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México :: 30/01/2005

Actualidad del artículo 27 de la constitución política mexicana

David Miranda Pérez - Sindicato Mexicano de Electricistas
Este artículo fue, para 1917, muy avanzado en comparación a muchas partes del planeta, y resumía de manera muy clara la concepción de más de un millón de mexicanos que murieron por alcanzar una patria con educación, con soberanía y con empleo para todos los mexicanos

Breve Historia

La historia oficial ha planteado que los artículos 3a., 27a. y 123a. Constitucionales , son obra de Venustiano Carranza, sin embargo la realidad fue otra. Venustiano Carranza se limito en su proyecto de Constitución a copiar la Constitución de 1857, sin siquiera plantear el derecho a la educación, a la tierra y a tener un trabajo estable. Los autores de los citados artículos fue el ala radical del Congreso Constituyente, que como lo plantea el historiador Rafael Ramos Pedrueza los autores de estos derechos, con razonamientos convencieron al Congreso Constituyente para que se plasmaran dichos artículos a nivel Constitucional.

Algunos historiadores como Felix F. Palavicini, comentan que el proyecto Agrario Carrancista solamente se reducía a reivindicar el problema ejidal. Uno de los más destacados autores del artículo 27 Constitucional fue el Lic. Andrés Molina Enriquez, quien a pesar de no ser diputado, pero por su vasta cultura y sus estudios que había hecho sobre la propiedad y la materia agraria, se constituyó en pilar del artículo 27 Constitucional.

La iniciativa de este artículo quedo terminada el 24 de Enero de 1917, para ser analizada y aprobada por la primera comisión de la Constitución.

Los objetivos centrales de la redacción original del artículo 27 Constitucional lo podemos resumir brevemente así:

• La propiedad exclusiva de la Nación sobre las tierras y las aguas

• Esta se podrá apropiar sólo por causa de utilidad pública, mediante indemnización.

• La Nación tendrá derecho en todo momento de imponer a la propiedad privada la modalidad que dicte el interés público.

• Se dictarán medidas para el fraccionamiento de los Latifundios

Este artículo 27, así como el 3a. y el 123 de la Constitución Política Mexicana fueron para 1917 artículos muy avanzados en comparación a muchas partes del planeta, y resumía de manera muy clara la concepción de más de un millón de mexicanos que murieron por alcanzar una patria con educación, con soberanía y con empleo para todos los mexicanos. Asimismo hay que subrayar que estos artículos así como la Constitución en su totalidad, no fue producto de Venustiano Carranza, como lo quiere hacer creer la historia oficial, sino destacados miembros del Constituyente, como Mújica, como Molina Enríquez, etc.

ARTÍCULO 27 EN LA ACTUALIDAD

Durante todo el periodo Neoliberal en México, ha sido un denominador común las violaciones sistemáticas a la Constitución en general, y a determinados artículos en particular, como es el caso del artículo 27. Este artículo ha sufrido 16 modificaciones en toda su historia (ver cuadro), las últimas cuatro en el mencionado periodo Neoliberal. Evidentemente las últimas cuatro modificaciones, son las más drásticas, en términos de desvirtuar este artículo, particularmente la reforma salinista que fue un golpe al ejido.

REFORMAS AL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL
1a. Reforma D.O.F. 10/01/34
2a. Reforma D.O.F. 06/12/37
3a. Reforma D.O.F. 09/11/40
4a. Reforma D.O.F. 21/04/45
5a. Reforma D.O.F. 12/02/47
6a. Reforma D.O.F. 02/12/48
7a. Reforma D.O.F. 20/01/60
8a. Reforma D.O.F. 29/12/60
9a. Reforma D.O.F. 08/10/74
10a. Reforma D.O.F. 06/02/75
11a. Reforma D.O.F. 06/02/76
12a. Reforma D.O.F. 06/02/76
13a. Reforma D.O.F. 03/02/83
14a. Reforma D.O.F. 10/08/87
15a. Reforma D.O.F. 06/01/92
16a. Reforma D.O.F. 28/01/92

Uno de los "argumentos" que han planteado los neoliberales con el propósito de justificar sus reformas al 27 Constitucional, ha sido que este artículo ya no responde al contexto histórico actual. Caso concreto fue el planteamiento del expresidente Ernesto Zedillo, quien en febrero de 1999, al proponer la reforma al párrafo sexto de este artículo, para privatizar la Industria Eléctrica.

Cuando este señor expresó estos argumentos, el Sindicato Mexicano de Electricistas rechazó su propuesta de privatización de la Industria Eléctrica. Inmediatamente el señor Zedillo nos tachó de "ignorantes y dogmáticos". Sin embargo los hechos y la ciencia jurídica demuestran que el ignorante y dogmático es el expresidente de la República.

