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Estado español :: 24/12/2014

La Ley Mordaza y el largo proceso para anularla

Ter García
Tras la aprobación con los únicos votos a favor del PP, la promulgación definitiva de la Ley de Seguridad Ciudadana está prevista para febrero de 2015

La Ley Mordaza y el largo proceso para anularla

Tras la aprobación en el Pleno del Congreso, con los únicos votos a favor del Partido Popular, la promulgación definitiva de la Ley de Seguridad Ciudadana está prevista para febrero de 2015. A partir de ahí, su publicación en el Boletín Oficial del Estado y un mes más para que entre en vigor, según el texto definitivo de la ley con las enmiendas aprobadas, y empiecen a gotear las primeras sanciones relacionadas con movilizaciones sociales.

“Las posibles vías de actuación son dos: una política y una jurídica”, señalan a Diagonal desde la Comi­sión Legal Sol. “Las políticas son las que ya conocemos: la democracia directa mediante manifestaciones, la lucha en la calle y la presión popular, ejerciendo unos derechos que la ley nos está quitando”. Como objetivo, que algunas de las figuras que tienen poder para ello –diputados, senadores, Gobiernos regionales y el Defensor del Pueblo– presenten recursos de inconstitucionalidad a la ley, la forma más rápida para que el Tribunal Constitucional se pronuncie y decida si anularla, en su totalidad o en parte de su articulado.

Como precedente en su uso, la predecesora y aún en vigor Ley de Seguridad Ciudadana de 1992, también llamada Ley Corcuera o “Ley de la patada en la puerta”, contra la que se presentaron cinco recursos de inconstitucionalidad. Precisa­mente esta “patada en la puerta” –la ley de 1992 contemplaba que la policía pudiera llevarla a cabo sin orden judicial–, y el incumpliento de normas policiales como faltas leves, fueron las disposiciones de la ley que el Tribunal Constitucional decidió anular casi dos años después.

Anulación vía el juzgado

Más allá de cargos políticos, el derecho de petición –que no obliga a las autoridades a hacer cambios– y la iniciativa de legislación popular –vedada para leyes orgánicas–, las vías establecidas para impulsar la anulación de la ley pueden llegar a partir de la aplicación de la propia ley por parte de las personas sancionadas, a través de la impugnación de su aplicación, o de los propios jueces, a través de cuestiones de inconstitucionalidad cuando se vean obligados a aplicar la ley. Como explica la abogada y miembro de No Somos Delito Lorena Ruiz-Huerta, “habrá que esperar a que la ley entre en vigor, haya la primera sanción, se recurra y se llegue al Constitucional, y, si no hay respuesta, ir al Tribunal Europeo”.

El proceso es largo y costoso, más con las tasas judiciales aprobadas por el Gobierno del PP en 2012. El texto Buro rresistiendo. Manual de emergencia y autodefensa contra las multas, elaborado por el grupo de trabajo de administrativo de Legal Sol, explica detenidamente el proceso tras la recepción de una sanción hasta llegar al juzgado contencioso administrativo, una vez terminada la vía administrativa y previo pago de las tasas judiciales, que irán de un mínimo de 100 euros hasta el 50% del importe de la sanción. Contra la resolución de este juzgado, si es negativa, se podrá recurrir a la sala del contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad y al Tribunal Constitucional, que decidirá si la aplicación de la ley en ese caso ha respetado o no la Constitución, creando un precedente que se podrá aplicar en los siguientes casos. “Ése sería el camino, pero es un camino individual”, señala Ruiz-Huerta, quien explica que la doctrina del Constitucional puede llevar, en la práctica, a anular la aplicación de la ley.

¿Derecho europeo como garante?

Pero, ¿y si el Tribunal Constitucional decide no anular la aplicación de la ley? El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya ha obligado a España a no aplicar leyes que violan los derechos fundamentales. Una de las veces, en marzo de 2013, en relación con una ejecución hipotecaria en la que la familia se quedaba sin alternativa de vivienda, dando a los jueces la posibilidad de frenar desahucios. El juez, a instancias de un abogado de la PAH, presentó una cuestión prejudicial al Tribunal europeo, que actúa como vigilante de que los Estados miembro no violen la legislación comunitaria.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos es otra de las instancias supranacionales desde la que se puede conseguir la anulación en la aplicación de la ley, después de agotar la vía judicial dentro del Estado español. Una sentencia de este tribunal, en la que subraya el derecho de manifestación y reunión de los ciudadanos turcos, aunque sean manifestaciones no comunicadas y aunque se den situaciones de alteración del orden público, es, según señalan Ruiz-Huerta y la Comisión Legal Sol, un precedente para el caso español.

Ley 10/2012

Tasas Judiciales. En septiembre, fuentes del Tribunal Constitucional afirmaron que la institución daría prioridad a resolver los recursos de inconstitucionalidad presentados contra la Ley de Tasas, con la que se grava el acceso a la justicia con sumas que parten de los 100 euros. (R.D.L 12/2012)

Amnistía fiscal. A mediados de julio de 2012, el Tribunal Constitucional admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el PSOE  al real decreto con el que se daba vía libre para legalizar dinero oculto tributando al 10%. Desde entonces no se ha pronunciado. (R.D.L. 16/2012)

Sanidad Universal. En abril de 2012, el Gobierno del PP tumbaba la sanidad universal en el Estado dejando fuera del sistema a las personas sin papeles. Varias comunidades autónomas han evitado la norma con sus propias legislaciones regionales, avaladas por el Constitucional. (L.O. 8/2013)

Lomce. En abril de 2014, el Tribunal Constitucional admitió a trámite seis recursos de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa por “no garantizar la igualdad y no discriminación” y por tener un caracter confesional.

Diagonal

 

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