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Estado español :: 21/07/2006

La reforma de la LOU

José Luis Herrero y Antton Azkargorta
El Gobierno socialista acaba de presentar el proyecto de ley de reforma de la Ley Orgánica de Universidades (LOU). Esta norma se une al conjunto de leyes estatales aprobadas o en trance de serlo que van a condicionar en los próximos años el discurrir de la vida social y política de Estado español. Varios agentes sociales y políticos han puesto de relieve el carácter centralista, uniformizador e intervencionista de este despliegue legislativo que no hace más que repetir el paradigma en que hasta ahora se ha venido moviendo el entramado institucional español.

Se plantea así un claro dilema para el próximo futuro de nuestro pueblo. Ya que si de verdad hemos entrado en un proceso de transición hacia un Estado plurinacional que reconozca la capacidad de decisión de nuestra sociedad todas estas leyes aprobadas precisamente en este momento histórico no harán sino agudizar las contradicciones presentes. Porque hay un choque ineludible entre sus formas y contenido y el anhelo social por construir un espacio vasco libre y soberano.

La reforma de la LOU repite lo que ha constituido históricamente la filosofía de las leyes universitarias españolas que otorga al Estado una enorme capacidad legislativa y reglamentaria en detrimento de las comunidades históricas, las autonomías locales y la propia autonomía universitaria. El papel de las universidades es el de mero gestor administrativo del Estado y las autonomías unos delegados descentralizados, con escasas competencias y acotadas en un marco normativo superior. Además, la Universidad se configura como un aparato más del Estado, una simple extensión administrativa. Quedan fuera de su organización general representantes de la sociedad como organismos sociales, científicos, culturales y educativos. Los socialistas han eliminado ese remedo de representación social integrado por una «elite» (las llamadas «personalidades») que el PP introdujo dentro del Consejo de Coordinación Universitaria.

La reforma de la LOU satisface muchas peticiones de la abundante clientela que la izquierda española tiene en la Universidad. Se introducen, por ejemplo, medidas de corte progresista y evidente efecto mediático como que intentan equiparar a hombres y mujeres en el ejercicio de las actividades universitarias. También se contempla el futuro desarrollo de un estatuto del estudiante universitario y un nuevo apartado sobre el deporte universitario.

Pero es en el tema del funcionariado donde los cambios han sido mejor acogidos entre las centrales sindicales españolas, los funcionarios y el Consejo de Rectores. No es necesario señalar la importancia crucial del sistema funcionarial en la universidad. La legislación estatal y el desarrollo de la actividad universitaria en los parámetros del poder establecido tiene en el funcionario su agente principal a la hora de aplicar las normas universitarias. De ahí que los sucesivos gobiernos se hayan negado a transferir a las comunidades las competencias sobre el profesorado. Leyes y funcionarios estatales, ahora con dinero periférico, sientan las bases necesarias para el sostén sin fisuras de la universidad española en Euskal Herria (y en otras naciones).

En este sentido, esta reforma modifica el acceso a los cuerpos docentes eliminando la incómoda habilitación estatal y sustituyéndola por una acreditación por méritos, con el consiguiente alivio que ello va a suponer a los que aspiran a una plaza de funcionario.

Con la misma orientación, el Gobierno se compromete a poner en marcha, en el plazo de un año, un estatuto del profesorado funcionario. Asimismo se incrementa la autonomía de la universidad en la selección de este tipo de profesorado íreforzándose, además en otros aspectosí con menoscabo del Consejo Social cuyas amplias prerrogativas anteriores quedan recortadas. En fin, los funcionarios son agrupados en dos únicas categorías permitiendo al personal de las escuelas universitarias optar entre su integración en uno de estos cuerpos sin nuevo concurso o la permanencia en la situación anterior.

En lo que respecta al profesorado contratado laboral los cambios no han sido muchos. Se ha corregido algo su anterior discriminación en relación con el funcionario pero continúan los principales obstáculos para la creación de un profesorado propio. Se mantienen como figuras estatales todas las categorías de contratado con excepción de la de colaborador, que desaparece. Persiste el mismo límite a la creación de profesorado contratado (49%). Se impide a éste acceder a los cargos de Rector y Secretario, reservados a los cuerpos estatales. Se limita a los no doctores su presencia en el órgano de gobierno de los departamentos y, a pesar de las peticiones al respecto, no se han modificado los artículos discriminatorios que otorgan a los funcionarios doctores el monopolio universitario: 51%, al menos, de la representación total en claustros y juntas, dejando al resto las migajas a repartir (estudiantes, PAS, contratados, funcionarios no doctores). Así, en la UPV, el llamado «resto del profesorado» íla mayoría dentro del personal docente e investigadorí sólo dispone de una tercera parte aproximada de representación. Por último, si bien el Gobierno socialista ha resuelto de forma justa la desaparición de las antiguas figuras de profesorado en las escuelas universitarias, no lo ha hecho así para el profesorado asociado con contrato administrativo que queda en un auténtico vacío jurídico, en una especie de tierra de nadie.

Aunque ahora se abre un plazo para discutir el proyecto en las Cortes, mucho nos tememos que no será sustancialmente modificado. Parece que se ha buscado un alto grado de consenso y probablemente veremos de nuevo a los representantes nacionalistas vascos y catalanes votar a favor de una ley que contradice todos sus principios y es de filosofía opuesta al proceso político que tanto dicen defender.

Pero hay algunos aspectos que el Gobierno de Gasteiz sí tendrá que resolver para no entrar en colusión con el Estado y la nueva ley, si ésta no se modifica. Por ejemplo, el artículo 12 de la «ley Iztueta» ípor cierto, en pleno vigor porque no ha sido recurridoí dice: «Los Estatutos de la Universidad del País Vasco habrán de asegurar la presencia en los órganos de gobierno del personal contratado en condiciones equilibradas con el personal perteneciente a los cuerpos docentes universitarios». Por otra parte, están las disposiciones transitorias recogidas en la misma ley y recurridas por los socialistas ante el Tribunal Constitucional, recurso que de facto impide el desarrollo de las figuras propias diseñadas en el texto legislativo mencionado. Se trata de dos asuntos de gran envergadura cuya solución tiene que ser política y, para nosotros, debe ir en el sentido apuntado por el Parlamento autonómico. Porque son justos, equitativos y responden a una trayectoria específica y a unas demandas que se remontan a la propia historia de la universidad de nuestro país.

* José Luis Herrero y Antton Azkargorta. Profesores despedidos de la Universidad del País Vasco.

 

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