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Estado español :: 22/12/2005

Organizaciones sociales demandan al Inserso y al Ministerio de Trabajo y asuntos sociales

Coordinadora de Barrios
Colectivos y asociaciones de apoyo a presos denuncian a la administracion por diversas vulneracuones de los derechos de los presos dentro y fuera de las cárceles.

La Asociación Pre.S.O.S-Galiza y la Asociación Madres contra la Droga de Madrid, en representación de la Mesa SidaGaliza (formada por Comités Antisida y Colectivos sociales de toda Galicia) y de la Coordinadora Estatal de Solidaridad con Personas Presas (CESPP), respectivamente, han presentado dos demandas contencioso administrativas, a saber:

1.- DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA contra CIRCULARES del IMSERSO sobre Prestaciones No Contributivas y Cárcel, presentada el día 28 de Noviembre de 2005 ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid, (P.O. 73/2004 A):

Se impugna y denuncia la actuación ilegal del IMSERSO durante más de diez años, en los que se han vulnerando derechos fundamentales de l@s reclus@s sin pudor ni vergüenza, y que se sintetiza en el objeto de las circulares impugnadas:

Año 1993, circular en que se adopta el criterio político de no reconocer el derecho a Pensión No Contributiva a l@s reclus@s minusválidos, argumentando que ést@s tienen las necesidades básicas cubiertas.

Año 2001, circular que modifica a la anterior ESTABLECIENDO como NUEVO CRITERIO de tramitación y pago de las Pensiones No Contributivas, el DESCUENTO de los gastos de manutención a l@s reclus@s que perciben la mencionada pensión, con el agravante "inasumible" de que si el/la reclus@ está en la enfermería sale más caro al Estado, por lo que el descuento será mayor.

Así, mientras un/a ciudadan@ cualquiera percibe unos ya famélicos ingresos de 288€ por una PNC, un/a reclus@ precibe unos 100-130€ al mes dependiendo del módulo donde se encuentre.

Las mencionadas Circulares no han sido elaboradas como Reglamento a pesar de modificar ilegalmente el Real Decreto 357/91 de Pensiones no Contributivas, no han sido notificadas a l@s reclus@s, han generado indefensión pues no se han fijado plazos de impugnación, ni trámite de audiencia previo a la aprobación.
Han afectado mayormente a las personas presas enfermas de sida, multiplicándose sus efectos estigmatizantes y discriminadores: El impago de las Pensiones No Contributivas en las cárceles, ha mermado el poder adquisitivo de las personas minusválidas a causa del VIH/SIDA y sus posibilidades para adquirir alimentos y productos de primera necesidad en los economatos, lo que ha significado la desprotección de las necesidades básicas de los enfermos.

En quince años más de 100000 personas han dejado de percibir la PNC íntegra, ha supuesto una desamortización de los derechos sociales y económicos, que suponen unos 9600 millones de pesetas.

Políticamente, nos parece imprescindible sentar las bases de negociación con el IMSERSO, MINISTERIO y COMUNIDADES AUTóNOMAS, para ello PROPONEMOS LA CREACIóN DE UNA MESA DE NEGOCIACIóN, que posibilite la SOLUCION DEL CONFLICTO, que provoque la retirada de las circulares de motu propio y que conlleve el restablecimiento e indemnización de los derechos sociales de l@s reclus@s sin necesidad de acudir a la vía jurisdiccional.

2.- Presentada el día 7 de diciembre ante el Tribunal Supremo-Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA contra LAS DISPOSICIONES GENERALES Real Decreto 1971/99 y Real Decreto 1169/03 que modifica el anterior:

Las disposiciones recurridas versan sobre regulación del reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, estableciendo baremos de clasificación de las personas afectadas por minusvalía provocada por la Infección por VIH/SIDA: "Real Decreto 1971/99. Anexo I. Capítulo 10. Infección por VIH. Normas para la valoración de la discapacidad en casos de Infección por VIH".

Los criterios de valoración del VIH/SIDA como minusvalía en la norma impugnada, se establecen en base a elementos de carácter cuantitativo y no cualitativo, asignando tramos de minusvalía a determinado número de días de hospitalización. No existe motivación científica, clínica o circunstancial que relacione el porcentaje de minusvalía (deficiencia, discapacidad) con la estancia y atención médico hospitalaria, contradiciendo con ello el carácter cualitativo de la discapacidad. la NO-HOSPITALIZACIóN no se corresponde con una mejoría y, en caso contrario, la HOSPITALIZACIóN no se corresponde con un agravamiento.

Dado que la Infección por VIH/SIDA no se contemplaba en las normativas anteriores, la entrada en vigor del RD 1971/99 y del RD 1169/03 propició la revisión retroactiva de las declaraciones de minusvalía por VIH ya consolidadas, lo que supuso la revisión sistemática de miles de clasificaciones ya afianzadas. El Gobierno no sólo estableció nuevas reglas del juego sino que se permitió el lujo de arrebatar los derechos otorgados con carácter retroactivo. Las valoraciones de minusvalías constituyen un acto declarativo de derechos sin que las mismas puedan en ningún caso ser consideradas valoraciones provisionales.

Más de 11.000 personas perdieron la condición de minusválidas y los derechos derivados de la misma y l@s nuev@s candidat@s se quedaron masivamente fuera de ese estatus.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales excluyó deliberadamente del trámite de audiencia a las Asociaciones y Organizaciones No Gubernamentales representativas del Movimiento Ciudadano Antisida, con el único objetivo de aislar a aquellos afectados y sus representantes que se muestran más críticos con la norma y que han puesto en tela de juicio los elementos nucleares de este recorte de derechos sociales, incidiendo con este tema en el espacio político estatal y autonómico.

Así, los colectivos demandantes han impulsado la tramitación ante las Cortes Generales y Parlamentos Autonómicos diversas Proposiciones Legislativas y Preguntas Parlamentarias con el objeto de transmitir al Legislativo la dura realidad de l@s afectad@s y la apremiante necesidad de adoptar medidas correctoras de protección.

Políticamente, nos parece imprescindible sentar las bases de negociación con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para ello PROPONEMOS LA CREACIóN DE UNA MESA DE NEGOCIACIóN, que posibilite la SOLUCION DEL CONFLICTO, que conlleve el restablecimiento de los derechos sociales de l@s ciudadan@s minusválidos afectados por VIH/SIDA sin necesidad de acudir a la vía jurisdiccional.

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