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Euskal Herria :: 18/06/2011

Denuncian discriminación en el SEPE-Servicio Público de Empleo Estatal

SOS Arrazakeria Nafarroa

SOS racismo Nafarroa ha realizado hoy una rueda de prensa para denunciar las actuaciones
del SEPE-Servicio Público de Empleo Estatal (antiguo INEM)
HECHOS DENUNCIADOS:
1. Hemos comprobado que, en algunas Oficinas de Empleo de Navarra
para la realización de tramitaciones relacionadas con el subsidio de
desempleo, se requiere para la identificación:
o a las personas de nacionalidad española, la presentación del DNI;
o a las personas extranjeras comunitarias la presentación del
TIE-Tarjeta de Identificación de Extranjeros y documento de
identificación de su país.
o a las personas extranjeras extra-comunitarias la presentación de la
TIE-Tarjeta de Identificación de Extranjeros y pasaporte.
2. Las actuales Oficinas de Empleo están formadas por el SEPE
(Servicio Público de Empleo Estatal, antiguo INEM) y el SNE (Servicio
Navarro de Empleo), que realizan distintas tramitaciones.
No tenemos constancia de que los empleados y empleadas del
SNE-Servicio Navarro de Empleo de estas oficinas hayan solicitado el
pasaporte a ninguna persona que haya realizado alguna tramitación ante
ellas.
Sí nos consta que, en algunas oficinas de Navarra, los empleados y
empleadas del SEPE, para cualquier tipo de tramitación solicitan de
manera sistemática el pasaporte a las personas extranjeras
extra-comunitarias, y sólo a ellas.
Hay oficinas en las que se encuentran colgados carteles con el
siguiente texto:
¡¡¡¡ATENCIÓN!!!! PARA IDENTIFICARSE DEBEN APORTAR:
- EXTRANJEROS: NIE+PASAPORTE
- COMUNITARIOS: NIE+(PASAPORTE Ó DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN DE SU
PAÍS)
3. Tenemos testimonios de que, en el caso de personas extranjeras
extra-comunitarias, la petición del pasaporte, además de para la
identificación, se utiliza como medida de control: al presentar el
pasaporte se comprueba si la persona ha salido del país, y si lo ha
hecho sin el permiso necesario, se procede a la extinción de la
prestación, imposición de multas e incluso el reintegro de las
cantidades percibidas. Hemos constatado varios casos.
4. Tenemos conocimiento de que la Dirección Provincial del SEPE en
Navarra ha dado instrucciones por escrito a las distintas oficinas,
que dicen textualmente:
“El pasaporte es un documento imprescindible para la identificación de
los solicitantes extranjeros y debe ser SIEMPRE presentado”.
5. También nos han confirmado que la propia Delegación del SEPE en
Navarra ha dado esta orden, aun teniendo dudas de que ello sea legal y
que ha trasladado a un organismo superior la consulta sobre la
legalidad de esta medida, después de llevar casi un año aplicándola.
6. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la Ley de
Extranjería , la Tarjeta de Identificación de Extranjeros “es el
documento destinado a identificar al extranjero a los efectos de
acreditar su situación legal en España”.
7. Las guías informativas sobre los derechos de trabajadores
extranjeros en materia de protección por desempleo que se encuentran
en la propia delegación del SEPE en Navarra, en el apartado “¿Qué
documento necesita para identificarse? Si es Ud. Nacional de un estado
que no pertenezca a la Unión Europea ni al Espacio Económico Europeo”
se especifica que: “Para cualquier trámite que quiera realizar en el
Servicio Público de Empleo Estatal debe presentar autorización de
residencia y/o de trabajo en vigor”. Especificando además que: “Será
suficiente la presentación de la Tarjeta de Identidad de Extranjero
(TIE) si en este documento se refleja con claridad la situación de
vigencia de las autorizaciones indicadas”.
En ningún momento se hace referencia a la obligatoriedad de la
presentación del pasaporte.
VALORACIÓN DE LOS HECHOS:
1. SOS Racismo/SOS Arrazakeria Nafarroa valora que el sistema de
control que establezca cualquier organismo público debe ser
igualitario, no discriminatorio. En este caso, el sistema de control
establecido por la Delegación del SEPE en Navarra resulta
discriminatorio, en cuanto que, además del control que se ejerce con
carácter general, a un determinado sector de población se le ejerce
además un control suplementario, un doble control.
En este caso, el sector de población que sufre tal discriminación es
el de las personas extranjeras extra-comunitarias.
2. Queremos destacar también que la Delegación del SEPE en Navarra ha
ordenado aplicar un procedimiento de control durante más de un año, de
cuya legalidad tiene dudas. A pesar de ello, ha utilizado este
procedimiento para sancionar.
3. Esta práctica sobre las personas extranjeras extra-comunitarias
tiene una doble gravedad, ya que la extinción del subsidio de
desempleo les supone además la disminución del tiempo computable de
cotización para la renovación del permiso de trabajo y/o residencia.
4. Todos estos puntos los hemos trasladado a la Delegación del SEPE en
Navarra, a la que hemos solicitado:
- que revoque inmediatamente la orden por la que estableció este
sistema de control discriminatorio y que base sus tramitaciones en
procedimientos de identificación y control exclusivamente legales e
igualitarios.
- que anule los expedientes sancionadores que haya adoptado basándose
exclusivamente en este sistema de control discriminatorio.
5. Hasta la fecha de hoy no hemos recibido respuesta.
LLAMAMIENTOS:
Animamos a todas las personas afectadas por esta, u otras medidas
discriminatorias, a denunciar estos hechos ante las organizaciones de
inmigrantes o ante SOS Racismo/SOS Arrazakeria, a fin de tener
conocimiento de los hechos discriminatorios que se produzcan y
poderlos denunciar ante la opinión pública.

 

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