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Argentina :: 04/07/2014

Acuerdo bilateral “antiterrorista” formalizado por los gobiernos argentino y peruano

LADH

Este acuerdo se refiere al requerimiento de extradición por parte de Perú de personas perseguidas políticas en ese país que han buscado refugio en el nuestro, confiados en el tradición argentina de brindar generoso asilo a los perseguidos. Es el caso de Rolando Echarri, Oswaldo Quispe y Juan Manuel Carranza, quienes corren peligro de ser llevados a las tenebrosas prisiones donde ya se hacinan 300 presos políticos, algunos por más de 20 años.

En el Perú se ha desatado una represión contra las organizaciones populares de defensa de l@s pres@s polític@s que reclaman la amnistía y la pacificación del país. En particular, el “operativo Perseo” que el mes pasado ha llevado a la cárcel a dirigentes y militantes de MOVADEF - incluidos todos sus abogados- con el pretexto de ser afines a los terroristas, mote con que el gobierno pretende descalificar a sus enemigos políticos, así como lo hiciera en su momento la pasada dictadura argentina.

Solidaridad para con el pueblo peruano, libertad a los presos y basta de persecuciones!

Actualmente hay varios requerimientos de extradicion en Agentina, a saber:

ROLANDO ECHARRI, sobreviviente de la masacre de “El Frontón”, pidió refugio en Argentina. El Estado peruano lo requiere para juzgarlo por supuesto acto de “terrorismo”, que consistiría en haber hecho pintadas y levantado banderas rojas en un acto en reclamo de libertades en su país. La Justicia rechazó en primera instancia la extradición pero la Embajada apeló y está ahora a resolución de la Corte Suprema.

OSWALDO QUISPE Está detenido por el requerimiento de extradición. Como periodista venía desempeñándose en la radio de la CTA y otros medios. Se fue denegada la excarcelación pedida por sus abogados por una supuesta falta de arraigo, pese a que hace 10 años que vive en nuestro país, donde tiene su familia y una hija de corta edad. Se está a la espera del juicio y de la resolución de la petición del refugio en trámite ante CONARE.

JUAN MANUEL CARRANZA. Es un abogado que se desempeñaba en Perú defendiendo presos políticos. Se le acusa de ser miembro del “terrorismo”, como se denomina allí a toda oposición política a los gobiernos del capitalismo neo-liberal. Hace varios años que está en Argentina y hasta obtuvo la condición de refugiado, que perdió cuando él decidió viajar a España. De retorno, y evidentemente en el marco de las persecuciones contra los peruanos se “acordaron” que tienen a uno más y se lo convocó a juicio de extradición.

El derecho de asilo político esta garantizado por sos siguientes Artículos: Artículo 14 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948),

Artículo XXVII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948,

Artículo 22(7) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969),

Artículo 18 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 2007,

Artículo 12.3 de la Carta Africana sobre Derechos Humanos y de los Pueblos de 1981.

Liga Argentina por los Derechos del Hombre

 

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