Para demostrar la inconsistencia, por no decir la torpeza de los argumentos de los neoliberales, cuando hablan de la "anacrónico" de la Constitución Política Mexicana, es necesario remitirnos a los conceptos planteados por uno de los más prestigiados Constitucionalistas que ha tenido nuestro país, el doctor Emilio Krieger, sobre la Constitución Política.

• La Constitución tiene supremacía sobre cualquier tipo de normas jurídicas, por lo que las leyes secundarias no pueden contradecirla o violentarla.

• La inviolabilidad y la estabilidad de los preceptos constitucionales, "que sólo pueden derogarse o modificarse mediante procedimientos jurídicos especiales, cuyo objeto es captar la voluntad popular auténtica respecto a la modificación o supresión de normas constitucionales."

• "El requisito esencial de validez para una reforma constitucional es la voluntad del pueblo, manifestada por medio de sus representantes. Sin esa voluntad del titular de la soberanía nacional, ninguna reforma del texto constitucional es legítima o valida."

• En consecuencia la facultad o potestad, que confiere el artículo 71 de la Constitución Política Mexicana, al presidente de la República de iniciar leyes y decretos, es muy distinta de la potestad de promover reformas constitucionales.

Estos principios los debiera leer y aprender el actual presidente de la República, y los que tengan aspiraciones de serlo.

Las modificaciones que ha sufrido el artículo 27 en el periodo Neoliberal, constituyen una verdadera contrarreforma, porque estas solamente han buscado eliminar conceptos o figuras que son esenciales para el país, como el ejido, o la exclusividad de la Nación en materia de Aguas, de petróleo, de Electricidad, etc.

Una de las estrategias de los presidentes Neoliberales, sobre todo Salinas de Gortari, Zedillo, y por supuesto Vicente Fox, ha sido la de violentar artículos constitucionales a través de leyes secundarias. Como ejemplo está la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, que fue reformada en Diciembre de 1992 por Salinas de Gortari, modificando fundamentalmente el artículo tercero, para permitir la participación de los empresarios extranjeros y nacionales en materia de generación eléctrica. Como es sabido el párrafo sexto del artículo 27 Constitucional, establece: Corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines. El artículo 3 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica a través de las figuras de autoabastecimiento, de cogeneración de pequeña producción y de producción independiente, permiten la participación de los privados en generación eléctrica., violentado el principio de exclusividad de la Nación en materia eléctrica.

El tianguis energético que el presidente Vicente Fox montó ante empresarios europeos, ofertando la electricidad y el petróleo a la inversión del gran capital y anticipando que será aprobada su propuesta de reforma eléctrica, además de confirmar que el espíritu de Santa Anna se pasea por Los Pinos, inevitablemente nos remite a la reforma a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE) que Carlos Salinas de Gortari impuso en diciembre de 1992.

Fox sabe que su iniciativa de reforma a los artículos 27 y 28 constitucionales está prácticamente muerta. No cuenta con los dos tercios de los votos de los senadores.Su apuesta consiste en seguir aplicando la inconstitucional LSPEE, para continuar avanzando en la privatización descarada de la electricidad.

2. Como es sabido, la reforma a la LSPEE derivó del compromiso de Salinas de Gortari en la negociación del Tratado de Libre Comercio con Canadá y Estados Unidos. En 1992, con un Congreso controlado por el PRI y con el abierto apoyo del PAN, ningún trabajo le costó a Salinas modificar el artículo tercero de la LSPEE, cuyo texto original de 1975 excluía del servicio público el autoabastecimiento, para sustituirlo por otro que permitió la participación del capital privado, mediante la nueva figura jurídica: productores independientes de energía, importada del TLC. La única voz en contra fue la del senador del PRD, Porfirio Muñoz Ledo, quien demostró la inconstitucionalidad de la reforma eléctrica salinista y señaló la pérdida de soberanía que acarrearía al país, como eslabón fundamental del "proyecto anexionista" del recién aprobado TLC.

3. Para nuestra desgracia, el tiempo ha confirmado esta hipótesis. Conforme a la Prospectiva del sector eléctrico 2002-2011, documento aprobado por la Secretaría de Energía, de 1992 a la fecha el peso del capital trasnacional ha crecido a tal grado que hoy controla 22.5 por ciento del total de la capacidad de generación en nuestro país.

A la luz de esta prospectiva, toda la nueva capacidad de generación, que deberá agregarse en los siguientes ocho años (28 mil 862 megavatios), según los planes oficiales, se basará en la inversión del capital privado. Hacia finales del gobierno foxista, el capital privado será propietario de 40 por ciento de la capacidad de generación y para 2011 controlará 58 por ciento de la capacidad instalada de generación en México, convirtiendo la privatización eléctrica en un hecho consumado.

