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Estado español :: 22/04/2020

Dudas sobre la legalidad de muchas de las 700.000 multas en estado de alarma

Alejandro Torrús
Interior anunció a principios de semana que el número de propuestas de sanción ya asciende a 667.437.

Interior anunció a principios de semana que el número de propuestas de sanción ya asciende a 667.437. La Abogacía del Estado y diferentes expertos dudan de que Interior pueda sancionar por "desobediencia" a los ciudadanos que no hayan desoído una orden concreta de un agente de Policía. También advierten de la dificultad de tramitar tal nivel de sanciones en solo un año.

     

Durante el fin de semana se han levantado 627 propuestas de sanción y se han detenido a 17 personas.

Desde el inicio del estado de alarma, el pasado 15 de marzo, hasta este lunes 20 de abril las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad han elevado un total de 667.437 propuestas de sanción a las respectivas delegaciones del Gobierno. Es decir, se ha interpuesto una media de casi 20.000 propuestas de sanción diarias por saltarse el confinamiento. La cantidad de sanciones es elevada, más todavía si se compara con el número de sanciones en Italia, el país europeo más fácilmente comparable a España en la gestión y efectos de la pandemia del coronavirus. 

La vía elegida por Interior para interponer estas sanciones ha sido la Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana, también conocida como 'ley mordaza'. De hecho, el propio ministerio difundió una especie de guía explicando que las sanciones se interpondrán mediante esta ley y estableciendo una serie de pautas para orientar y graduar la incoación de sanciones a partir de las actas que se están tramitando por incumplir el confinamiento. 

Según esta instrucción difundida por Interior, salir a la calle sin razón aparente y saltarse el confinamiento ya constituye una infracción por desobediencia que debe ser castigada con una sanción de 601 euros. Sin embargo, el criterio de las fuerzas policiales y del Ministerio del Interior está siendo cuestionado. Por diferentes motivos.

Por un lado, diversos juristas y especialistas, e incluso la Abogacía del Estado, ha puesto en duda que salir a la calle sin motivo aparente pueda ser considerado una infracción. De hecho, los juristas contactados por este medio animan a recurrir estas sanciones en caso de que finalmente se formalicen en forma de multas en sus domicilios.

"Para sancionar a un ciudadano por desobediencia, este tiene que desobedecer las instrucciones concretas e individuales de un agente", señala Presno Linera

Por otro, el número de sanciones es tan elevado que también se están planteando dudas sobre si será viable que la Administración tramite un número tan elevado de propuestas de sanción en un año, tiempo disponible hasta que prescribe la propuesta efectuada por los agentes de policía. Por último, diversas organizaciones de derechos humanos siguen denunciando actuaciones desproporcionadas y "arbitrarias" de los Cuerpos y Fuerzas de seguridad que, de momento, no están siendo investigadas por las autoridades competentes. 

¿Desobediencia a un agente o al estado de alarma?

La principal duda que generan las propuestas de sanción que están elevando las fuerzas policiales es su encaje legal. Desde el Ministerio del Interior se ha anunciado que las multas se tramitarán a través de la Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana y que el hecho de salir a la calle sin motivo aparente será castigado como una infracción de desobediencia a la autoridad castigado con 601 euros. El argumento es que la ciudadanía ya conoce la orden concreta de confinamiento general, las excepciones que permiten salir a la calle y, por tanto, cuando deciden desoír este mandato ya están incurriendo en una infracción de desobediencia. 

Sin embargo expertos y juristas contactados por este medio no están de acuerdo con el criterio de Interior. Tanto la Abogacía del Estado como los juristas consultados por este medio consideran que la infracción por desobediencia solo puede ser contemplada cuando el ciudadano o ciudadana desoye una orden concreta, directa y personal del agente policial. Sin desobedecer esa orden individual, no puede haber infracción. El propio Ministerio del Interior, en 2018, coincidía con este criterio sancionador. Sin embargo, con el estado de alarma vigente, la interpretación del ministerio que dirige Grande-Marlaska ha cambiado.

