoridades españolas, no pudo realizar. El nuevo Relator, el guatemalteco Frank la Rue, ha acogido la información con gran interés.

Edurne Iriondo Intervención oral:

La Asociación America de Juristas (AAJ) y la Asociación Internacional Contra la Tortura (AICT) reciben con esperanza el primer informe del Relator Especial sobre la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y Expresión, Frank La Rue.

Asimismo, esperan que siga recabando alegaciones de violaciones del derecho a la libertad de expresión y opinión. En especial, en aquellos países donde la represión de los Estados dificulta gravemente la libre expresión y opinión de las minorias o voces disidentes.

Tras un proceso plagado de irreguralidades y falto de garantías, el Tribunal Supremo español ha hecho pública su decisión sobre el conocido macrosumario 18/98 contra organizaciones políticas, asociaciones civiles y empresas de comunicación vascas.

El Relator para la Protección de los Derechos Humanos en la Lucha Antiterrorista, Martin Scheinin, en su informe tras la visita a España1 se refirió a este caso, denunciando que la Audiencia Nacional “caracterizó la colaboración como conducta que implica su participación en las actividades de la organización terrorista, aunque se trata de un delito residual constituido por hechos que en sí mismos no son delictivos, pero que, por simple actividad o peligro abstracto, adquieren un carácter delictivo cuyo resultado no ha sido especificado por el legislador. Lamentablemente, ese razonamiento no añade precisión a la ya de por sí vaga disposición relativa a la colaboración”. El experto señala el riesgo de “pendiente resbaladiza”, es decir, “la ampliación gradual del concepto de terrorismo a conductas que no suponen ni tienen suficiente relación con la comisión de actos de violencia graves contra los ciudadanos”.

Ahora el Tribunal Supremo ha validado la tesis de la Audiencia Nacional sobre esta interpretación del concepto de terrorismo por lo que condena a 38 activistas políticos, sociales y periodistas a graves penas por colaboración y pertenencia a organización armada, por realizar una actividad pacífica, pública y transparente, sin que existan pruebas que demuestren lo contrario. Especial importancia tiene el encarcelamiento de Javier Salutregi y Teresa Toda, director y subdirectora del periódico Egin, así como los responsables de la empresa editora, cuyo delito ha sido única y exclusivamente redactar y publicar un medio de comunicación cuyo contenido político era incómodo para el Estado. En la sentencia no se ha probado ningún elemento de cooperación directa o justificación de la acción de organizaciones armadas.

Sin embargo, el Tribunal Supremo levantó la prohibición del periódico Egin y la emisora Egin-Irratia, por el escándalo que suponía el mantenimiento de esta medida, aunque ambos medios, intervenidos por la policía y clausurados con carácter preventivo desde el 15 de julio de 1998 son hoy empresas acabadas, son medios de comunicación inoperativos. Sus oficinas arruinadas tras 11 años de cierre, sus rotativas inoperantes, su proyecto comunicativo inviable. Con esta sentencia queda evidente que el cierre administrativo de este medio de comunicación, arbitrario y desproporcionado, ha tenido el efecto práctico de silenciar una voz disidente.

Actualmente se mantiene bajo clausura preventiva el periódico Egunkaria, bajo similares acusaciones, caso que además supuso la interposición de denuncias de torturas acaecidos durante el período de detención incomunicada, de los miembros de su junta de dirección. Los testimonios de torturas relatados por Martxelo Otamendi, director del diario, han llegado anteriormente a este Consejo2.

En este sentido, también el Comité de Derechos Humanos de la Naciones Unidas3 en su reciente exámen a España expresó “su preocupación por el alcance potencialmente excesivo de las definiciones de terrorismo en el derecho interno”, lo cual, en palabras del mencionado Comité “podrían restringir de modo injustificado la libertad de expresión y de asociación”.

Ante estas circunstancias, y dada cuenta de su profundo interés y llamamiento a los Gobiernos para que éstos consideren en responder favorablemente a las peticiones de visita de los Estados, queremos pedir al Relator para la Libertad de Expresión, Frank La Rue, para que retome la solicitud de visita que su antecesor, Ambeyi Ligabo, ya había cursado al gobierno español. Tal y como él mismo denunció en su documento E/CN.4/2004/62: “el 14 de agosto de 2003 el gobierno de España envió una respuesta muy extensa a la solicitud del Relator Especial sin invitarlo a visitar el país”. A día de hoy la misión no ha sido aún autorizada.

ASOCIACIÓN AMERICANA DE JURISTAS ASOCIACIÓN INTERNACIONAL CONTRA LA TORTURA

CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS 11ª período de sesiones – Junio 2009 Tema 3: Promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión (Debate General)

 

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