Por otra parte, es indudable que como señala el Dr. Emilio Krieger, "no puede hablarse de constituciones eternas o permanentes, universales y perennes, pues siempre debe quedar abierta la posibilidad de crear nuevas normas, de transformar las antiguas o de suprimir las que se vuelven obsoletas". Sin embargo, en el contexto actual desde febrero de 1983, con Miguel de la Madrid Hurtado, después con Salinas en 1992, las reformas al artículo 27 han sido regresivas, con el propósito de reducir logros sociales de los mexicanos. Como es de dominio publico el 2 de Febrero de 1999 y el 16 de Agosto de 2002, fueron presentadas las iniciativas de Ernesto Zedillo y de Vicente Fox respectivamente. Las dos plantean con lenguaje distinto reformar los artículos 27 y 28 Constitucionales, con el objeto de privatizar la Industria Eléctrica, para entregarla al capital extranjero. Como se sabe el 24 de abril de 2002, el senado de la República rechazó no sólo la iniciativa de Ernesto Zedillo, s ino también la propuesta de reforma de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional y del Partido Verde Ecologista de México, resolviendo lo siguiente:

DICTAMEN:

"PRIMERO.- No son de aprobarse las iniciativas presentadas por el Ejecutivo Federal y por los Grupos Parlamentarios de los Partidos Verde Ecologista de México y Acción Nacional para reformar los artículos 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de energía eléctrica

SEGUNDO.- Archívense las iniciativas de referencia como asuntos totalmente concluidos, para los efectos legales a que haya lugar."

En reciente publicación del periódico la jornada del 16 de Junio de 2004, se informó lo siguiente: :

• "Con base en información de empresas de demoscopía regionales, el Banco Mundial señaló que al menos tres de cada cuatro mexicanos desaprueban las privatizaciones, cifra que revela un cambio de tendencia respecto de lo que ocurría hace apenas seis años. En 1998, la incorporación del capital privado a actividades reservadas al Estado era desaprobada por 40 por ciento de la población, pero en 2000 ya era 60 por ciento y creció hasta 75 por ciento en la última muestra."

• "El reporte Reformando la infraestructura, divulgado por el Banco Mundial el lunes pasado en Washington, establece que "la hostilidad’ creciente a las privatizaciones "no está limitada a un puñado de manifestantes radicales". Encuestas de opinión pública en varios países en desarrollo o en transición (como se identifica a las naciones del ex bloque comunista) revelan "un creciente desencanto" hacia estas políticas, una desilusión alimentada por el despido de personas, el incremento de precios, el retraso (o ausencia) de los beneficios prometidos y el impacto de las privatizaciones en la distribución de la riqueza"

Este reporte no de unos cuantos "ignorantes y dogmáticos" o de "unos cuantos necios", sino del principal promotor de las privatizaciones a nivel planetario, como es el Banco Mundial, desmiente las tontas afirmaciones del presidente Fox, mostrando una realidad inocultable: la mayoría de los mexicanos, 3 de cada 4 mexicanos que en porcentaje se expresa en el 75% de la Nación mexicana, rechazamos las privatizaciones porque encarecieron los servicios, sólo han beneficiado a unos cuantos millonarios y han generado despidos masivos de personas.

Todas estas razones, son las que han llevado al Sindicato Mexicano de Electricistas a plantear la necesidad de defender a la Constitución Política Mexicana, particularmente los artículos 3a., 27a., 39,123, 133 y 136, en virtud de que por el momento por el presidencialismo, con un Congreso de la Unión que no representa los intereses de la Nación, y que no existe un partido político que represente los intereses de los trabajadores mexicanos, no hay condiciones para promover o aprobar reformas a estos artículos, porque como en el caso de las propuestas de reformas al 27 Constitucional, solamente buscan privatizar, entregando nuestro patrimonio Nacional al capital extranjero. Por tal motivo, en el caso del artículo 27, así como del 123 y de su ley reglamentaria (La ley Federal del Trabajo), planteamos que no es necesario que por el momento los reformen, sino que es necesario que respeten la Constitución, así como sus leyes reglamentarias, tanto los gobernantes, como los patrones.

PROPUESTAS

Como es costumbre en nuestro Sindicato, después del diagnostico de algún problema, hacemos propuestas, por lo que planteo lo siguiente:

1. Restitución de la Legalidad constitucional, es decir, respeto a los artículos 3, 27, 39, 123 y 133.

2. Derogación de las leyes secundarias que contravienen a la Constitución, como es el caso de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, que violenta el precepto de Exclusividad de la Nación en Materia de Electricidad.

3. Reforma al artículo 71 Constitucional, para eliminar la facultad del presidente de la República de iniciar leyes o decretos, o de promover reformas a la Constitución.

FRATERNALMENTE
México, DF, Febrero de 2005

 

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