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Estado español, Països Catalans :: 25/07/2015

La Audiencia rechaza la tesis de los mossos sobre lo ocurrido en el caso de Ester Quintana

Ojo con tu Ojo
Le reprocha a la defensa que intenten "dilatar" la investigación cuando son "claros" los indicios de que los daños los causó una pelota de goma.

La Audiencia de Barcelona ha rechazado las nuevas pruebas propuestas por la defensa de los mossos acusados de herir a Ester Quintana y le reprocha que intenten "dilatar" la investigación y apuntando a un proyectil de precisión, cuando son "claros" los indicios de que los daños los causó una pelota de goma.
En un auto, la sección décima de la Audiencia de Barcelona ha desestimado así el recurso presentado por la defensa de los dos mossos d'esquadra -un inspector y un escopetero- imputados por lanzar presuntamente la pelota de goma que reventó el ojo a Ester Quintana en la manifestación por la huelga general de noviembre de 2012.
La defensa de los agentes -que hace meses reemplazaron a los servicios jurídicos de Interior por la abogada particular Olga Tubau- recurrió ante la Audiencia la decisión del juez de cerrar la investigación del caso, sin encargar las nuevas pruebas con las que los agentes pretendían demostrar que Quintana pudo resultar herida por el lanzamiento de un proyectil de precisión, y no por una pelota goma.
El tribunal da ahora por cerrado definitivamente el caso, ya solo pendiente de enviarse a juicio, al concluir que "existen claros indicios" de que las lesiones padecidas por la manifestante son compatibles con una pelota de goma, y no con un proyectil de "foam", tras unas instrucción "extensa, minuciosa y plural".
La sala rechaza el argumento de la defensa de que el juez instructor dirigió la investigación de forma "undirireccional" y le reprocha que mediante la proposición de nuevas pruebas intente ahora "dilatar una investigación que ha sido extensísima, en perjuicio de los propios procesados, cuyo derecho al proceso debido y en tiempo es un derecho fundamental".
La Audiencia lamenta que la defensa plantee una nueva línea de investigación, cuando la investigación iniciada en 2012 ya estaba culminada, "basándose en una posibilidad errónea" que descarta el propio informe pericial sobre el origen de las heridas sufridas por Quintana y también los testigos del caso.
En opinión del tribunal, las nuevas diligencias propuestas por la defensa "se apartan totalmente del resto del material instructorio del que hace acopio el sumario y de forma esencial contradice frontalmente incluso declaraciones efectuadas por los propios recurrentes y por los informes remitidos por los Mossos d'Esquadra".
La Audiencia de Barcelona tilda incluso de "sorprendentes" las diligencias propuestas ahora por los agentes imputados, dado que no solo obvian el resultado de la instrucción, sino que se apoyan exclusivamente en una manifestación que se "referencia de forma tangencial en una ratificación pericial".
La sala recuerda que, con las diligencias propuestas ahora, la defensa pretende introducir una nueva tesis que "conllevaría la exoneración de los procesados" y, al mismo tiempo, la imputación de otro funcionario policial.
En ese sentido, subraya el tribunal que la hipótesis de que las lesiones de Quintana fueran causadas por un proyectil de precisión "ya ha sido descartada por falta de indicios racionales y suficientes que la sustenten", no solo por las declaraciones de los antidisturbios, sino también por la pericial médica y las balísticas efectuadas por la policía catalana y por la Guardia Civil.
La sala también deniega la prueba propuesta por la defensa para que se analice el ADN de un proyectil de "foam" que fue aportado al juez meses después de haber ocurrido los hechos, al entender que "se desconoce el lugar en que se encontró, su origen y, lo que es más esencial, su cadena de custodia".
"Estaríamos ante una prueba ilícitamente obtenida, por no garantizar que el objeto con supuestos restos biológicos haya sido manipulado, dada su tardanza en ser aportado a la causa, y que haría inservible la pericial biológica solicitada, de gran coste económico y que dilata de manera importante el procedimiento", zanja la Audiencia.
Ojocontuojo 24 julio 2015

 

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