El caso de los ?sin techo? de Mar del Plata fue denunciado a la Comision interamericana de DDHH
Gacetilla de prensa
El día lunes 13 de abril la defensa legal de la Asamblea de “Los Sin Techo” del Barrio General Pueyrredón de la ciudad de Mar del Plata denunció el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con sede en Washington DC, Estados Unidos, en el marco de la petición de medidas urgentes para asegurar el derecho a la vivienda frente a medidas del Estado Argentino que podrían poner en riesgo la integridad física y la salud de las personas que se encuentran reclamando por condiciones de vida dignas.
El pedido de medidas urgentes fue realizado a los fines de darle intervención al sistema interamericano de derechos humanos debido que el marco procesal de la Provincia de Buenos Aires no cuenta con las suficientes garantías que preveen los tratados internacionales respecto a los desalojos forzosos. En este sentido el Comité de de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) recomendó al Estado Argentino a que con carácter prioritario se revisen los procedimientos en vigor para el desalojo de ocupantes. El Comité volvió a poner en conocimiento del Gobierno el texto íntegro de sus Observaciones generales Nº 4 (1991) y Nº 7 (1997) sobre el derecho a una vivienda adecuada y le exhorta a asegurar que la política, las leyes y la práctica tomen debidamente en cuenta ambas observaciones.
La denuncia presentada cuenta con el respaldo de los estudios socioambientales realizado por el Centro de Estudios Urbanos de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad Nacional de Mar del Plata que da cuenta que el 100% de los lugares donde habitaban estas familias se encuentran en estado irrecuperable debido a las deficientes condiciones edilicias, hacinamiento y la imposibilidad de acceso a los servicios urbanos básicos. A su vez el mencionado informe sostiene que la tasa de desocupación de los grupos familiares que actualmente residen en el complejo de viviendas sociales ubicado entre los límites de los Barrios El Martillo y General Pueyrredón es cercana al 39,1% y que el porcentaje promedio de menores duplica a la media de la ciudad de Mar del Plata. A su vez la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata formuló un documento respaldatorio del derecho que tienen los vecinos del Barrio General Pueyrredón a acceder a la justicia para reclamar su derecho a una vivienda digna frente a la emergencia habitacional.
El mecanismo de medidas cautelares (acciones urgentes) se encuentra previsto en el artículo 25 del Reglamento de la Comisión Interamericana Derechos Humanos (CIDH). Esta norma establece que en casos de gravedad y urgencia, y toda vez que resulte necesario de acuerdo a la información disponible, la CIDH podrá, a iniciativa propia o a petición de parte, solicitar al Estado concernido la adopción de medidas cautelares para evitar daños irreparables a las personas. Si la Comisión no estuviere reunida, el Presidente, o a falta de éste, uno de los Vicepresidentes, consultará por medio de la Secretaría Ejecutiva con los demás miembros sobre la aplicación de esta norma. Si no fuera posible hacer la consulta dentro de un plazo razonable de acuerdo con las circunstancias, el Presidente tomará la decisión en nombre de la Comisión y la comunicará inmediatamente a sus miembros. Conforme al procedimiento establecido, la CIDH podrá solicitar información a las partes interesadas sobre cualquier asunto relacionado con la adopción y vigencia de las medidas cautelares. En cualquier caso, el otorgamiento de este tipo de medidas por parte de la CIDH no constituye prejuzgamiento alguno sobre una eventual decisión sobre el fondo del asunto.
En caso de que las acciones que tome el Estado Argentino violen la protección que brinda la Convención Interamericana de Derechos Humanos podría ser condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos por ser responsable internacionalmente de la violación de los mismos.
Según los plazos estipulados por la defensa legal de la Asamblea de los Sin Techo la documentación llegaría a la sede de la OEA (Organización de Estados Americanos) a mediados de la semana que viene.
ACCIONES:
Se solicita a los organismos de derechos humanos, movimientos sociales y a toda aquella persona que de cuenta de la defensa del derecho a una vivienda digna, a adherir a la presente denuncia ante los siguientes organos del Estado Argentino y a instarlos a evitar el desalojo ordenado en la causa penal IPP 1168/09 seguida por el delito de usurpación :
PROCURACION GENERAL DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES a cargo de la Procuradora General Dra. María del Carmen Falbo.
Dirección: Calle 13 e/47 y 48, La Plata, Buenos Aires.
Telefonos: (0221) 4104400/ 4224114
FISCALIA GENERAL DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE MAR DEL PLATA a cargo del Dr. Fabiàn Fernandez Garello.
Dirección: Alte. Brown Nro 2046 2do Piso, Mar del Plata.
Teléfono: (0223) 495-7075 / 493-0407 int 237 / 251 Fax
UNIDAD FUNCIONAL DE SOLUCION TEMPRANA DE CONFLICTOS PENALES a cargo de la Dra. Graciela Trill, a cargo del operativo de desalojo del complejo de viviendas sociales:
Dirección: La Rioja 2327 2do piso, Mar del Plata.
Télefonos.: 0223-495-3947, 495-3963, 495-4027.
Envìe su adhesión por mail a la denuncia a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: cidhoea@oas.org
Contactos para prensa:
DR. JUAN PABLO GELEMUR (Abogado de la Asamblea de Los Sin Techo del Barrio General Pueyrredón).
(0223) (155493131)
LIC. ANA NUÑEZ (Directora del Centro de Estudios de Desarrollo Urbano de la Facultad de Arquitectura y Diseño de la Universidad Nacional de Mar del Plata).
(0223) (155373116)
MAURO SALADINO (Integrante del Equipo Jurídico que forma parte de la defensa legal de la Asamblea de los Sin Techo)
(0223) 154-266919.
Sitios web relacionados:
www.mdpsintecho.blogspot.com