"La interpretación que está haciendo Interior de su capacidad sancionadora no se ajusta a lo que el propio ministerio decía en 2018. El argumento de Interior no se sostiene. En mi opinión, para poder sancionar a un ciudadano por desobediencia, este tiene que desobedecer las instrucciones concretas e individuales de un agente", explica a Público Miguel Presno Linera, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Oviedo. 

En esta línea, Presno Linera considera que las sanciones que finalmente sean tramitadas y lleguen a casa de los ciudadanos deben ser recurridas por los presuntos infractores que no hayan desobedecido una orden concreta de un agente policial. "El riesgo en este punto es que la gente decida pagar pronto para obtener un descuento del 50% y evitar un proceso legal", explica el catedrático. 

El abogado especializado en Derecho Penal Daniel Amelang, de Red Jurídica, comparte la visión de Presno Linera y sostiene que las fuerzas policiales solo deben contemplar la propuesta de sanción cuando el ciudadano ha desobedecido un "mandato individual y personalizado de un policía".

El Defensor del Pueblo también ha anuncia la apertura de una investigación sobre si se está actuando de forma "correcta y proporcional"

"Esta interpretación de Interior atenta contra los principios más básicos del Derecho. Si se cometiera una infracción cada vez que un ciudadano ignora una ley, pues absolutamente todas las condenas irían acompañadas de una sanción por desobediencia", explica Amelang. 

La propia Abogacía del Estado ha planteado serias dudas sobre el hecho de que se pueda considerar desobediencia a la autoridad el simple hecho de no respetar el confinamiento. El Defensor del Pueblo también ha anunciado la apertura de una investigación sobre si se está actuando de forma "correcta y proporcional".

En este sentido, el informe de la Abogacía del Estado exponía que había otros dos mecanismos posibles para castigar el incumplimiento del Real Decreto de estado de alarma: la Ley General de Salud Pública y la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil. Asimismo, también dejaba una puerta abierta a la Ley de Seguridad Ciudadana.

De hecho, en opinión de Presno Linera, la vía más adecuada para sancionar a los ciudadanos que se saltan el confinamiento es a través de la Ley General de Salud Pública. El jurista Daniel Amelang también considera que este escenario se podría haber evitado con una reforma exprés de la conocida como 'mordaza' que establezca que en caso de estado de alarma será castigado como desobediencia no seguir las instrucciones marcadas por el Gobierno para el confinamiento general. 

El elevado número de propuestas de sanción que está registrando España también ha llamado la atención de los expertos. Por un lado, ponen en duda que la Administración sea capaz de tramitar todas las sanciones en menos de un año. Por otro, comienza a haber la sensación de que el anuncio del elevado número de sanciones en los medios busca un efecto disuario para la ciudadanía y que, posteriormente, muchas de estas sanciones no serán tramitadas. Bien por falta de tiempo o porque las explicaciones de los agentes en la propuesta no eran lo suficientemente amplías o acertadas como para tramitar la sanción. 

Excesos en las actuaciones policiales

Desde diferentes organizaciones de juristas y en defensa de los derechos de la ciudadanía también han ido acumulando casos en los que los cuerpos policiales podrían haber incurrido en desproporcionalidad o uso excesivo de la fuerza.

La plataforma Defender a quien defiende ha recopilado, de momento, 37 casos de presuntos malos tratos por parte de la Policía a ciudadanos durante el estado de alarma. Entre los casos, se encuentran bofetadas de un agente a un ciudadano retenido, una patada en la cabeza a una persona reducida en el suelo o insultos a un vecino que transitaba por la vía pública. De hecho, desde la propia plataforma anuncian que uno de estos casos ya ha sido denunciado para que sea la Justicia la que investigue la actuación policial. 

La jurista Thais Bonilla, miembro de Novact y portavoz de Defender a quien defiende, considera que el número de sanciones que están proponiendo las fuerzas policiales es "completamente excesiva" y es un dato que permite apreciar que las actuaciones, en muchos casos, están siendo "arbitrarias". "Hemos conocido casos de agentes que piden a un ciudadano que muestre la bolsa de la compra para ver si es de primera necesidad o no", sentencia. 

https://www.publico.es/politica/dudas-legalidad-muchas-700000-multas-alarma.html

 

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